PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 4 de febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO: PP01-X-2013-000038

En el día de hoy cuatro de febrero de dos mil catorce, siendo las 2:00 p.m., oportunidad previamente fijada para que tenga lugar la audiencia del asunto PP01-X-2013-000038; RECUSANTE: JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ PÉREZ; RECUSADO: RENÉ ANTONIO BRICEÑO BARROETA; Constituido el Tribunal por la Jueza Superior Abg. MÓNICA FANZUTTO DÍAZ; la Secretaria Abg. MARÍA C. ALONSO y el Alguacil Abogado EDUARDO BARAZARTE; y el Técnico Audiovisual JOSÉ GREGORIO MÁRQUEZ; se anuncia el acto a las puertas del Circuito Judicial y seguidamente se deja constancia de la comparecencia del ciudadano recurrido Abg. René Briceño, antes identificado, representándose a sí mismo. Así mismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte recurrente, ni por sí ni por apoderado judicial. En consecuencia, y en aplicación del único aparte del artículo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA la presente acción recusatoria. Y Así se Declara.
En virtud de lo anterior, y por cuanto la norma antes invocada prohíbe la interposición de recursos contra el presente fallo, se ordenar remitir las presentes actuaciones al Tribunal Accidental de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa; a fin de evitar más dilaciones.
Dado, firmado y sellado en Guanare, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil catorce; 203° y 154°.
LA JUEZA SUPERIOR,



Abg. MÓNICA FANZUTTO DÍAZ
RECUSADO,

TÉCNICO AUDIOVISUAL,
ALGUACIL,


Abg. EDUARDO BARAZARTE S.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA C. ALONSO