Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: RAFAEL HUMBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ y KATHERINE CAROLINA BENÍTEZ BETANCOURT, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.068.257 y 26.378.433 respectivamente, en beneficio de su hijo xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Rafael Fernández, se comprometió a cancelar la cantidad de mil bolívares (Bs. 1.000,oo) mensuales, pero de manera fraccionada es decir, quinientos bolívares (Bs. 500,oo) quincenalmente, y con respecto a los gastos en el mes de diciembre, el padre comprará los estrenos del 24, más el nińo Jesús, y la madre le comprará los estrenos del 31, y con respectos a los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad serán compartidos por ambas partes, dichas cantidades de dinero se la entregará el ciudadano Rafael Fernández a la madre de mi hijo personalmente;