REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, diecisiete de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: PP21-L-2012-000409
PARTE DEMANDANTE: SAUL JOSE HERNANDEZ ARROYO, titular de la cedula de identidad N° 19.903.246.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Abg° ROSXANDER G., ROJAS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N°. 15.340.141 e inscrito en el inpreabogado con el N° 109.778.
PARTE DEMANDADA: GRUPO INTEGRAL DE VIGILANCIA Y RESGUARDO GAIVER, C.A.; registrada en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, bajo el N°. 41, tomo 104-A, de fecha: 07-12-2007.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

PERENCIÓN DE LA INSTANCIA,

Visto que ha transcurrido más de un (01) año sin que alguna de las partes intervinientes en la presente causa, haya ejecutado ningún acto de procedimiento, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Sede Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, dándole carácter de cosa Juzgada, ordenando el cierre y archivo del asunto, así como su remisión al Coordinador Judicial, una vez quede firme la presente decisión. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el oficio de remisión respectivo.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Es Todo.
LA JUEZ, LA SECRETARIA,

ABG° LIGIA LOPEZ CARIELES. ABG° MARLENE RODRIGUEZ.

En esta misma fecha fue publicada la presente decisión.
Conste.

LLC/mr.