REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KP02-V-2009-001332

Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 04/02/2009, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por DESALOJO, instaurada por la ciudadana YOLANDA DEL CARMEN RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N°7.307.911, asistida por la Abogada Isleny Elena Domínguez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 76.887 contra el ciudadano JORGE VICTOR URETA HORMAZABAL, chileno, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.270.769. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 07/04/2009, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,


ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,

ABG. ISRAEL PEÑA
Se remite constante de TREINTA Y CINCO (35) folios útiles.
El Secretario Accidental.,

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