Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JACKSON JAVIER VALDERRAMA RANGEL Y EMILITZA LIALIANA VIERA ALDANA, titulares de la cédula de identidad Nros. 17.828.147 y 19.031.536, respectivamente, en representación de su hija: xx. Donde el referido ciudadano, Ofreció pasarle la obligación de manutención a hija la cantidad de mil mil bolívares (Bs. 1.000,oo), mensuales y con relación a los gastos en los meses de septiembre y diciembre, de útiles escolares, uniformes, gastos de estrenos decembrinos, serán compartidos por ambas partes, asimismo lo harán para los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad