Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos GERMAN JOSÉ MÉNDEZ VENEGAS Y NORAIMA COROMOTO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.834.010 y 13.118.806 respectivamente, en beneficio de sus hijos xx, por concepto de Revisión de Obligación de Manutención. Donde el padre de los nińos, ciudadano Germán José, acordó pasarle la cantidad de mil bolívares (Bs. 1.000,oo) mensuales, y con relación al mes de septiembre cada padre se comprometió a cubrir los gastos de uno de sus hijos, y con relación al mes de diciembre el padre le entregara diez mil bolívares (Bs. 10.000,oo) para la compra de los estrenos decembrinos, más el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad;