Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: ALEXANDER JOSÉ DELGADO BETANCOURT Y RUDIMAR COROMOTO PALMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 21.257.208 y 26.572.737 respectivamente, en beneficio de su hija xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Alexander Delgado, se comprometió a pasarle la cantidad de mil bolívares (Bs. 1.000,oo) mensuales, más el 50% de los gastos por consulta medica y medicamentos en caso de enfermedad, y con respecto a los gastos en el mes de diciembre se comprometió a cubrirlos totalmente;