Vista la anterior solicitud, mediante la cual el Ciudadano: DANIEL OSCAR JAIMES CENTENO, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.250.536, domiciliada en la avenida 4, cruce con calle 8, del sector samaria, Del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa. Solicita que las anteriores diligencias sean declaradas bastante para asegurar el derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurias a que se refiere. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por el ciudadano: YESMERLYN ROSIBELL LEDEZMA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-17.595.816, y el ciudadano: JOSÉ ANTONIO COLOMBO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-21.394.560, se constata que el ciudadano: DANIEL OSCAR JAIMES CENTENO, ha construido sobre un lote de terreno propio el cual me pertenece según consta en documento debidamente registrado por ante la oficina Subalterna del Registro del Municipio Araure del Estado Portuguesa, de fecha 04 de Diciembre del año 1.992, bajo el numero 09, folio 1 al 2, protocolo primero, tomo séptimo cuarto trimestre del 1.992, y por documento de aclaratoria registrado en fecha 21-06-2.013, bajo el número 44, folio 247 del tomo 12, del protocolo de transcripción del año 2.013, y que he venido ocupando de forma pacifica desde hace aproximadamente treinta (30) años, ubicada en la avenida 04, cruce con calle 08 del sector Barrio Samaria, N° 7-76 DEL Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa, con un área de terreno que mide (174.90 Mtrs2). Alinderado de la siguiente manera; NORTE: Avenida 04, SUR: Casa de Teresa Montesino, ESTE: Casa de Gregorio Arriechi, y OESTE: Calle 08, dicha aclaratoria fue aprobada bajo el número 44 folio 247, del tomo 12, de trascripción del año 2.013, las referidas bienhechurias consta de: dos locales comerciales con paredes de bloques frisadas, piso de cemento pulido, techo de acerolit, cada local tiene dos baños, con los servicios de agua y luz eléctrica. Invirtió el ciudadano: DANIEL OSCAR JAIMES CENTENO. la cantidad de (900.000.00 Bs.) lo que equivale a (8.411.21 UT).