Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: FREDDY JAVIER TORRES HERNÁNDEZ Y ROTSSY ADELINA CHIRINOS PEŃA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.798.784 y 18.641.601 respectivamente, en beneficio de su hijo xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Freddy Torres, se comprometió a cancelar la cantidad de mil ochocientos bolívares (Bs. 1.800,oo) mensuales, en forma fraccionada, es decir novecientos bolívares (Bs. 900,oo) quincenalmente, y en el mes de diciembre le entregará la cantidad de cuatro mil bolívares (bs. 4.000,oo) para los gastos decembrinos, más el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad