Visto el convenimiento realizado entre las partes, abogada Maxwell Rafael Sanguino Danis, titular de la cedula de identidad Nº 14.591.061, inpreabogado Nº 108.003, actuando en su carácter de apoderado Judicial del ciudadano: Onaldo Ramón Mata y el Abg. Juan Bautista Manzanilla, titular de la cedula de identidad Nº 10.262.779 Inpreabogado bajo el Nº 133.545, Apoderado Judicial de los ciudadanos: Pedro Ramón Peroso Sereno y Dulce María Sulbaran, titulares de las cedulas de identidad Nºs 16.475.845 y 9.401.345, respectivamente, asistidos del, el cual cursa a los folios setenta y tres (73), setenta y cuatro (74) del presente expediente
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