Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: PABLO JÚNIOR VARGAS GUDIŃO Y KEILY MARIANA CAŃIZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.144.194 y 23.780.309 respectivamente, en beneficio de su hija xx, por concepto de Ofrecimiento de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Pablo Júnior Vargas, se comprometió a pasarle la cantidad de mil bolívares (Bs. 1.000,oo) mensuales a partir de este mes y el doble en el mes de diciembre para los gastos de estrenos, más el 50% de los gastos de consulta medicas y medicamentos en caso de enfermedad, dichas cantidades de dinero se las entregara personalmente a la madre de su hija, mediante recibo que luego consignará por ante este Tribunal