En horas de despacho del día de hoy Lunes 24 de Febrero del año (2014), siendo las 11:20 a.m., se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Esteller, Turén y Santa Rosalía del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en una Vivienda, ubicada en la avenida 1, calle principal del Barrio San Antonio II de la Ciudad de Villa Bruzual, sitio indicado por el Endosatario en Procuración. Abg. Lindomar Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.224, para la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo, decretado por el Tribunal de la causa, en el expediente Nro. 1303-2011; Demandante: MARIA ACACIO ALVAREZ; titular de la cedula de identidad Nro. V- 15.341.705 Demandado: YAJAIRA VILLALOBOS; titular de la cedula de identidad Nro. V- 11.849.047 Motivo: Cobro de Bolívares. (Vía Intimatoria), Encontrándose presente en este acto, el Endosatario en Procuración. Abg. LINDOMAR SANCHEZ, ya antes identificado el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, hábil y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.609.209, y como Depositaria Judicial a la ciudadana Restituta del Carmen Mena, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.244.833, quien es Representante Legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A. Quienes estando presentes y debidamente notificados de sus designaciones, manifestaron su aceptación y juraron cumplir bien y cabalmente con los cargos designados. Se le notifico de la misión del Tribunal previa lectura del despacho al Ciudadano: quien dijo ser hermano de la parte demandada quien se negó a identificarse en este mismo acto se le concede media horade espera contados a partir de las 11:45 a.m. hasta la s12:15 p.m. para que se haga presente en este acto con persona de confianza o abogado que la asista y defienda su derechos, transcurrido el lapso de espera si que apersonara la parte demandada, el tribunal procede con la medida. Seguidamente la parte actora solicita la palabra y expone: “por cuanto ya existe unos bienes embargados preventivamente que se quedaron bajo la guarda custodia de la ciudadana Yajaira Villalobos, tal como se evidencia en el Acta de fecha 05 de Marzo del 2012, encontrándose en el lugar donde se encuentra constituido el Tribunal los siguientes bienes que señalo para ser embargados Ejecutivamente: 1) Una Lavadora semi automática, marca LG WP-701N Modelo, color Azul y Gris 2 tonos, serial Nro 008TWCF11915, de 4 kilos en funcionamiento, valorado en por el Perito Avaluador en la cantidad de Tres Mil Bolívares (Bs. 3.000,00); 2) Un juego de comedor de hierro forjado compuesto por una mesa ovalada con su parte superior de madera con 6 sillas, 1 ceibo de madera compuesto de dos partes la superior dos puertas laterales con vidrio, 2 entrepañados interno, un entrepaño central en la parte inferior, 2 puertas laterales y 4 gavetas centrales con amarillo dorado con figuras, valorado por el perito en la cantidad de Tres Mil Bolívares ( 3.000.00); 3) un estantes de hierro forjado con cuatro entrepaños de madera, un juego de recibo de hierro forjado compuesto con un sofá para dos puestos, dos sillas con madera pequeña con madera valorado por el Perito Avaluador en la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs.2.000,00); 4) Un microondas marca LG, color blanco, modelo MS0845V, serial 1710 TASW05582, en buen funcionamiento, valorado por el Perito Avaluador en la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000.00); 5) Un televisor pantalla plana marca HAIR modelo L26F6 Serial LDC1GMOE0300DWB4R1793, se encuentra en buen funcionamiento valorado por el Perito por la cantidad de Ocho Mil Bolívares (8.000), 6) Un televisor a color marca PARKR serial N. TF2935DA100724, Modelo: TF2935, con control remoto en funcionamiento valorado por el Perito por la Cantidad de Ocho Mil Bolívares, (8.000), 7) Un aire acondicionado Splint Marca IZEMAKER, serial no visible Modelo. ASIM12KCN 12 BTU Motor: marca IZEMAKER Modelo: ASIM12KC, Color: Gris, Valorado por el Perito Avaluador en la cantidad de Siete Mil Bolívares (Bs. 7.000.00); 8) Un aire acondicionado Consula marca G-PLUS, modelo GP.S1220, Serial Nro. JAAOGBA100125057809, en funcionamiento. Valorado por el Perito Avaluador en la cantidad de Ocho Mil Bolívares (Bs. 8.000.00); 9) Un DVD marca Samsung, Modelo: P375KA, serial Nro. ACMEG9WP802837F, valorado por el Perito Avaluador en la Cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200.00); 10.) Una Impresora Marca HP, color negro, serial Nro. CN7AT450KK, Modelo CB580A, valorado por el Perito Avaluador en la Cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800.00), 11) Un Monitor Marca NOS, Serial Nro. MGC65A733955, Modelo: FT720G, Valorado por el Perito Avaluador en la Cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500.00), 12) Un Monitor Marca: NOC, Modelo FT720G, serial Nro. M6C65A733907, Valorado por el Perito en la Cantidad de Quinientos Bolívares, (500,00); 13) Un Equipo de Computación compuesto por un monitor pantalla plana, Marca: DELL, Serial Nro. CNQUMS724666337354T6U, dos cornetas marca Geniu Modelo SP-J06, teclado marca microft, color gris dos tonos, serial Nro. 5919710964535, un Mouse modelo LM3130, valorado por el perito en la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5000,00); 14) Un CPU color gris, dos tonos, marca Samsung, Valorado por el perito en la Cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200.oo) 15) Un regulador de corriente marca CDF, serial Nro. 5827700040, modelo: BAVR1006, valorada por el perito en la cantidad de Quinientos Bolívares (BS.500.oo) 16) un regulador marca Enegirze, serial Nro. 40095100502; modelo Nro. ER. AVR1000, valorado por el perito avaluador en la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500.oo) todos los bienes señalados y descritos suman la Cantidad de Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Bolívares, (48.200,00); se Tomo en consideración para el evalúo de de los bienes, el estado de conservación y funcionamiento de los mismos. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Formalmente Embargados de manera Ejecutivas los bienes antes señalados y descritos y los entrega en este acto, a la Depositaria Judicial designada para su guarda y custodia, quien estando presente los recibe conforme y jura cuidar como buen Padre de Familia los bienes dados en deposito. En este estado el abogado actor Lindomar Sánchez, ya antes identificado, solicita la palabra y expone: “Me reservo el derecho de seguir embargado bienes, hasta cubrir la cantidad decretada por el Tribunal de la causa, es todo” Se deje constancia que los bienes que a continuación se describen embargados preventivamente y dejados bajo la guarda y custodia de la demandada no se encontraron en la casa de la demandada ciudadana YAJAIRA VILLALOBOS, 1) Dos Botellas de Wisky marca Bucanas 12 años de 750cc; 2) Dos Botellas Olpar12 años de 750cc. 3) Una Botella de Wisky Chiva Rigal; 4) Tres Botellas de Wisky Chequer; 5) Una Botella de Wisky John Bar; 6) Dos Botellas de Wisky marca Dewars; 7) Una Botella marca GoldLabel (Etiqueta Dorada; 8) Dos Botellas de Wisky Etiqueta Roja; 9) Una Botella de Wisky Etiqueta Negra; 10) Una Botella de Wisky Ballantine; 11) Una Botella de Ron aniversario Pampero; 12) Una Botella de Ron Diplomático; 13) Una Botella de Check Mate; 14) Un equipo de Computación compuesto por un CPU marca ZP, negro y gris, teclado APSU 010090048950-KB-5A82P00030; 15) Una computadora compuesta por teclado marca Geniu, serial Nº ZM7202104800; un Mouse negro y gris, dos cornetas marca APS, serial 039020010471, un CPU gris y negro marca ZIP; 16) Una computadora marca AOC serial Nro. M6C63A657165, modelo FT720G, un teclado marca OPSU, negro y gris, serial Nro. 019020094983, un CPU negro y gris un Mouse serial Nro. X723553300952; 17) Un Equipo de computación compuesto por un monitor ACC color blanco, modelo 1770 serial Nro. K1PN548623911, teclado marca Geniu negro serial Nro. ZM8402190262, un Mouse serial Nro. 2009062104778, un CPU marca Samsung color blanco. Es todo. “Cumplida como ha sido la misión del Tribunal y siendo las 03:15 p.m. se ordena la restitución a su sede. Es todo Se deja constancia que estuvo presente los funcionarios policiales. Firma ilegibles. La Jueza Titular, (fdo) firma ilegible, Abg. Yllani de Lima J. El Abogado Actor, (fdo) firma ilegible, El abogado actor Abg. Lindomar Sánchez. (fdo) firma ilegibles. El Perito Avaluador, (fdo) firma ilegible-Alonso Chirinos, La Depositaria Judicial, (fdo) firma ilegible-Carmen Mena, (fdos) firmas ilegibles, El secretario, (fdo) firma ilegible, Raúl Delgado.