REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 19 de febrero de 2014
Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación
En la causa iniciada por reclamación de honorarios profesionales, intentada por MARÍA MAGDALENA AGÜERO TERÁN, de nacionalidad venezolana mayor de edad, abogada inscrita en INPREABOGADO bajo el número 28731, de este domicilio y titular de la cédula de identidad V 5.949.425 contra “TRACTORES LI CALZI, C.A.” (TRACTOLICA), sociedad mercantil domiciliada en Acarigua, inscrita en el Registro Mercantil que era llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, el 2 de octubre de 1991, bajo el número 12, folios 29 vuelto al 30 del Libro de Registro de Comercio número 58 adicional, se constata que desde el 15 de julio de 2013 cuando se admitió la demanda, han transcurrido más de treinta días sin que la parte actora haya proporcionado los recursos para obtener las copias fotostáticas para librar las compulsas y para que el alguacil se traslade a practicar la citación de la demandada, por lo que según el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, forzosamente debe declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por reclamación de honorarios profesionales, intentada por MARÍA MAGDALENA AGÜERO TERÁN ya identificada, contra “TRACTORES LI CALZI, C.A.” (TRACTOLICA), también identificada.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González