PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 11 de Junio de 2014
204º y 155º

ASUNTO: PP01-V-2013-000278

Visto que en fecha martes diez (10) de junio del año dos mil catorce, siendo las 11:00 de la mañana, día y hora fijada para la Celebración de la Audiencia de Juicio, el ciudadano ELERIO ALBARRACIN DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 24.687.358 y de este domicilio, en su condición de demandante, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de apoderado, en el presente juicio de DIVORCIO CONTENCIOSO, sin justificar su ausencia, este Tribunal declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, todo de conformidad con el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece se considera desistido el procedimiento cuando la parte demandante no comparece personalmente sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar o a la audiencia de juicio y se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida en acta que se publica el mismo día.

D I S P O S I T I V A

Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL MISMO, en virtud de estar verificada la incomparecencia a la celebración de la audiencia de Juicio de la parte demandante ciudadano ELERIO ALBARRACIN DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 24.687.358 y de este domicilio.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los once días del mes de junio del año dos mil catorce. AÑOS: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza,

Abg. Haydee Rosa Oberto de Colmenares

La Secretaria,

Abg. Liliana Belén Barreto Arteaga.

En esta misma fecha se publicó y se consignó siendo las 11:22 a.m. Conste.
La Stría.

HOde C/LBA/lenny
ASUNTO: PP01-V-2013-000278