REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN







PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
SEDE GUANARE

Guanare, 30 de Julio de 2014
Años 204° y 155°
Nº ________
CAUSA 1E-1221-10
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1 Abg. Elker Torres Caldera
PENADO José Daniel Zambrano
DEFENSORA PUBLICA Abg. Delia Montilla
FISCAL Cuarto del Ministerio Público en materia de Ejecución de penas, Abg. José Ortega
DELITO Violencia Psicológica y Amenaza
SECRETARIA: Abg. Marielys Rojas
MOTIVO: Extinción de responsabilidad penal por cumplimiento de Pena


Revisada como ha sido la presente causa instruida contra el ciudadano José Daniel Zambrano, titular de la Cédula de Identidad No. 19.757.365, de nacionalidad venezolano, natural de Guanare, estado Portuguesa, de estado civil soltero, de profesión obrero, residenciado en el Barrio Bella Vista, carrera 15, con callejón Nº5, casa de platabanda S/Nº, de esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa, penado por la comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Amenaza previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Yudetzis Karina Montilla Hernández a cumplir una pena de Un (01) año de prisión, conforme se evidencia el auto de fecha 23 de Septiembre de 2010, estableciéndose en auto de computo de suspensión condicional de la ejecución de la pena de fecha 22 de de febrero de 2013, el lapso de un (01) año de cumplimiento de la obligación ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de este Estado, la cual finalizo en fecha 30 de Abril 2014, tiene la pena cumplida en el sentido de que tiene un tiempo de un (01) año, dos (02) meses y ocho (08) días, por lo que tiene cumplida la pena.

Consta a los folios 02 y 03 pieza Nº 02, Informe conductual Final, emanado de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Guanare estado Portuguesa, donde el penado José Daniel Zambrano,, inicio su régimen de prueba en fecha 19-07-2013 y finalizó el 23-04-2014 donde demostró una conducta de receptividad y acatamiento en función a la orientaciones impartidas, donde fue puntual y responsable en función a las entrevistas pautadas, cumpliendo así con las condiciones impuestas por el Tribunal.-

Conforme a lo apreciado precedentemente por este tribunal, en efecto, el penado José Daniel Zambrano, ha cumplido totalmente la pena que le fue impuesta en la causa No. 1E-1221-10 lo cual trae como consecuencia debe la Extinción de la pena principal impuesta y así se decide.

DISPOSITIVA
Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano José Daniel Zambrano, titular de la Cédula de Identidad No. 19.757.365, de nacionalidad venezolano, natural de Guanare, estado Portuguesa, de estado civil soltero, de profesión obrero, residenciado en el Barrio Bella Vista, carrera 15, con callejón Nº5, casa de platabanda S/Nº, de esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa, penado por la comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Amenaza previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Yudetzis Karina Montilla Hernández; por cumplimiento total de la pena de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal. Ordenándose dejar sin efecto cualquier orden de aprehensión que se haya librado en su contra con ocasión a la presente causa, así como excluirlo del Sistema de Registro Policial. Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia y archívese.

La Juez de Ejecución No. 1


Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,


Marielys Rojas