REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-


Agua Blanca, 08 de Diciembre del 2.014
204° y 155°
SOLICITUD Nº S-622-2014

Vista la anterior solicitud, mediante la cual los Ciudadanos: YONGFU LIANG Y YUQIONG CHEN, venezolano y chino, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N°. V-27.220.008 y E-82.246.215, domiciliados en la avenida 3 Bolívar, entre calle 4 y 5, primer piso, edificio “Liang”, sector centro de la población y municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa. Solicitan que las anteriores diligencias sean declaradas bastante para asegurar el derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurias construidas sobre un lote de terreno propio según documento protocolizado por ante el registro público de los municipios Araure, Agua Blanca y San Rafael de Onoto del estado portuguesa de fecha 29 de junio del 2.007, N°45, folio 307 al 312, protocolo primero tomo Décimo Noveno, segundo trimestre del año 2.007 y documento de liberación de hipoteca protocolizado por ante el registro supra señalado de fecha 11/12/2.008, N°9, folio 3, tomo 11 del protocolo de transcripción, con un área de (623.28 mtrs2), con código catastral N° 18-11-01-01-077-011-049. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por el ciudadano: JOSÉ FRANCISCO OCHOA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.947.175, y el ciudadano: EVELIO RAMÓN CORONEL FARFAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.535.724, se constata que los ciudadanos: YONGFU LIANG Y YUQIONG CHEN, han construido en un terreno ubicado en la avenida 3 Bolívar, entre calle 4 y 5, sector Centro de la población y municipio San Rafael de Onoto y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa y terreno de la Sucesión Nicola zaccaria dipascuale, SUR: Edificio Sergio Álvarez Gonzáles, ESTE: Avenida 3 Bolívar que es su frente y OESTE: Grupo escolar San Rafael de Onoto ( antes menca de leoni), y con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, consistente en Un Inmueble constituido por un Edificio con un área de construcción de Seiscientos Siete con Ochenta y Cuatro Metros Cuadrados (607.84 Mtrs2), conformado por un local comercial y un primer piso. El local comercial que mide 390 metros cuadrados, con paredes de bloque de concreto, piso de granito con flejes plásticos, con techo de platabanda de bloques nervados de arcilla, con nervios de cabilla de media, el espesor de la placa es de 30 cm, la placa mide 676 metros cuadrados, la estructura se soporta sobre 40 fundaciones de tres metros por tres metros, con cabilla de media, con viga riostra de treinta y cinco centímetros por treinta y cinco centímetros, para un total de 330 metros lineales de viga riostra, 40 columnas de 35cm x 35cm, por 3.50m de altura, con 10 vigas de cargas, de 35 cm x 45cm para un total de 130 metros lineales de viga de carga, en las cuales se utilizaron cabilla de media con suncho de 3/8 y concreto, al frente el local tiene un alero de platabanda reforzada, el acceso al local es por la Avenida 3 Bolívar, a través de tres puertas tipo santa maria, con protectores internos de tubo de hierro cuadrado y una puerta de hierro con protector exterior, que conduce al primer piso y al local comercial a través de una puerta de hierro, al frente construyo una cerca de laminas de hierro tipo cortina, con una pequeña puerta. En el local comercial al fondo, han construido el depósito, que mide 20 metros de fondo por 13 metros de ancho, posee una puerta de hierro, con piso de cemento pulido. Al fondo del local hay una escalera de emergencia, con peldaños de granito y pasamanos de tubo de hierro al igual que dos baños con sus respectivas piezas sanitarias, puerta de metal con paredes recubiertas en cerámica y piso de granito. Con un área de Carnicería con paredes recubiertas en cerámica, con tope de cemento cubierto igualmente con cerámica, con un lavaplatos de acero inoxidable. Esta área mide 45metros cuadrados. En todo el Local Comercial existen orificios de ventilación con marcos de aluminio y protectores de hierro. Primer Piso: Constituido por un apartamento, estructuralmente con 40 columnas de 35 x 35cm, con 3 metros de altura, en relación a las paredes son de bloques de ladrillo con friso liso con acabado de primera, vigas de carga y la platabanda posee las mismas características y medidas que la planta baja; el apartamento se encuentra conformado por 7 habitaciones, seis de las cuales con baños y sus piezas sanitarias, duchas y puertas de madera, con cerámica en pisos y paredes, todas la habitaciones poseen puertas de madera entamborada con marco de hierro, con piso de granito con flejes de plástico, tres de las habitaciones poseen balcón hacia el lindero Sur, una sala con un ventanal tipo panorámico de aluminio y vidrio ahumado con protector de cabilla cuadrada que mide 4,50 de largo por 1,50 de alto, un sala múltiple, un pasillo hacia las habitaciones, una cocina con paredes recubiertas en cerámica, topes de concreto armado recubiertos en cerámica y un ventanal; al fondo de las habitaciones, un deposito que mide 45 metros cuadrados con una puerta de hierro, el acceso al primer piso es a través de una escalera de concreto armado, todos los peldaños de granito que igualmente conduce a la azotea del edificio, la escalera posee un barandal de tubo redondo. En toda la edificación la energía, aguas blancas y servidas se encuentran totalmente empotradas. La medida total de esta área es de 676 metros cuadrados. La Edificación termina con una azotea con piso de cemento pulido, son techo de acerolit soportado sobre una estructura de hierro, con media pared de bloques de arcilla, posee un tanque para almacenar agua que es de concreto armado y mide 5 metros de largo por 3 metros de ancho por 80 centímetros de alto. Invirtieron los ciudadanos: YONGFU LIANG Y YUQIONG CHEN, la cantidad de (4.000.000,00 Bs.) equivalente a (31.496 UT). En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. Declara estas diligencias bastantes para asegurar el derecho de propiedad que sobre las señaladas bienhechurias alegan los solicitantes. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCERO, por la Naturaleza Jurídica de esta solicitud, reprodúzcase esta decisión fotostaticamente, y entréguese estas diligencias al solicitante. En el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, AGUA BLANCA, A los ocho (08) días del mes de Diciembre del dos mil catorce (2014). 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza Titular

***fdo***
Abg. Marvis Maluenga de Osorio.


El Secretario Titular
**fdo***
Abg. Luis Miguel Reyna Noguera



En el mismo día de hoy, siendo las 10.30 AM, se cumplió con lo ordenado. Conste




el suscrito Secretario titular ABG. Luis Miguel Reyna Noguera,de conformidad a lo establecido en el artículo 112 del código de procedimiento civil, certifica la exactitud de la presente copia, la cual es fiel y exacta de la original que consta en autos de la Solicitud N° S-622-2014.-
mmdeo/daniela