Visto que en este Tribunal en Funciones de Control Nº 01 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente NO HABIA AUDIENCIA Desde el: 06-11-2013. “En virtud de que la Juez Titular de este Despacho; Abg. Senaida Rosalía González Sánchez, fue designada por la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia; Magistrada: Gladys María Gutiérrez Álvarez en comisión Judicial de fecha 04 de Noviembre de 2013, Jueza provisoria de la Corte de Apelaciones y Presidenta del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa”. Y por cuanto Desde la presente fecha: 11-03-2014, quien aquí suscribe Abg. José Enrique Mendoza Guillen, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.669.860, fue designado por la Comisión Judicial mediante oficio Nº CJ-14-0220 de fecha: 13-02-2014, para cumplir las funciones como Juez Provisorio en este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, quien se juramento ante la Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Abg. Senaida Rosalía González Sánchez, mediante Acta de Juramentación Nº CJP-2014-055 de fecha: 11-03-2014; en consecuencia Asumirá sus funciones y ocupara Vacante Absoluta a partir del día de hoy: Martes: 11-03-2014; por lo que en consecuencia, a los fines de garantizar un debido proceso se ABOCA al conocimiento de la presente Causa, en igual forma se deja constancia de que la Abg. José Enrique Mendoza Guillen, Juez Provisorio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, no se encuentra incurso en ninguna Causal de Inhibición, conforme a lo dispuesto en el Artículo: 89 del Código Orgánico Procesal Penal. Agréguese el presente Auto de Abocamiento a los Asuntos del Tribunal y Publíquese en la Cartelera del Tribunal. Y por recibido el escrito de solicitud de Sobreseimiento Provisional, presentado por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Primer Circuito del Estado Portuguesa, Abogado José Ramón Salas, en la causa que se le sigue al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), nacionalidad venezolano, de 16 años de edad, natural de Boconoito estado Portuguesa, fecha de nacimiento 19-05-1994, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, cédula de identidad V-24.506.815, residenciado en el Barrio Lindo, calle 03, casa sin número, Boconoito, Municipio San Genaro de Boconoito Estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES GRAVES Y ROBO AGRAVADO, en perjuicio de los CIUDADANOS ALI CARRERO CARRERO (OCCISO), NANCY RONDON SANCHEZ CHACON GUERRERO REYMI ORLANDO, MORA GONZALEZ ISIDRO ANTONIO, ROJAS WILLIANS YEZID, RUIZ PARRA LUIS FERNANDO, MAYORCA CASTRO MARVEN Y ESTRELLA, CELESTE DURAN

PRIMERO

Los hechos que dieron lugar a la investigación ocurrieron en fecha 05 de diciembre de 2010, siendo las 09:00 horas de la mañana, el ciudadano LUÍS FERNANDO RUIZ PARRA, conductor del Bus 019, una Encava, color blanco, modelo 2006, placa 511AA7S, perteneciente a la línea Expresos Barinas, que cubre la ruta San Cristóbal - Barquisimeto salió desde el Terminal de San Cristóbal Estado Táchira, con varios pasajeros, después de pasar Alcabala de Boconoito, Autopista "Gral. José Antonio Páez" del Estado Portuguesa, en la entrada del Caserío Boconoito recogió dos pasajeros, quienes se montaron rápido hacia la parte de atrás del Bus y después de recorrer como seiscientos metros escucho que estos sujetos dijeron que era un atraco le pusieron una pistola en el cuello y le dijeron que redujera la velocidad y que no los mirara, obligara al colector de nombre EDGAR RENE RUIZ DAZA, a que pasara por todos los puestos para que le pasajeros le entregaran el dinero en efectivo, teléfonos celulares y prendas de valor, siendo despojados de sus bienes los siguientes pasajeros: CHACÓN GUERRERO REYMI ORLANDO quien fue despojado de ciento veinte bolívares en efectivo; MORA GONZÁLEZ ISIDRO ANTONIO, Io despojaron de 36 bolívares en efectivo; ROJAS WUILIAN YEZID, lo despojaron de 400 bolívares e efectivo; RUIZ PARA LUIS FERNANDO, le quitaron 1.300,00 Bolívares; MAYORGA CASTRO MARVEN, la despojaron de 20 Bolívares en efectivo; ESTRELLA CELESTE DURAN, fue despojado de un teléfono celular marca Blackberry modelo 8900, color negro serial 35845027728046, número de pm 2122885A; mientras estaba ocurriendo el hecho punible descrito, se paró un señor gritando; pidiendo a Dios que les sacara el demonio a los sujetos que estaban perpetrando el hecho punible se paro del asiento donde estaba y les decía a los pasajeros que no se dejaran robar y se le fui encima a uno de los sujetos, al que tenía el arma de fuego, quien efectuó un disparó y alcanzó a una ciudadana que estaba sentada de primera en los puestos, detrás del puesto del chofer, quien fue identificada como NANCY RONDÓN SÁNCHEZ, quien resultó lesionada con proyectil en flanco derecho con orificio de salida en flanco izquierdo, le realizaron laparatomía exploradora de urgencia encontrándose lesión estrellada de lóbulo hepático derecho. Lesión en espejo de antro gástrico Lasceración de pared de colón transverso. Hemoperitoneo 1000 ce de sangre. Estado General: Malas Condiciones. Tiempo de Curación y privación de ocupaciones indeterminado. Carácter: GRAVE; así mismo, el sujeto le efectuó dos disparos al señor que se resistió a que lo despojaran de sus pertenencias ocasionándole Excoriaciones en codo derecho y en región supra escapular derecha. Una herida producida por el paso de proyectil único disparado por arma de fuego a tórax anterior izquierdo con orificio de entrada de 1 cms. De diámetro con halo de quemadura y tatuaje. Localizado en región supraclavidular izquierdo y orificio de salida en región escapular derecha trayecto adelante atrás izquierda - Derecha. Ligeramente arriba abajo, quien falleció en el sitio del hecho y fue identificado como CARRERO CARRERO ALI, de 70 años de edad.
Después de la realización de las diligencias de investigación en la presente causa, los funcionarios actuantes adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare, determinaron la presunta participación como autores y partícipes de presente ilícito penal los ciudadanos que son identificados de la manera siguiente: GIOVANN ANTONIO MANZANILLA, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 08-09-1988, cédula V 19.191.313, conocido bajo el seudónimo de "CAROLO", quien es la persona que portaba el arma de fuego para el momento que se suscito el hecho narrado; COLMENARES LOYO SANDV GUILLERMO, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 25-06-90, cédula V-23.578.666, conocido bajo el seudónimo de "SANDE", quien era el acompañante del primer ciudadano mencionado GONZÁLEZ FRANCISCO JAVIER, de 20 años de edad, cédula V-21.022049, conocido bajo e seudónimo de "EL PINCHA" y el adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), Venezolano, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 19-05-1994, Cl N° V-24.506.815, apodado 'EL MOÑO" estos dos últimos mencionados presuntamente fueron los conductores de los vehículos moto en el cual fueron transportado los ciudadanos que abordaron la unidad de transporte Público, Por otra parte lograron establecer que los vehículos utilizados en el presente ilícito penal fueron una moto marca Yamaha color negro serial de carrocería 9FK5JV11551327333, serial de motor 3HB 327333, el cual se encuentra SOLICITADA, en el Sistema de Información Policial (SIIPOL), por Ia Sub. Delegación de Mérida, según Expediente H-534.819, por el delito Hurto y el otro vehículo es una moto de color roja, el cual es propiedad del ciudadano: GREY VÁSQUEZ, quien es cuñado de ciudadano apodado "EL MOÑO" y hasta la presente fecha aún no se ha logrado la recuperación de la misma por cuanto dicho ciudadano no ha regresado a su vivienda y ha hecho caso omiso a las citaciones libradas en su nombre

SEGUNDO
LOS HECHOS SE DESPRENDEN DE
LOS SIGUIENTES ELEMENTOS DE CONVICCIÓN:
PRIMERO: ACTA DE TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD; de fecha 05 de Diciembre de 2010. Suscrito por el jefe de Guardia de este Despacho T.S.U. WILLIAMS ALEXANDER AZUAJE PÉREZ, certifica que en las novedades diarias llevadas por ante esta Oficina, durante el lapso comprendido entre las 07:30 horas de la mañana de día 05-12-10, hasta las 07:30 horas de la mañana del día 06-12-10, aparece una que copiada textualmente dice así:
16:00 Hrs.- RECEPCIÓN TELEFÓNICA. INICIO DE AVERIGUACIÓN DE OFICIO 1-687-140. POR UNO DE LOS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO). CONOCE DETECTIVE WILLIAMS AZUAJE, se recibe la misma de parte del funcionario de la Guardia Nacional Sargento José Álvarez Almirez, manifestando que a la altura del restaurante Rancho Texas, ubicado en la autopista José Antonio Páez, municipio San Genaro de Boconoito Estado Portuguesa, se encuentra en el interior de un autobús el cadáver de una persona de sexo masculino, desconociendo mas detalles al respecto, por lo que quieren comisión de este despacho.
SEGUNDO: ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 05:20 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho el funcionario Agente: Orangel Enrique Colmenarez, adscrito a esta Sub-Delegación, quien estando debidamente juramentado y actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 21 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: "Encontrándome en este Despacho en mis labores de servicio se recibió llamada telefónica de parte del Sargento de nombre: José Alberto Ramírez, de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, informando que en el punto de control de la Guardia Nacional Bolivariana de Boconoito Estado Portuguesa, se encuentra dentro de un vehículo clase autobús el cadáver de un ciudadano de sexo masculino, sin signos vitales, presentando una herida producida por arma de Fuego, desconociendo más detalles al respecto, Motivo por el cual, se le dio inició a la causa número 1-687.140, por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio), es por lo que me trasladé en la unidad placa A26AB3K, en compañía del funcionario Agente: Raúl Sánchez, hacia el referido punto de control, ubicado en la Autopista José Antonio Páez, de Boconoito estado Portuguesa, a fin de verificar la información antes mencionada, una vez presentes en la referida alcabala, identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de de Investigaciones, nos entrevistamos con el Teniente de la Guardia Nacional Bolivariana de nombre: Cooz Antonio Fernando, a quien le manifestamos el motivo de nuestra presencia quien nos indicó donde se encontraba el vehículo donde estaba el cadáver, motivo por el cual nos apersonamos hacia donde estaba el referido vehículo al abordarlo logramos observar dentro del vehículo clase autobús, marca Encava, modelo ENT610 ESP. INT. color blanco v multicolores, placas 511AA5S. el cadáver de una persona de sexo masculino sin signos vitales, motivo por el cual el técnico procedió a remover el cadáver y fijar la respectiva inspección técnica siendo las 04:30 horas de la tarde del día de hoy, asimismo nos entrevistamos con el chofer y los pasajeros de dicha unidad de transporte, quienes se identificaron de la siguiente manera: CHACÓN GUERRERO REYMI ORLANDO, venezolano, natural de esta ciudad, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 26-10-74, soltero, obrero, residenciado en el sector Villa Araure 02, lotell, manzana 10, casa 24, Acarigua, teléfono 0414-0358248, cédula de identidad numero V-11.557.222, MORA GONZÁLEZ ISIDRO ANTONIO, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 13-06-84, soltero, comerciante, residenciado en la Urbanización la Virginia, calle 07, casa número 302, Acarigua Estado Portuguesa, teléfono 0412-2006584, cédula de identidad numero V-16.658.037, MARILUZ FUENTES GÓMEZ, venezolana, fecha de nacimiento 09-10-87, soltera, obrera, teléfono 0424-7466043, residenciada en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, cédula de identidad número V-17.755.728, ADÁN MARTÍNEZ YOLIMAR NOHELY, venezolana, fecha de nacimiento 26-04-91, soltera, estudiante, teléfono 21.054.369, residenciada en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, cédula de identidad número V-21.054.369, MORA HERRERA NANCY CAROLINA, venezolana, fecha de nacimiento 21-10-84, soltera, estudiante, teléfono 0424-7078154, residenciada en San Cristóbal Estado Táchira, cédula de identidad numero V-16.612.192, MARTÍNEZ ORTEGA JUSTO PASTOR, venezolano, natural de San Antonio del Táchira, fecha de nacimiento 23-02-82, soltero, funcionario público, teléfono 0426-5144443, residenciado en la población de Rubio, calle 02, casa número 2-15, Vega de pipa Rubio Estado Táchira, cédula de identidad V-15.538.486, ESTRELLA CELESTE DURAN RENGIFO. venezolana, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 23-12-92, soltera, estudiante, residenciada en la avenida Lara con carrera 08, edificio Morichal, piso 07, apartamento A-71, Barquisimeto Estado Lara, teléfono 0251-8482968, cédula de identidad número V-22.202.821, MUÑOZ SAMANCA LUZ ANGELA, venezolana, natural de Guadualito Estado Apure, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 10-05-85. soltera, comerciante, residenciada en la población de San Juan de Colón, aldea la Colorada, calle principal, casa sin número Estado Táchira, teléfono 0414-7372141, cédula de identidad número V-20.900.678, ROJAS WUILLIAN YEZID, venezolano, natural del Estado Apure, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 22-11-82. soltera, ingeniero Agrónomo, residenciado en la avenida Nueva Granada, edificio automotriz, torre B, piso 06, apartamento 6C, de Caracas Distrito Capital, teléfono 0424-7638139, cédula de identidad número V-18.148.967, LUZ MAVIRA PABON, venezolana: natural de Araure Estado Portuguesa, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 16-06-80, soltera, comerciante, residenciada en la población de San Juan de Colon Estado Táchira, teléfono 0424-7050971, cédula de identidad número V-1 4.001.211, PARRA LUIS FERNANDO, venezolano, natural de San Cristóbal Estado Táchira, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 28-05-74, soltero, chofer, residenciado en la población de Capacho Libertad, caite 02, casa sin número, Capacho Estado Táchira, teléfono 0414-9754202, cédula de identidad número V-11.023.106. ROSALES VALERA YILVER DAVID, cédula de identidad número V-18.071.641, SUAREZ MALDONADO ZENAIDA, cédula de identidad número V-15.881.823 y al adolescente de nombre: EDGAR RENE RUIZ DAZA, venezolano, natural de San Cristóbal Estado Táchira, de 14 años de edad, fecha de nacimiento 20-02-96, soltero, colector de Busetas, residenciado en el pueblo el milagro, vía la pedrera, Barrio Victorino, calle principal, casa sin número, San Cristóbal Estrado Táchira, teléfono 0416-4761573, cédula de identidad número V-26.208.420, quienes manifestaron ser testigos presenciales del hecho que se investiga, por tal motivo procedimos a trasladarlos hasta este Despacho con el vehículo de trasporté antes citado en el cual ocurrió el hecho investigado, a fin de ser entrevistados en relación al hecho que en referencia: asimismo manifestaron que dos ciudadanos se montaron en el vehículo de trasporte en mención y luego al recorrer poco tiempo los mismos comenzaron a amenazar de muerte con armas de fuego a todos los presentes y a despojarlos de sus pertenecías, fue cuando un ciudadano se resistió a que lo robaran y comenzó a forcejear con los autores del hecho que nos ocupa, hasta que los mismo le propinaron un disparo el cual le causo la muerte; el hoy occiso quedó identificado de la siguiente manera: CARRERO CARRERO ALLÍ, venezolano, de 70 años de edad, fecha de nacimiento 06-09-4, cédula de identidad número V-3.313.167, quien presentó una herida en la región de la clavícula izquierda y otra en la región escapular derecha. Posteriormente nos trasladamos hasta el Hospital de esta ciudad, a fin de trasladar el hoy occiso hasta la morgue y verificar el estado de salud de una de las ciudadanas que viajaban en el vehículo donde se registró el hecho ya que la misma fue herida y trasladada hasta ese centro asistencial, una vez en el referido
nosocomio identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de investigaciones y luego de haber dejado el cadáver del occiso en mención en la morgue, nos entrevistamos con el Doctor Jorge Cedeño, médico Cirujano, quien nos manifestó que la ciudadana fue identificada de la siguiente manera NANCY RONDÓN SÁNCHEZ, de nacionalidad Venezolana Adquirida, natural de Colombia, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 05-10-83, casada, residenciada en a Urbanización Gonzalo barrios, calle 01, casa número 45, Acarigua Estado Portuguesa, cédula de identidad número 24.620.190, y se encuentra en la sala de recuperación del referido hospital, luego de haber sido intervenida quirúrgicamente, la misma presenta una lesión en el hígado, una en el estómago y una laceración en el colón, ocasionadas por el paso de un disparado por un arma de fuego. Acto seguido retornamos a este Despacho luego de haber dejado en calidad de depósito en la Morgue del Hospital Doctor Miguel Oraa de esta ciudad, al interfecto donde se le practicará la necropsia de ley correspondiente, a fin de obtener más información y evidencias que fortalezcan el esclarecimiento del hecho. A tal efecto dejo constancia que el vehículo en el cual ocurrió el suceso fue devuelto a su propietario luego que fue sometido a la respectiva inspección técnica y experticias de ley. Es todo.
TERCERO: ACTA DE INSPECCIÓN N°: 2080; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 04:30 Horas de la tarde; se constituye comisión del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS integrada por los funcionarios: AGENTES RAHUL SÁNCHEZ Y ORANGEL COLMENAREZ. Adscritos a esta Sub-Delegación en: EN EL PUESTO DE CONTROL VIAL. DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA. DE LA LOCALIDAD DE BONONOITO. AUTOPISTA GRAL ^JOSE ANTONIO PAEZ. ESTADO PORTUGUESA, lugar en el cual se acuerda realizar inspección técnica, de conformidad con lo establecido en los artículos 202 y 214 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto, se procede dejando constancia de lo siguiente: "El lugar objeto de la presente inspección, resulta ser un sitio abierto perteneciente a un de la referida arteria vial, donde se percibe temperatura ambiental cálida e iluminación natural clara de buena intensidad; calzada de asfalto, lugar donde se aprecia aparcado de manera provisional un vehículo, marca ENCAVA, modelo ENT610ESPINT, año 2007, colores BLANCO Y MULTICOLOR, clase MINIBUS, tipo COLECTIVO, de TRASPORTE PUBLICO, placas 511AA75, el cual presenta como principal vía de acceso una puerta de doble hoja automática, lugar donde se aprecia el cuerpo sin vida de una persona adulta de sexo masculino en posición dorsal, específicamente sus dos extremidades inferiores y su región lumbar sobre los estribos que dan acceso al interior de dicho vehículo, con su extremidad inferior izquierda totalmente extendidas, su extremidad inferior derecha flexionada hacia su abdomen, su extremidad superior izquierda extendida a una de sus costados, su extremidad superior derecha tomando su extremidad inferior derecha, con su región cefálica sobre la calzada de asfalto, orientada hacia el oeste, presentando las siguientes características físicas: de piel blanca, cabello corto, tipo liso, color negro, barba abundante entrecana, ojos color pardo oscuro, contextura delgada, de un metro setenta y cinco centímetro de estatura (1,75 Mts), provisto de la siguiente vestimenta: Una (01) chemise de color rojo con franjas grises, un (01) pantalón jean de color azul, y un (01) par de zapatos, de color negro, del mismo modo se aprecia sobre el primer escalón ubicado en la principal vía de acceso del referido vehículo, un charco de un sustancia de color pardo rojiza, evidencia que se colecta y rotula con la letra A , dfel mismo modo se logra observar, debajo de la puerta del lado derecho una bala completa, calibre 45, evidencia que se colecta y rotula con la letra "B", de igual manera sobre el piso de referido vehículo frente al motor se aprecia una concha calibre 45, evidencia que se colecta y rotula con la letra "C", del mismo modo sobre el primer asiento de lado derecho se observa un proyectil perfectamente conservado, calibre 45, evidencia que se colecta y rotula con la letra "D", del mismo modo se aprecia debajo del primer asiento del lado izquierdo, una (01) gorra, de color verde, sin marca aparente, con un signo de color blanco en su frente, evidencia que se colecta y rotula con la letra "E", de igual manera se procedió a reactivar rastros dactiloscópicos en las puertas y tubos de apoyo de dicho vehículo usando para ello polvos reactivos, no logrando obtener rastros de interés Criminalísticas, seguidamente procedemos a remover el cuerpo de su posición original para ser traslado para la Morgue del Hospital Doctor Miguel Oraá de Guanare, Estado Portuguesa, a fin de que le sea practicada la respectiva Necropsia de Ley. Es todo.
CUARTO: ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 06:40 horas de la tarde, compareció por ante este Funcionario Agente de investigaciones: ORANGEL ENRIQUE COLMENAREZ, adscrito a esta Sub-Delegación, quien estando debidamente juramentado y actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 21 del Decreto con Fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Pénale^ y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: "Prosiguiendo las investigaciones relacionadas con la causa penal número 1-687.140, que se instruye por ante este Despacho por uno de los Delitos Contra las personas (Homicidio), me trasladé en compañía del Agente: Raúl Sánchez, en la unidad Frontier, hacia la Morgue del Hospital Doctor Miguel Oraa de esta ciudad, con el objeto de realizarle inspección al cadáver de quien en vida respondieran a los nombres de: CARRERO CARRERO ALI. cédula de identidad número V-3.313.167, ampliamente identificados en la presente causa por figurar como víctima del hecho investigado, una vez en la referida Morgue, logramos avistar el cadáver del ciudadano en mención, sobre unas camillas metálicas el cuerpo inerte de una persona del sexo masculino, el cual portaba de vestimenta una chemi de de color gris, un jeans de color azul, unos zapatos de color negro, presentando como características fisonómicas piel blanca, contextura delgada, nariz moderada, orejas pequeñas, cabello corto y liso color negro, barba abundante entrecanas, ojos color pardo oscuro, de 1.75 de estatura, quien presentó una herida por arma de fuego en la clavícula izquierda y una en la región infraescapular derecha, siendo fijado el reconocimiento del cadáver a Tas 06:00 horas de la tarde del día de hoy. Dicho interfecto quedará depositado en dicha Morgue a fin de que le sea practicada la Necropsia de Ley. Posteriormente nos retiramos del lugar retornamos a este Despacho, informando a la Superioridad el resultado de la comisión. Es todo.

QUINTO: ACTA DE INSPECCIÓN N° 2081; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 06:00 Horas de la tarde; se constituye comisión del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, integrada por los funcionarios: AGENTES RAHUL
SÁNCHEZ Y ORANGEL COLMENAREZ. Adscritos a esta Sub-Delegación en la Morgue DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DOCTOR MIGUEL ORAA. GUANARE. ESTADO PORTUGUESA.
lugar en el cual se acuerda practicar Inspección técnica de conformidad con lo establecido en los artículos 202 y 214 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procede dejando constancia de lo siguiente "El lugar resulta ser la parte interna de la morgue del nosocomio antes descrito, con clima ambiental fresco e iluminación artificial clara de buena intensidad, donde yace en posición dorsal sobre el piso en una bandeja metálica el cuerpo sin vida de una persona adulta del sexo masculino, presentando las siguientes características:
CARACTERÍSTICAS FISONOMICAS DEL CADÁVER: piel blanca, cabello corto, tipo liso, color negro, barba abundante entrecana, ojos color pardo oscuro, contextura delgada, de un metro setenta y cinco centímetro de estatura (1,75 Mts).
EXAMEN FÍSICO EXTERNO PRACTICADO AL CADÁVER: Al ser revisado se constato que el mismo presenta Dos heridas: Una Herida de forma circular en la región clavicular izquierda, y una herida de forma irregular en la región infraescapular derecha.- VESTIMENTA QUE PRESENTA EL CADÁVER: Una (01) chemise de color rojo con franjas grises, un (01) pantalón jean de color azul, y un (01) par de zapatos, de color negro.
EVIDENCIA DE INTERÉS CRIMINALISTICO QUE SE COLECTA: Una (01) chemise de color rojo con franjas grises, marca ELIS, talla L, un (01) pantalón jean de color azul, marca LEVÁIS, talla 32, y un (01) par de zapatos, de color negro, marca Danimer, talla 42; evidencias que se colectan y rotulan con números "1", "2", y "3" respectivamente, un (01) proyectil perfectamente conservado, evidencia que se colecta y rotula con al número '4", se procede a practicarle la correspondiente Necrodactilia para su plena identificación. Quedando dicho cadáver en calidad de depósito en esta Morgue, con el propósito de que le sea practicada la respectiva Necropsia de ley. Es todo.

SEXTO: ACTA DE ENTREVTSTA; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 06:00 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, previo traslado de comisión al ciudadano: CHACÓN GUERRERO REYMI ORLANDO, venezolano, natural de esta ciudad, de 36 de edad, fecha de nacimiento 26-10-74, soltero, obrero, reside en el sector Villa Araure dos, lote II, manzana 10, casa Nro 24 Acarigua Estado Portuguesa, teléfono: 0414-0358248, titular de la cédula de identidad V-11.557.222, a fin de rendir declaración en relación a la causa 1-687.140, que se instruye por ante este Despacho, por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio y Lesiones), por lo que se procedió a tomar su versión de los hechos y en consecuencia expone: "Resulta ser que el día de hoy yo me encontraba a bordo de una unidad de transporte público de la empresa EXPRESOS BARINAS, la cual me había embarcado en el terminal de San Cristóbal Estado Táchira, resulta que al momento en que vamos pasando la alcabala de la Guardia de Boconoito el autobús se detiene y montan dos sujetos, uno de ellos se sienta al lado mío, el sujeto que estaba al lado mió dice listo y se para y le entrega una pistola al otro sujeto que se había montado con él, en eso los sujetos dicen esto es un atraco y se van hacia la parte de delante de la buseta donde nos pedían que les dieran todas nuestras pertenencias, en eso unos pasajeros que estaban allí empezaron a gritar que dios les sacara el demonio a los ladrones porque eran como evangélico, en ese instante un señor como de sesenta años de edad se paró del asiento y nos decía que nos dejáramos y se le fue encima a uno de los sujetos que tenía el arma de fuego, el sujeto entonces le lanza un disparo al señor pero no se dispara nada, entonces el ladrón intenta otra vez y se le sale un disparo y a una muchacha que iba detrás del chofer y de una vez le da dos disparos al señor que venía como pasajero que se encontraba forcejeando con el choro, luego el ladrón empezó a decirnos otra vez que le diéramos nuestro dinero y mando al colector del autobús a recoger el dinero, en eso el otro sujeto que acompañaba al choro le decía que se bajaran y el otro le decía que todavía no, es cuando yo también veo que venían dos motos detrás del autobús y los ladrones se bajan y se montan en las motos donde salen huyendo, en ese instante el chofer del autobús toma la decisión de represarse hasta la alcabala de la Guardia Nacional, donde solicitamos ayuda y nos damos cuenta que el señor que le habían disparado estaba muerto y una muchacha se encontraba herida, por lo que fue traslada en una grúa hacia el hospital de la ciudad de Guanare, posteriormente llegó comisión del CICPC que nos trasladó hasta aquí para ser entrevistados sobre los hechos acaecidos. Es todo. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERRGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, lugar, hora y fecha en que sucedieron los hechos antes narrados?. CONTESTO: "Eso en el interior de un autobús de la empresa expresos Barinas a la altura de un restaurante Rancho Texas, ubicado en la autopista José Antonio Páez, municipio San Genaro de Boconoito Estado Portuguesa el día de hoy 05-12-10 en horas de la tarde". OTRA: Diga usted, las características de los sujetos autores de los hechos que narra?. CONTESTO: "el que se sentó al lado mío era de contextura delgada, como de 1,65 de altura, cara alargada, piel trigueña, ojos claros, vestía una franela clara y gorra, parecía como del campo y el otro era delgado medio alto, cabello corto piel trigueña, vestía franela y color azul". OTRA: Diga usted, si los sujetos autores hechos se llegaron a llamar por algún nombre o apodo? CONTESTO: "NO". OTRA: Diga usted, las características del arma de fuego utilizada por los autores de los hechos que narra. CONTESTO: "un arma de fuego color negro como 9mm". OTRA: ¿Diga usted, que objeto o cantidad de dinero le fue despojado a su persona en los hechos que narra?. CONTESTO: ciento veinte bolívares. OTRA: Diga usted, su persona resultó lesionada en los hechos que narra. CONTESTO: No. OTRA: Diga usted, porque los autores de los hechos que narra le dispararon a las personas antes mencionadas. CONTESTO: "al que se murió le disparan porque opuso resistencia al robo y a la muchacha que salió herida porque al ladrón se le fue un tiro. OTRA: Diga usted, tiene conocimiento de cuantas personas se encontraba en el interior del autobús al momento de suscitarse los hechos que narra. CONTESTO: creo que éramos como veintiocho personas. OTRA: diga usted, desde que terminal del país salió el autobús donde se suscitaron los hechos y que destino tenía. CONTESTO: salió desde la ciudad de San Cristóbal Estado Táchira y tenía como destino final la ciudad de Barquisimeto Estado Lara. OTRA: Diga usted, las características del autobús donde se suscitaron los hechos que narra. CONTESTO: Es un autobús encava, color blanco con rayas rojas. OTRA: Diga usted, de volver a ver a los sujetos autores de los hechos que narra los reconocería. CONTESTO: Sí. OTRA: Desea agregar algo mas ala presente entrevista. CONTESTO: bueno cuando los motorizados llegaron a rescatar a los ladrones yo me percate que uno de los motorizados cargaba un chaleco color verde igual a los que usan los mototaxistas que están en la alcabala..

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SÉPTIMO: ACTA DE ENTREVISTA; 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 06:10 horas de la tarde, compareció por ante éste Despacho previo traslado de comisión el ciudadano: MORA GONZÁLEZ ISIDRO ANTONIO, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 1 3-06-84, soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la urbanización la Virginia calle 07, casa 302 de Acarigua Edo Portuguesa, titular de la cédula de identidad N°. V-16.658.037, teléfono 0412-2006584, quien impuesto de los hechos en relación a la causa 1-687.140, instruido por uno de los delitos Contra las Personas y Contra la Propiedad y en consecuencia Expone: "Yo venía en el Bus de ruta San Cristóbal - Barquisimeto, en la alcabala de Boconoito el colector del Bus anuncia la ruta de destino que era Barquisimeto a las personas que estaban en la alcabala, en la cual se montan dos sujetos, uno de ellos se monta a mi lado y el otro en el asiento de al lado quedando el pasillo de promedio de los dos, el sujeto a penas se sentó realizó una llamada de su celular indicando que ya se había montado en el bus que ya esta listo y que lo esperaran después de colgar la llamada le dice al compañero "listo", el compañero se levantó primero diciéndole "pásame la vaina", el que se encontraba a mi lado le dio una pistola automática, el chamo dijo "manos arriba bajen la cabeza esto es un atraco", inmediatamente las personas que estaban detrás del bus comenzaron a rezar y a orar en voz alta diciéndole que eran el demonio y reprendiéndolos, se levantó el señor fallecido y comenzó a entablar una discusión con los asaltantes diciendo "que no lo iban a robar que se abajaran que no fuera así", el delincuente que tenía el arma de fuego amenazó al occiso indicándole que se retirara a la parte de atrás porque no estaba jugando, ambos delincuentes insistían que bajáramos la cabeza y que no los viéramos, yo logré ver que el delincuente que cargaba la pistola y la accionó en contra del señor occiso y no disparaba la montó tres veces y en plena discusión con el occiso nos mandaba a bajar la cabeza para que nos los miráramos, se escucharon dos detonaciones y una tercera, la gente comenzó a gritar y a llorar, mandaron al colector del bus a recoger todas las prendas, los celulares y dinero, el colector paso puesto por puesto recogiendo todo, cuando terminó de recoger el dinero mandaron a orillar la unidad y los chamos se bajaron, allí logré ver dos motorizados que los estaban esperando y cada uno se fue en una moto. Luego todos nos levantándonos y ahí fue cuando observé que el señor occiso estaba tirado en la escalera del bus y una señora que iba en el asiento delantero estaba lesionada con un impacto de bala en el abdomen, inmediatamente el chofer del bus dio la vuelta y se regresó para la alcabala de Boconoito, allí el occiso se encontraba sin signos vitales y la ciudadana fue auxiliada por los Guardias Nacionales y la llevaron a un CDI que esta cerca de la alcabala. Es todo" SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrado? CONTESTO: "Eso fue el día de hoy como a las 03:30 hrs de la tarde, en la autopista General José Antonio Páez, como a 2 Km de la alcabala de Boconoito". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "El que estaba a mi lado era como de 1,65 m de estatura, delgado, de piel trigueño, cabello crespo color castaño oscuro, cara perfilada como de 16 años de edad, cargaba como vestimenta una chemise blanca con un jean azul claro y zapatos negro y azul tipo deportivo; el otro era de contextura delgada como de 1.70 m de estatura de piel morena, de cara perfilada como de 18 años de edad, éste tenia el armamento, la vestimenta no se la pude detallar porque el asiento no me dejaba y cargaba una gorra clara" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, de volver a ver a los autores del hecho los reconocería? CONTESTO: "Si" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del arma de fuego que portaba el autor del hecho narrado? CONTESTO: Era una pistola 9 mm automática negra, si no me equivoco era una Pietro Beretta, estaba oxidada en mal estado" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, los autores del hecho llegaron a llamarse por algún nombre o seudónimo? CONTESTO: "No" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue despojado de alguna prenda o teléfono? CONTESTO: "Me quitaron 36.00 bsf en efectivo" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento los autores del hecho se encontraban bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia estupefaciente? CONTESTO: "Esos chamos tenían una cara de drogado, se le veía que estaba bajos los efectos de narcóticos. OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características de los vehículos tipo motos donde se fugaron los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "Son moto ¡aguar 150 una de color azul y la otra no logre verle el color porque habían arrancado". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, hacia donde se dirigieron los autores del hecho posterior a cometer el hecho delictivo? CONTESTO: "Hacia una carretera paralela que esta cerca de la autopista en sentido hacia la alcabala se devolvieron". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: "No". Es todo.
OCTAVO: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 05-12-2010, rendida por la ciudadana ESTRELLA CELESTE DURAN RENGIFO, ante el Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subelegacion Guanare Estado Portuguesa, quien manifestó que ella el día 05-12-2010, como a las 09:00 horas de la mañana abordo una buseta en el terminal de pasajeros de San Cristóbal Estado Táchira, el cual llevaba como destino Barinas, Guanare, Acarigua y Barquisimeto, y al pasar el peaje de Boconoito la buseta se paro y se montaron tres sujetos, dos se sentaron en diferentes puestos y uno se quedo parado en la puerta de la buseta, luego dijeron que era un atraco portando armas de fuego, dijeron que no los miráramos y nos despojaron de dinero en efectivo, joyas y otros objetos de valor, pero así mismo uno de ellos que se sentó dos puestos atrás de donde yo estaba, le dice a mi amiga ADAN que le entregara el teléfono que no lo escondiera, se levantó un señor de uno de los asientos traseros, quien le decía a los otros pasajeros que se levantaran, este señor que iba en la buseta empezó a discutir con uno de ellos, el que cargaba el arma de fuego, y este sujeto efectuó varios disparos logrando herir mortalmente al señor que discutía con el y la victima cayo al suelo de la buseta, también resultó herida una muchacha que iba sentada en el primer puesto de la buseta, detrás del chofer. Los tres sujetos le decían al conductor que bajara la velocidad y se estacionara. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrado? CONTESTO" Eso fue el día de hoy 05-12-2010 como a las 04:00 hrs de la tarde, dentro de la buseta en la cual me trasladaba. SEGUNDA PREGUNTA Diga usted si tiene conocimiento de cómo se originaron los hechos. CONTESTO: bueno resulta que el sujeto quien le causa los disparos al señor se encontraba robándonos nuestras pertenencias y el hoy occiso se puso a reclamarle y por eso le dispara. TERCERA PREGUNTA. Diga usted si tiene conocimiento donde se montan los autores del hecho. CONTESTÓ: desconozco pero fue como a dos kilómetros luego de pasar el peaje de boconcito. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "solamente el sujeto del arma, era era de contextura delgada, como de 1,75 aproxm de estatura, de piel morena, cabello corto, liso negro, poseía como un corte de cabello de rapero, cara alargada, frente amplia, nariz semiperfilada, boca grande" QUINTA PREGUNTA: diga usted si tiene conocimiento a que línea partenecia la buseta. CONTESTO. Desconozco SEXTA PREGUNTA¿Diga usted, características del arma de fuego que portaba el autor del hecho narrado? CONTESTO: Era una tipo pistola.

NOVENO: ACTA DE ENTREVISTA; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 06:30 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho previo traslado de comisión la ciudadana: MUÑOZ SAMANCA LUZ ÁNGELA, de nacionalidad Venezolana, natural de Guasdualito Estado Apure, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 10-05-85, soltera, de profesión u oficio comerciante, residenciada en la población de San Juan de Colón, aldea la Colorada calle principal, casa s/n del Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N°. V-20.900.678, teléfono 0414-7372141, quien impuesto de los hechos en relación a la causa 1-687.140, instruido por uno de los delitos Contra las Personas y Contra la Propiedad y en consecuencia expone: “yo venía en el Bus de la ruta San Cristóbal - Barquisimeto, iba para Acarigua, pasamos la alcabala de Boconoito y más adelante se subieron dos personas pero no los detalle porque no le tome necesario, de pronto escuché que decían "esto es un asalto no me miren agachen la cabeza", procuramos agachar la cabeza ya que me encontraba asustada, de repente escuche dos tiros, luego se paró el autobús y se bajaron los sujetos, yo no logré a ver a los hombres porque estaba en la parte trasera del bus y solo escuchaba que había una discusión, también escuché que las personas que iban detrás de nosotros decían que Cristo y otras cosas más, después que los hombres se bajaron fue que me enteré que había un herido porque el autobús se devolvió para la alcabala de Boconoito, de verdad no logre ver más nada. Es todo" SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha de los hechos narrado? CONTESTO: "Eso fue el día de hoy a las 03:30 hrs de la tarde, en la autopista General José Antonio Páez, sector Boconoito". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los autores del hecho narrado? CONTESTO: "No los vi, yo estaba en los de atrás" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del arma de fuego portaba el autor del hecho narrado'? CONTESTO: "Tampoco la vi". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, los autores del hecho llegaron al llamarse por algún nombre o seudónimo? CONTESTO: "No, solo se escuchaba la voz de uno que decía me mire la cara, no me miera la cara"" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue despojada de alguna prenda o teléfono? CONTESTO: "NQ, nada". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento los autores del hecho se encontraban bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia estupefaciente? CONTESTO: "no se, no los vi" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento en que se retiraron los sujetos autores del hecho posterior a cometer el presente ilícito penal? CONTESTO: "La gente dice que en moto pero yo no los vi". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: "No". Es todo.

DECIMO ACTA DE ENTREVISTA; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 06:30 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho previo traslado de comisión la ciudadana: ROJAS WUIILIAN YESID, de nacionalidad Venezolana, natural de EL ORZA EDO APURE, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 22-11-82, soltero, de profesión u oficio ingeniero agrónomo, residenciado en la avenida nueva granada Edif. Automotriz toore B, piso 6 apartamento 6C de Caracas, titular de la cédula de identidad N°. V-18.148.967, teléfono 0424-7638139, quien impuesto de los hechos en relación a la causa 1-687.140, instruido por uno de los delitos Contra las Personas y Contra la Propiedad y en consecuencia expone:
Yo venia en el bus e iba para Acarigua iba dormido y me despierto porque escucho la bulla y veo que el sr difunto pasa para donde estaban los asaltantes diciendo que me van a robar, los asaltantes decían que bajáramos la cabeza de pronto escuche tres detonaciones, se bajaron y no vi más nada, solo la levanté cuando el bus se devolvió a la alcabala de Boconoito, fue que me enteré que había un lesionado y el señor que estaba muerto, llegamos a la alcabala y los guardias auxiliaron a la señora. Es todo" SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrados? CONTESTO: "Eso fue el día de hoy como a las 03:30 hrs de la tarde, en la General José Antonio Páez, como a 1.5Km de la alcabala de Boconoito". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "Yo no los vi, ya que yo tuve una experiencia donde robaron el autobús donde iba y quien levantaba la cabeza lo golpeaban por eso no la levante en esta oportunidad" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del arma de fuego que portaba el autor del hecho narrado? CONTESTO: "No la vi tampoco" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, los autores del hecho llegaron al llamarse por algún nombre o seudónimo? CONTESTO: "Entre ellos no". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue despojado de alguna prenda o teléfono? CONTESTO: "Me quitaron 4.00 bsf en efectivo" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento los autores del hecho se encontraban bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia estupefaciente? CONTESTO: "No se" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, posterior a que los sujetos cometieran el presente ilícito Penal, hacia donde se dirigieron los mismos y en que vehículo? CONTESTO: "Tampoco los vi" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, que cantidad de disparo logro escuchar? CONTESTO: "Tres" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: "No". Es todo.

DÉCIMO PRIMERO: ACTA DE ENTREVISTA; de fecha 05.de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 07:00 horas de la noche, compareció por ante este Despacho, previo traslado de comisión la ciudadana: LUZ MAVIRA PABON, Venezolano, natural de Araure Estado Portuguesa, de 30 de edad, fecha de fecha de nacimiento 16-06-80, soltera, comerciante, reside en la población de San Juan de Colón Estado Táchira, teléfono: 0424-7050971, titular de la cédula de identidad V-14.001.211, a fin de rendir declaración en relación a la causa 1-687.140, que se Instruye por ante este Despacho, por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio y Lesiones), por lo que se procedió a tomar su versión de los hechos y en consecuencia expone: "Resulta ser que el día de hoy yo me encontraba a bordo de una unidad de transporte público de la empresa EXPRESOS BARÍ ÑAS, la cual me había embarcado en el terminal de San Cristóbal Estado Táchira, en lo que estábamos pasando la alcabala de Boconoito escuché unos gritos y unos sujetos que decían agachen la cabeza, yo hice lo que decían en eso escuche varios tiros y veo el alboroto, pero después que estamos devuelta en la alcabala de Boconoito con la Guardia Nacional me entero de lo que había pasado y observo al señor que estaba muerto y una muchacha que estaba herida que luego se llevaron para el hospital, posteriormente llegó comisión del CICPC que nos trasladó hasta aquí para ser entrevistados sobre los hechos acaecidos. Es todo". SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL RECEPTOR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, lugar, hora y fecha en que sucedieron hechos antes narrados? CONTESTO: "Eso fue en el interior de un autobús de la empresa expresos Barinas metros después de la alcabala de la Guardia Nacional, ubicado en la autopista José Antonio Páez, municipio San Genaro de Boconoito Estado Portuguesa el día de hoy05-12-10 en horas de la tarde". OTRA: Diga usted, las características deHoTs"8Je1fóJs:oautores de los hechos que narra?. CONTESTO: "No los vi". OTRA: Diga usted, si los sujetos autores del hechos se llegaron a llamar por algún nombre o apodo? CONTESTO: "No se". OTRA: Diga usted, las características del arma de fuego utilizada por los autores de los hechos que narra?. CONTESTO: "no la vi". OTRA: ¿Diga usted, que objeto o cantidad de dinero le fue despojado a su persona en los hechos que narra?. CONTESTO: "No me quitaron nada. OTRA: Diga usted, su persona resultó lesionada en los hechos que narra. CONTESTO: No. OTRA: Diga usted, porque los autores de los hechos que narra le dispararon a las personas antes mencionadas. CONTESTO: "No se. OTRA: Diga usted, tiene conocimiento de cuantas personas se encontraban en el interior del autobús al momento de suscitarse los hechos que narra. CONTESTO: estaba el bus medio ful. OTRA: diga usted, desde que terminal del país salió el autobús donde se suscitaron los hechos y que destino tenía. CONTESTO: salió desde la ciudad de San Cristóbal Estado Táchira y tenía corno destino final la ciudad de Barquisímeto Estado Lara. OTRA: Diga usted, las características del autobús donde se suscitaron los hechos que narra. CONTESTO: Es un autobús encava, color blanco con rayas rojas. OTRA: Diga usted, de volver a ver a los sujetos autores de los hechos que narra los reconocería. CONTESTO: Nunca los vi. OTRA: desea agregar algo más a la presente entrevista: No. Es todo.

DÉCIMO SEGUNDO: ACTA DE ENTREVISTA; de fecha 05 de Diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 07:00 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho previo traslado de comisión el ciudadano: RUIZ PARRA LUIS FERNANDO, de nacionalidad Venezolano, natural de San Cristóbal Edo Táchira, de 36 años de edad, fecha de nacirfiíento 28-05-74, soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en la población de capacho libertad, calle 02, casa s/n, de Capacho Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-11.023.106, teléfono 0414-9754202, quien impuesto de los hechos en relación a la causa 1-687.140, instruido por uno de los delitos Contra las Personas y Contra la Propiedad y en consecuencia Expone: "Yo trabajo con chofer de la ruta expreso Barinas, venía en el Bus 019 que cubre la ruta San Cristóbal hacia Barquisímeto, íbamos por la Autopista General José Antonio Páez y pasamos la alcabala de Boconoito, más adelante en toda la entrada de Boconoito recogí dos pasajeros y se montaron rápido a los puesto de atrás y como a 6:00 m de haber recorrido escuché "esto es un atraco", a mi me pusieron la pistola en el cuello me dijeron que simulara y me fuera despacio, que no los mirara, de ahí escuche un señor que discutía con ellos y forcejearon ahí, de los delincuentes andaba uno solo armado, el viejito le decía a ellos "me va matar me va matar", entonces el viejito agarró a uno de los atracadores y éste le decía al amigo que le diera un tiro que le diera un tiro, llegaron hasta la escalera y de ahí fue que el atracador le dio el tiro a quema ropa, cuando estaban forcejeando le dieron el disparo a la muchacha que estaba adelante, ella iba dormida de ahí me mandaron a parar y los dos atracadores se bajaron y salieron corriendo para agarrar la carretera vieja, ahí lo estaba esperando las motos y se montaron y se fueron por la vía vieja en dirección hacia Boconoito, como vi que tenia dos personas heridas di la vuelta y me regresé hasta la alcabala de Boconoito, allí me sacaron a la muchacha, la montaron en una grúa roja y la llevaron al CDI, que el señor ya estaba muerto, luego llegó la PTJ y levantaron el cadáver, Es todo". SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrados? CONTESTO: "Eso fue el día de hoy como a las 03:30 hrs de la tarde, en la autopista General José Antonio Páez, como a 1 Km de a alcabala de Boconoito". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "Eran delgados, uno alto y otro bajo, el más alto cargaba una franela verde y el otro una blanca, pero de verdad no los pude detallar porque pasaron muy rápido para atrás y yo arranque de una vez" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del arma de fuego que portaba el autor del hecho narrado? CONTESTO: "Era una pistola como oxidada" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, los autores del hecho llegaron al llamarse por algún nombre o seudónimo? CONTESTO: "No" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue despojado de alguna prenda o teléfono? CONTESTO: "La plata era como 1.300,00 Bsf". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento los autores del hecho se encontraban bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia estupefaciente? CONTESTO: "No me di de cuenta de eso, ellos pasaron rápido parta atrás" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del vehículo que su persona conducía? CONTESTO: "Una Encava, color blanco, modelo 2006, placas 51 IAA7S, serial de carrocería 8XL6GCI 1 D6E002816, señal de motor 409720" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del los vehículo tipo moto donde se retiraron los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "Son moto ¡aguar una de color azul y la otra roía" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, logró observar las características fisonómicas del las personas que tripulaban las motos antes señaladas? CONTESTO: "Estaban muy lejos OTRA PREGUNTA: Diga usted, hacia donde se dirigieron los autores del hecho posterior a cometer el hecho delictivo? CONTESTO: "Hacia la vía Boconoito"" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, que cantidad de disparo logró escuchar? CONTESTO: "No se sí fueron dos o tres del susto no supe" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: "No". Es todo.

DÉCIMO TERCERO: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 05-12-2010, rendida por el ciudadano EDGAR RENE RUIZ DAZA, ante el Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-delegacion Guanare Estado Portuguesa, quien manifestó que ella el dia 05-12-2010, como a las 09:00 horas de la mañana,, quien se encontraba laborando como colector de una buseta de la línea Expresos Barinas, en compañía de Luis Fernando, conductor de dicha unidad, quienes salieron cargados del terminal de pasajeros del San Cristóbal Estado Táchira, el cual llevaba como destino Barinas," Guanare, Acarigua y Barquisimeto, y al pasar el peaje de Boconoito la buseta detienen la buseta y se montaron dos sujetos, dos se sentaron en los puestos traseros, como a las cinco minutos, se levantan y uno de ellos saca un arma de fuego, dice que es un atraco, que pongan todos las cabezas abajo y manos al aire, que nadie los mire, apunto inmediatamente al conductor del vehículo y le dijo al colector que pasara por los asientos recogiendo dinero en efectivo y prendas de valor, reloj de los pasajeros, en uno de esos momentos se levantó un señor mayor discutiendo con los sujetos diciéndoles que él no se iba a dejar robar, el sujeto que cargaba el arma de fuego le efectuó unos disparos, logrando herir a la víctima mortalmente quien cayó al suelo de la buseta, falleciendo en dicho lugar, también resultó herida una muchacha que iba sentada en el primer puesto de la buseta, detrás del chofer. A preguntas contesto que los autores del hecho se movilizaron en un vehículo moto color azul, marca Jaguar.
DECIMA CUARTO: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 06 de diciembre del año 2010. En esta misma fecha, siendo las 06:30 horas de la mañana, compareció por ante este Despacho, espontáneamente el ciudadano: CARRERO ESCALANTE PEDRO RAFAEL, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal Estado Táchira, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 10-10-71, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el caserío el mamón, finca los Apamates, Municipio Guanarito Estado Portuguesa, teléfono 0257-4157291, titular de la cédula de identidad número V-11.822.309, a fin de rendir declaración en relación a la causa 1-687.140, que se instruye por ante este Despacho, por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio), por lo que se procedió a tomar su versión de los hechos y en consecuencia expone: "El día de ayer recibí una llamada telefónica en la cual me informaban que a mi padre de nombre: Alí Carrero Carrero, lo habían matado y que estaba en la morgue del hospital de esta ciudad, motivo por el cual me encuentro en este Despacho a fin de que me den la orden para que en la morgue me entreguen el cadáver de mi padre. Es todo. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar, hora y fecha en que sucedieron los hechos antes narrados? CONtESTO: "Yo no sé donde lo mataron me dijeron que fue en la buseta donde venía que los atracaron, el día de ayer en horas la tarde". OTRA: Diga usted, los datos filiatorios de su padre hoy occiso. CONTESTO: "ALI CARRERO CARRERO, venezolano, natural de Merida, de 70 años de edad, fecha de nacimiento 06-09-40. casado, residía en el caserío la Chiricoa, del Nula Estado Apure, cédula de identidad número V-3.313.167". OTRA: Diga usted, su padre hoy occiso tenia algún enemigo. CONTESTO: No que yo sepa. OTRA: Diga usted, cuando fue la última vez que habló con su padre hoy occiso. CONTESTO: Hace como cuatro días hable con él por teléfono y en persona tenía como un año que no lo miraba. OTRA: Diga usted, donde le darán sepultura a su padre hoy occiso. CONTESTO: En el Cementerio de la población del Nula Estado Apure. OTRA: Diga usted, desea agregar algo mas a su declarador. CONTESTO: No. Terminó, se leyó y conformes firman.
DÉCIMO QUINTO: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 06 de diciembre del año 2010. En esta misma fecha, siendo las 08:30 horas de la Mañana, compareció por ante Despacho previa boleta de citación la ciudadana: MAYORGA CASTRO MARVEN, de nacionalidad Venezolana (Adquirida), natural de Cúcuta, de 40 años de edad, fecha de nacimiento 29-11-1970, soltera, de profesión u oficio lante, residenciado en el Caserío el Potrero, vía Suruguapo, casa sin Guanare Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N°. y- 142.911, teléfono 0416-124.18.85, quien impuesto de los hechos en relación' Ib causa 1-687.140, instruido por uno de los delitos Contra tas Personas y la Propiedad y en consecuencia Expone: "Yo venía en el Bus, de la línea Barínas, que llevaba como ruta San Cristóbal-Barquisímeto, pero mi persona llebaba hasta esta ciudad, pero luego que pasamos el peaje de la entrada de dicha población, se detiene el autobús y se subieron dos personas uno se sentó detrás de mí como en el quinto puesto del lado del chofer y el otro sujeto del otro lado, de pronto se levantó uno de ellos quien portaba un arma de fuego quien dijo "ESTO ES UN ATRACO, NO ME MIREN, ABAJO Y MANOS ARRIBA", asimismo visualizó que el sujeto con el arma apunto al colector de la unidad quien le decía que pasara por los puestos y recogiera nuestras pertenencias así como dinero en efectivo, luego que este realiza por el sujeto con el arma, regresó y le entregó todo lo recogido, para el colector sentarse en unos de los asientos traseros, minutos más tarde se levantó un señor mayor quien decía que lo apoyaran porque estos carajitos no nos va robar, llegándole cerca al sujeto con el arma quien le dio varias patadas como para desarmarlo, en ese momento el joven se molestó y montó el arma como tres veces, pero esta no disparaba como en el cuarto intento, se escuchan dos disparos, cae el señor al piso del autobús, asimismo hieren a una muchacha, luego estos sujetos someten al chofer a fin de que bajara la velocidad y se estacionara, haciendo dicho chofer caso a lo solicitado por los autores del hecho, bajándose estos para así montarse en una moto, color azul, procediendo el chofer en devolverse para la alcabala de Boconoito; donde para momento que este abrió la puerta cae del autobús el señor occiso. Es todo". SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrado? CONTESTO: "Eso fue el día de hoy como a las 03:30 hrs de la tarde, en la autopista General José Antonio Páez, como a 1Km de la alcabala de Boconoito". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "Eran delgados, uno alto v otro bajo, el más alto cargaba una franela verde v el otro una blanca, el que cargaba el arma no logré verlo bien, pero el otro sujeto era de piel blanca, cara perfilada, portaba gorra, ojos claros el mismo tenía como un lunar o una mancha de color rojo en el cuello de tamaño mediana la mancha" OTRA PREGUNTAj ¿Diga usted, características del arma de fuego que portaba el autor del hecho narrado? CONTESTO: "Era una pistola como oxidada" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, los autores del hecho llegaron al llamarse por algún nombre o seudónimo? CONTESTO: 'No" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue despojado de alguna prenda o teléfono? CONTESTO: "de veinte bolívares en efectivo" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento los autores del hecho se encontraban bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia estupefaciente? CONTESTO: "No CREO" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del vehículo que su persona viajaba? CONTESTO: "Una Encava, color blanco y rojo, inscrita en la línea expreso Barinas" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del los vehículo tipo moto donde se retiraron los ciudadanos autores del hecho narrado? CONTESTO: "Dos motos, marca Jaguar una de color azul y la otra creo que blanco, pero yo creo que al sitio llegaron varias motos" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, logró observar las características fisonómicas del las personas que tripulaban las motos antes señaladas? CONTESTO: "Estaban muy leios" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, hacia donde se dirigieron los autores del hecho posterior a cometer el hecho delictivo? CONTESTO: "Ellos agarraron como vía Boconoito" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, que cantidad de disparo logro escuchar1? CONTESTO: "No se si fueron dos o tres del susto no supe" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que otra persona haya resultado lesionada en hecho" CONTESTO: "Si, una joven" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: "No".

DÉCIMO SEXTO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL N° 2111, EXPEDIENTE I-687.140, suscrita por el INSPECTOR GUSTAVO ADOLFO JIMÉNEZ ACEVEDO, perito al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, adscrito al Departamento de Experticia de Vehículos Delegación Estadal Táchira, designado para practicar peritaje al sistema de identificación de un vehículo automotor, paso a rendir bajo juramento y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley sobre el hurto y Robo de Vehículos, en concordancia con los artículos 238 y 239 del Código Orgánico Procesal Penal, el siguiente Informe Pericial:
MOTIVO:
Realizar peritaje al sistema de identificación de un vehículo automotor, a fin de dejar constancia de su
reconocimiento legal y determinar posibles alteraciones.
EXPOSICIÓN:
A los efectos, se procedió a la inspección técnica de un vehículo, el cual se encuentra aparcado en el
estacionamiento interno de esta Sub. Delegación, con la siguiente identificación técnica: CLASE
MINIBUS MARCA ENCAVA, MODELO ENT610 ESP. INT, COLOR BLANCO Y MULTICOLOR,
MATRICULAS 511AA7S (2), AÑO 2006, TIPO COLECTIVO, SERIAL DE CARROCERÍA
8XL6GC11D6E002816, SERIAL DE MOTOR 409720, USO TRANSPORTE PUBLICO.
PERITACIÓN:
De conformidad con el pedimento formulado constatamos que:
PRIMERO: La placa de identificación en la cual se lee el serial de carrocería 8XL6GC11D6E002816,
ubicada en la parte interna del vehículo, adyacente al puesto del copiloto, es ORIGINAL. SEGUNDO:
El serial de carrocería 8XL6GC11D6E002816, es original. 02.- El serial de carrocería
8XL6GC11D6E002816, estampado en el chasis es original. 03.- El serial de motor 409720, es original.
04.- Dicho vehículo al ser verificado por ante el sistema de información policial (SIIPOL), se constató
que el mismo no se encuentra SOLICITADO y registra ante el Sistema de enlace CICPC - INTTT, a
nombre de RIGOBERTO PÉREZ SÁNCHEZ, C.l. V-5658678.
DECIMA SÉPTIMO: ACTA POLICIAL, de fecha 08 de marzo de 2010. En esta misma fecha, siendo las 02:30 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho el funcionario DETECTIVE WILLIAMS AZUAJE, adscrito a la Brigada de s de esta Sub Delegación, quien estando debidamente juramentado y de con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico Procesal Penal, inicia con el Artículo 21 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial practicada presente averiguación: "Continuando con las diligencias relacionadas con las procesales signada con el número 1-687.140, que se instruye por ante este Despacho por uno de los Delitos Contra tas Personas (Homicidio y Lesiones) y Contra (Robo), a través de pesquisas y labores de inteligencia, así como con personas que fungen como fuentes de información se ha logrado que los ciudadanos: Francisco Javier conocido bajo el seudónimo de y otro conocido bajo el seudónimo de "SANDE", fueron las personas que la unidad de transporte de Expreso Barinas y quienes perpetraron el ilícito penal: asimismo se ha logrado determinar la cooperación de los conocido bajo los seudónimos de: "MONO" y ENDER BRICEÑO, quienes son propietarios de los vehículos tipo moto que lograron transportar a los dos antes mencionados posterior a cometer el hecho delictual; por otra parte se ha determinado que el ciudadano bajo el sobrenombre de charli es el de la referida banda quienes se hacen llamar "LOS BUSETEROS" y quien oculta parte de los objetos robados y armas de fuego utilizadas para cometer diversos robos a las diferentes unidades de transporte público que se desplazan por la Autopista José Antonio Páez sector Boconoito Estado Portuguesa; dichos sujetos residen en la población de Boconoito del Municipio San Genaro Estado Portuguesa, motivo por el cual me trasladé hacia la referida población, una vez allí sostuve conversación con un ciudadano que funge como informante, quien me señaló las diferentes viviendas donde habitan los precitados ciudadanos, siendo las direcciones especificas las siguientes: el ciudadano Francisco Javier conocido como "Pincha", reside en el barrio Lindo calle el Motor, casa elaborada en paredes de bloques de cemento frisadas pintadas en color azul, con puerta principal metálica pintada en color blanco, cerca perimetral de estantillos de madera y tela metálica; el ciudadano como "Sande", reside en el barrio Lindo calle el Motor, casa elaborada en paredes de bloques de cemento frisadas pintadas en color azul, con puerta principal metálica pintada en color blanco cerca perimetral de estantillos de madera y tela metálica, adyacente a la vivienda antes descrita; los ciudadanos conocidos como "Mono" Ender Briceño, residen en el barrio Obrero, calle 01 casa elaborada en paredes de bloques de cemento frisadas pintadas en color rosado, con puerta principal metálica pintada en color beige y el ciudadano conocido bajo el seudónimo de "CHARLI", reside en el barrio Primero de Mayo, calle principal, casa elaborada en paredes de bloques de cemento frisadas pintadas en color verde, con puerta principal metálica pintada en color blanco, en dicha vivienda funge un taller de herrería. En virtud de lo antes expuesto se le solicita a la representación de la Fiscalía Primera del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, quien conoce plenamente del resultado de las investigaciones, nos sea tramitada ante el Juez de Control correspondiente ordenes de Allanamiento o visita domiciliarias, la cual se practicaran en los inmuebles antes descrito, con la finalidad de incautar armas de fuegos, vehículo tipo moto modelo jaguar de color azul roja u otra evidencia de interés Criminalístico que guarden relación con la referida causa. Dicho acto será practicado por los funcionarios: Inspector Jefe Manuel Bastida, Detective Cesar Montilla, Mahomet Jean, Carlos González, Agente Rahul Sánchez. Lenín Espinoza. Es todo. Termino se Leyó y estando conformes firman.

DECIMA OCTAVO: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 15 de diciembre de 2010, esta misma fecha siendo las 08:00 horas de la mañana, compareció por ante este Despacho el funcionario DETECTIVE WILLIAMS AZUAJE. adscrito a esta Sub quien estando debidamente juramentado de conformidad con el artículo del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 21 de la Ley Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de siguientes diligencias policial efectuada en la presente investigación: "Prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con la causa 1-687.140 instruida por ante este 11spacho por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas Y Contra Propiedad, procedí a trasladarme en la unidad P-3K y P-75WDAZ en compañía de los funcionarios Sub Comisario Bastidas Manuel, Sub Inspector Juan Carlos Gil, Detective: Mahomet Jeans y Agentes Ledny Rodríguez, hacia una vivienda sin número, ubicada en el barrio Lindo calle "El Motor" de la Población de Boconoito Edo. Portuguesa, a fin de darle cumplimiento a la orden de allanamiento ó visita domiciliaria, emanada del Juzgado de control número 01, del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, lugar donde se encuentra ubicada la residencia que será objeto de la visita, con la finalidad de ubicar armas de fuego, vehículo tipo moto u otra evidencia de interés Criminalístico, al mismo tiempo la identificación plena del ciudadano conocido bajo el seudónimo de "Sande", quien funge como investigado en la presente causa, donde una vez presentes y haciéndonos acompañar del ciudadano: MONTILLA JOSÉ IGNACIO, Venezolano natural de Biscucuy Estado Portuguesa, de 58 años de edad fecha de nacimiento 02-05-53, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio Lindo calle el motor casa s/n de Boconoito Edo Portuguesa, titular de la cedula de identidad V-8.061.011, quien es vecino del lugar y fungirá como testigo del acto, seguidamente procedimos a tocar a la puerta de la vivienda en mención, siendo atendidos allí, por una ciudadana a quien identificándonosle como funcionarios de este Órgano de Investigación Criminal e impuesto del motivo de nuestra presencia procedimos a requerirle sus datos filiatorios a través de los cuales quedo identificado de la manera siguiente: LOYO PACHECO ELBA RAMONA, de nacionalidad Venezolana, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 47 años de edad, de fecha de nacimiento 29-04-63, soltero, obrero, reside en el inmueble allanar, portador de la cédula de identidad N° V-6.229.732, quien manifestó ser la propietaria de la vivienda y progenitura del ciudadano requerido quien también se encontraba presente en dicho inmueble, quien fue identificado de la manera siguiente: COLMENARES LOYO SANDY GUILLERMO, de nacionalidad Venezolana, natural de Boconoito Edo Portuguesa, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 25-06-90, soltero, de profesión u oficio obrero, teléfono 0426-8578610, hijo de Guillermo Colmenares y Elba Ramona Loyo, residenciado en el barrio Lindo calle el motor, casa sin de Boconoito Municipio San Genaro Edo Portuguesa, cédula y- 23.578.666, apodado "Sande"; acto seguido se procede hacerle entrega a la referida ciudadana de copia fotostática de la orden de allanamiento, quine luego de leerla nos permitió el ingreso a la vivienda, procediendo en compañía del testigo en mención a realizar una revisión de la totalidad del inmueble, logrando encontrar en una de las habitaciones de dicha vivienda: Un cartucho con manto cilíndrico de color rojo, calibre 28 y con huellas de percusión a nivel del culote, así como dos (02) conchas una calibre 12 con manto cilíndrico color blanco y otra calibre 16 con manto cilíndrico color rojo, ambas con huella de percusión, las cuales se proceden a incautar. Acto seguido y en vista de que nos encontramos presente en hecho flagrante por la comisión de uno de los Delitos Tipificado en la ley Especial de Armas y Explosivos (Detentación de Municiones), se procede a la detención del ciudadano identificado anteriormente no sin antes imponerlos de sus derechos y garantías constitucionales establecidos en el 125 del Código Orgánico Procesal Penal; seguidamente se procedió a levantar la respectiva acta de visita domiciliaria. Finalmente nos retiramos del lugar retomando hasta la sede de nuestro despacho trayendo en calidad de detenido al ciudadano: COLMENARES LOYO SANDY GUILLERMO, cédula V-23.578.666, apodado Sande" y en calidad de traslado al testigo supramencionado, donde una vez aquí se le dio inicio a las actas procesales N° 1-687.212, instruida por la Comisión de uno de los Delitos tipificados en la Ley antes referida, de igual forma se deja constancia que le fue notificada vía telefónica de la detección del ciudadano antes identificado a las abogada Susana Payan, Fiscal Primero del Ministerio Público de esta ciudad. Posteriormente me Traslade al Sistema Integrado de Información Policial a fin de verificar los posibles rostros policiales del ciudadano detenido, una vez allí luego de introducir los datos al sistema, pude constatar que no presenta registro alguno. De igual forma es de hacer notar que dicha actuaciones guardan relación con la causa mencionada en primer término por lo que acuerda anexar copias de dichas actuaciones a la misma. Anexo a la presente acta de investigación Penal Acta de visita domiciliaria levantada en la vivienda allanada, declaraciones tomadas al referido testigo y imposición de derecho del imputado. Es todo, se terminó, se leyó y estando conformes firman.
DÉCIMO NOVENO: ACTA DE ENTREVSITA, de fecha 15 de diciembre de 2010, en esta misma fecha, siendo las 08:30 horas de la mañana, compareció ante este Despacho, previo traslado de comisión el ciudadano: JOSÉ IGNACIO MONTILLA, de nacionalidad Venezolano, natura de Biscucuy, Municipio sucre estado Portuguesa, de 58 años de edad, fecha de nacimiento (02-05-1 952), de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Lindo, calle 03m casa sin número, Municipio San Genaro de Boconofto Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número V-1.161.011, quien impuesto de los hechos que se investigan en relación a la causa penal número 1-687.212, instruida por ante este despacho en la Ley especial de Armas y Explosivos (Detentación de Municiones) manifestó no tener impedimento en rendir declaración y en consecuencia Expone: "Yo me encontraba el día de hoy miércoles (15-12-2010) siendo aproximadamente las 04:30 horas de la mañana, en la parte del patio de mi casa acomodando mi bicicleta para irme a mi lugar de trabajo cuando de repente unos funcionarios de PTJ, se acercaron hasta mi residencia y me pidieron que por favor los acompañara a servir de testigo porque iban a practicar un allanamiento cerca de donde yo vivo, yo acepté, luego fuimos para una vivienda sin número ubicada en el Barrio Lindo, Calle 03, Municipio San Genaro de Boconoito Estado, llegamos a la casa del señor Guillermo Ramón Colmenares, cuando llagamos a su residencia los funcionarios tocaron la puerta de la casa y la gente que vive ahí los dejó entrar, ellos se identificaron y cuando pasaron nos agruparon y leyeron una orden de allanamiento, después fuimos para dentro a revisar los cuartos y toda la casa, posteriormente en el segundo cuarto de dicha vivienda los funcionarios de este Cuerpo lograron encontrar dentro de un cajón tres cápsulas de Escopeta". Es todo". SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL DECLARANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de lo antes expuesto? CONTESTO:"Eso fue el día de hoy Miércoles (15-12-2010) sendc aproximadamente las 04:30 horas do la mañana, en una vivienda sin numero ubicada en el Barrio Lindo, Calle 03, Municipio San Ganare de BoconoIto Estado Portuguesa. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cual los funcionarios del CICPC allanaron la residencia mencionada por su persona? CONTESTO:"Estaban buscando a un muchacho a quien le dicen Sandy y también buscan armas y otras cosas'. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, las evidencias incautadas, la cual se le colocan en vista y manifiesto, son la misma que oc colectaron en la residencia allanada? CONTESTO: "Si, son las mismas" CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación a las personas residentes del inmueble allanado? CONTESTO: "Si, lo conozco ya que son mis vecinos". QUINTA: Diga usted, anteriormente ha perpetrado en una visita Domiciliaria en dicha vivienda? CONTESTO: "No es primera vez", SEXTA PREGUNTA: Diga usted, los funcionarios del CICPC que practicaron el allanamiento en referencia, se portaron de alguna forma violenta o llegaron a lesionar a alguna persona, al momento de practicar la misma? CONTSTO:"No, ellos actuaron de buena manera" SEPTMA PREGUNTA: ¿Diga usted, hubo otra persona testigo del hecho narrado? CONTESTO: "Sí, estaba otra más que no conozco". OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, el dueño del inmueble allanado, se porto de alguna forma violenta con los funcionarios que practicaron la visita domiciliaria? CONTESTO:"No" NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios actuantes mostraron algún tipo de orden para poder practicar la visita domiciliaria? CONTESTO: "Si". DECIMA PREGUNTA: ¿Diga Usted, en a vivienda allanada hubo alguna persona detenida para el momento de practicar la misma? CONTESTO:" Si, se trajeron al muchacho de nombre: SANDY. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, cual es el comportamiento del ciudadano Sandy en dicho sector donde reside? CONTESTO: "Bueno sinceramente ese muchacho tiene mala conducta y el mismo se la pasa robando hasta en el mismo sector". DECMA SEGUNA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que parte de a residencia fueron encontradas las Capsulas antes mencionadas? CONTESTO: "En el segundo cuarto de dicha vivienda, dentro de un cajón" DECIMA TERCERA PREGUNTA:¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: "No". Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman menos el entrevistado por no saber firmar.
VIGÉSIMO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-0254-520, de fecha 15-12-2010, suscrita por el DETECTIVE Ledo. JUAN GARLOS JUSTO BASTIDAS, funcionario Designado para realizar Experticia a lo solicitado en el .memorándum sin número, de fecha 15/12-2010, relaciono con la causa número 1-687.212, instruida por esta Sub Delegación, por uno de los Delitos Contemplados en la Ley Especial de Armas y Explosivos; de conformidad con lo Establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, rindo a usted, el presente informe a los fines legales consiguientes.
MOTIVO: Realizar Experticia de Reconocimiento Técnico.
EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: 01.-) Una (01) cartucho percutido, para armas de Fuego Tipo Escopeta, calibre 12, sin marca Aparente, elaborado en material sintético de color blanco; presentando una huella de percusión a nivel del fulminante.-
02.-) Una (01) cartucho percutido, para armas de Fuego Tipo Escopeta, calibre 16, sin
1 marca aparente; elaborado en material sintético de color rojo; desprovisto del fulminante de fuego
Central. -
03.-) Una (01) cartucho, para armas de Fuego Tipo Escopeta, calibre 28, sin marca aparente, el
Cuerpo de la misma se compone de: Proyectiles Múltiples, carga explosiva,
Concha de material sintético de color rojo, reborde y culote con capsula de fulminante de \ fuego
Central presentando huella de percusión, de igual forma presenta a nivel de la concha un tapón
Elaborado en papel de color rosado.
CONCLUSIONES: Con base a las observaciones y análisis practicados al material suministrado, puedo establecer lo siguiente:
Los cartuchos antes descritos, en su estado original son utilizados para cargar armas de fuego, tipo escopeta y que una vez disparados, pueden causar lesiones de mayor o menor gravedad e incluso la muerte, por efecto de los impactos de sus proyectiles en forma rasante o perforante. Las piezas antes descritas, tiene su uso general y especifico o cualquier otra utilidad que le desee dar.

VIGÉSIMO PRIMERO: ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha miércoles 15 de diciembre de 2010, suscrita por el Sub/inspector Licenciado César Montilla, adscrito a esta Sub-Delegación, quien estando debidamente juramentado y actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico Procesal Penal concordancia con el artículo 21 de la Ley del Cuerpo de .investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: "Continuando con las diligencias relacionadas con la causa número 1-687.140, que instruido por te este Despacho por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio y Lesiones), me trasladé en compañía de los funcionarios: SUBCOMISARIO MANUEL BASTIDAS, DETECTIVE WILLIAM AZUAJE Y AGENTES ORANGEL COLMENARES Y ÓSCAR PÉREZ, en la unidad -AZ-75W, hacia la población de Boconoito Estado Portuguesa, específicamente hacia el Barrio Primero de mayo, Calle principal, vivienda donde presuntamente habitan los sujetos apodados "MOÑO Y ENDER BRICEÑO", con el objeto de practicar orden de allanamiento o visita domiciliaria Nº 1CS-7237-10, emanada por el tribunal de control nro. 01, una vez allí observamos que la residencia a la cual se le iba realizar la visita se encontraba totalmente cerrada, por lo que procedimos a buscar testigos, a quienes nos les identificamos como funcionarios activos de este cuerpo de Investigación, informándoles el motivo de nuestra esencia se les puso de vista y manifiesta la orden de de allanamiento, quedando identificado de la siguiente manera: LEÓN RAMÓN ROBERTO, Venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, 60 folios de edad, fecha de nacimiento 02-02-51, estado civil soltero, Jubilado, residenciado en Barrio Lindo calle 03, casa sin número, Boconoito Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad Nro V-4.239.213, presentes dicho testigo procedimos a tocar la puerta anterior de dicha residencia, no sin antes identificamos como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigación e informar el motivo de nuestra presencia, fuimos atendidos por una ciudadana, quien se identificó de la siguiente manera: BRICEÑO ALVARADO ODALIS JOSEFINA, manifestando la referida palabras obscenas, agresividad y su negativa del ingreso de la comisión al interior de la residencia, de igual manera, se hicieron presentes dos persones que se identificaron de la siguiente manera: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY)Venezolano, natural de Boconoito, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 19- 05-1994, soltero, estudiante, residenciado en la vivienda visitada cédula de identidad Nº V-24.506.815 y ALVARADO TERÁN ENDER JOSÉ, Venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 24-09-1987, soltero, obrero, residenciado en el Barrio Quinta República, calle principal casa sin número de adobe Boconoito Estado Portuguesa, cédula de identidad Nº V-21.525.730, quienes manifestaron ser hermanos de la prenombrada ciudadana y ser las personas requeridas por la comisión, luego de un breve dialogo donde se les solicitó si los mismos poseen con la comisión, informándonos que posee un vehículo clase moto la cual se encuentra en reparación en un taller mencionado "Lubricantes la Principal" del Barrio las Rurales, motivo por el cual dichas personas nos condujeron hasta dicha dirección, una vez presentes en la misma nos identificamos como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigación, imponiéndoles en motivo de nuestra presencia fuimos atendidos por el ciudadano: RAIDER LEVIER MENDOZA RAMÍREZ,...manifestando que efectivamente el adolescente apodado "El Moño", le entregó un vehículo clase moto para ser reparado del motor, indicándonos el sitio donde se encontraba la misma, siendo este marca Yamaha, color negro, serial motor 3HB-327333, presentando la misma reparación en el motor, inmediatamente efectué llamada telefónica al Detective Luís Hurtado, con la finalidad de verificar el status de dicho vehículo y dichos ciudadanos, aportándoles los respectivos datos, manifestando dicho Funcionario luego de una breve espera que los datos aportados de dichas personas si les corresponden con los datos Saime y el vehículo se encuentra SOLICITADO, por la Subdelegación de Mérida según causa H-534.319 de fecha. 16-08-2007; en virtud que nos encontrábamos en uno de los Delitos previstos en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores (Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito), el cual se enmarca como Delito Flagrante, se procedió a darle inicio a la Averiguación de oficio número 1-687.215, por el mencionado delito, imponiendo a dicha persona de sus Derechos y Garantías Constitucionales, de igual manera se le realizó llamada telefónica a la ciudadana Fiscal Quinto del Ministerio Público Abogada María Alejandra Fernández, participándole la detención del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), Venezolano, natural de Boconoito, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 19-05-1994, soltero, estudiante, residenciado en la vivienda visitada cédula de identidad Nro V-24.506.815, por ser propietario de dicho vehículo, quien quedará en el Centro Integral de Varones de esta ciudad a la orden de esa Fiscalía, dejándose constancia que dicho adolescente guarda relación 1-687.140, por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio y Lesiones), de igual manera fueron trasladados los ciudadanos ALVARADO TERÁN ENDER JOSÉ y RAIDER LEVIER MENDOZA RAMÍREZ, a fin de ser identificado plenamente y entrevistado respectivamente, así como el vehículo para su respectiva experticia de ley, asimismo se le realizó Inspección técnica a respectivo vehículo por el técnico Raúl Sánchez siendo las 11:30 horas de la mañana. Es todo.
VIGÉSIMO SEGUNDO: ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA N°: 2139, de fecha 15 de diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 11:30 horas de la tarde se constituye una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, integrada por los funcionarios: SUB INSPECT CESAR MONTILLA Y AGENTE DE INVESTIGACIÓN II RAHUL SÁNCHEZ, adscritos a esta Subdelegación, en: UN VEHÍCULO QUE SE ENCUENTRA APARCADO EN EL ESTACIONAMIENTO DE ESTE DESPACHO. UBICADO EN LA AVENIDA LOS ILUSTRES CON AVENIDA SIMÓN BOLÍVAR. MUNICIPIO GUANARE. ESTADO PORTUGUESA, lugar en el cual se acuerda realizar inspección técnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 207 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procede dejado constancia de lo siguiente: "En el referido lugar se encuentra aparcado un vehículo automotor con las siguientes características: Clase Moto, Marca YAMAHA, placa sin placas, color negro, serial de chasis 9FK5JV1l5STS27S53?° serial de motor 3HB-327333, está, desprovisto de sus espejos retrovisores, su asiento elaborado en fibras sintéticas de color negro en buen estado de conservación, sus rifles son de metal de color azul, con neumáticos en buen etado de uso y conservación; en la parte de su volante se hallan sus respectivos tacómetros indicadores de los diferentes sistema de funcionamiento de la moto, al igual se avistan sus micas y faro de luces tanto delanteras como traseras; su motor está contentivo de todos sus accesorios incluso su batera, y también porta este vehículo su correspondiente tubo de escape; cabe destacar que la precitada motocicleta se encuentra desprovista de su motor.
VIGÉSIMO TERCERO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO DE SERIALES Y REGULACIÓN REAL N° 9700-057-EV-561, de fecha 16-12-2010, suscrita por el LCDO. YOVANNY ENRIQUE OLIVAR, Experto designado para realizar Experticia de reconocimiento de seriales y Regulación real a un Vehículo, Solicitado según memo s/n de fecha 15-12-2010. De conformidad con lo establecido en los artículos 237, 238 y 239 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, paso a rendir bajo juramento el siguiente informe pericial.-
MOTIVO: Realizar Experticia de Reconocimiento de seriales y regulación real a un vehículo, a fin dejar constancia de su estado y posibles alteraciones, relacionada con la causa Nro. 1-687.215.
EXPOSICIÓN: A los efectos se procedió a la revisión de un vehículo que se encuentra aparcado en el estacionamiento interno de este Despacho, el cual presenta las siguientes características: CLASE MOTO, MARCA YAMAHA, MODELO RX-1 15, TIPO PASEO, COLOR NEGRO, PLACAS NO PORTA, AÑO 2005, USO PARTICULAR.
PERITACIÓN: Conforme al pedimento formulado, me trasladé hasta dicho estacionamiento, lugar donde se encuentra aparcado el vehículo en cuestión y se procedió a efectuar la revisión en los seriales que identifican la unidad, observándose lo siguiente:
1.-Presenta el serial de carrocería signado con los dígitos 9FK5JV11551327333 el cual va impreso en
el cuadro del chasis, se observa ORIGINAL.
2.-Porta motor serial 3HB-327333 el cual va impreso en el bloque, se observa ORIGINAL.
CONCLUSIÓN: La unidad objeto del presente peritaje, presentó sus seriales de identificación ORIGINAL; La unidad se encuentra en mal estado de uso y conservación, con un valor aproximado a los Cinco Mil Bolívares; Dicha unidad fue verificada por nuestro sistema Siipol y presenta una SOLICITUD por la Sub-delegación de Mérida Estado Mérida, según Causa Nro. H-534.319 de fecha 16-08-2007 por el delito de hurto de vehículo, no estando registrado ante el INTT.

VIGÉSIMO CUARTO: EXAMEN MEDICO LEGAL N° 9700-160-906, de fecha 08-12-2010, suscrita por el Medico Forense Dr. Rodolfo de Bari, adscrito al Servicio de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Guanare a la ciudadana: NANCY RONDÓN SÁNCHEZ, de 27 años de edad, C.l. V-24.620.190, quien aprecio: "Se observa orificio de puerta de entrada de proyectil en flanco derecho con orificio de salida en flanco izquierdo. Se le realiza laparatomía exploradora de urgencia encontrándose lesión estrellada de lóbulo hepático derecho. Lesión en espejo de antro gástrico. Lasceración de pared de colón transverso. Hemoperitoneo 1000 ce de sangre. Estado General: Malas Condiciones. Tiempo de Curación y privación de ocupaciones indeterminado. Carácter: GRAVE.
VIGÉSIMO QUINTO: EXPERTICIA DE AVALUÓ REAL N° 9700-254-049, de fecha 15-12-2010, suscrita por el Agente SÁNCHEZ GARCÍA RAHUL ANTONIO, funcionario designado para realizar Experticia, relacionado con la causa número 1-657.140, instruido por ante ese Despacho por la Comisión de uno de los Delito Contra las Personas, de conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales 'y Criminalísticas, rindo a usted, el presente informe a los fines legales consiguientes.
MOTIVO: Realizar experticia de Avalúa Real
EXPOSICIÓN: El. material suministrado consiste en:
01.- Un TELÉFONO CELULAR portátil, marca HAUWEI, modelo C3500, elaborado en material
sintético en su parte externa, color NEGRO Y ROSADO, con su teclado y pantalla, serial:
X36RAC1941110029, con su respectiva batería de la misma marca, se observa usado, en buen
estado de conservación y buen funcionamiento, valorados todos en la cantidad de: DOCIENTOS
BOLÍVARES BS.200.OO
TOTAL Bs 200,oo
02.- Una (01) CADENA, elaborada en metal, de color plateado, de sesenta y tres centímetros de
largo, con su sistema de cierre compuesto por un broche dorado de.mismo material, se observa
usado, en buen estado de conservación, valorado todo en la cantidad de: TRESCENTOS
BOLÍVARES BS.300.OO.
TOTAL: Bs.300,oo
CONCLUSIONES:
01.- Para los efectos de la presente Experticia, se señala que la pieza mencionada en el numeral 01, es un objeto que tiene - su uso especifico, del mismo modo se tomó muy en cuenta las características de las pieza, material de fabricación, y estado en que se encuentra, y el valor actual en el mercado;
por lo que su valor Real asciende a la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES Bsf.500,oo.-
Es todo, con lo antes expuesto culmina mi actuación; la pieza objeto del presente estudio, se devuelve
a la sala de resguardo de evidencias físicas bajo la cadena de custodia número.
VIGÉSIMO SEXTO: EXPERTICIA DE AVALUÓ REAL N° 9700-254-048, de fecha 15-12-2010, suscrita por el Agente SÁNCHEZ GARCÍA RAHUL ANTONIO, funcionario designado para realizar
Experticia, relacionado con la causa número 1-657.140, instruido por ante este Despacho por la
Comisión de uno de los Delito Contra las Personas, de conformidad con lo establecido en el artículo
239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artícuo 26 de la Ley de los Órganos
de Investigaciones Científicas, Penales 'y Criminalísticas, rindo a usted, el presente informe a los fines
Legales consiguientes.
MOTIVO: Realizar experticia de Avalué Real.
EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en:
01.- Un TELÉFONO CELULAR portátil, marca BLACKBERRY, modelo BLACKBERRY 800,
elaborado en material sintético en su parte externa, color negro, con su teclado y pantalla, serial IMEI:
358453027728046, con su respectiva batería de la misma marca, se observa usado, en buen estado
de conservación y buen funcionamiento, valorados todos en la cantidad de: DOCIENTOS
BOLÍVARES . . .Bs.2.000.00.
TOTAL .Bs 2.000,oo
CONCLUSIONES:
01- Para los efectos de la presente Experticia, se señala que la pieza mencionada en el nureral 01,
es un objeto que tiene su uso específico, del mismo modo se tomó muy en cuenta las características
de las pieza, material de fabricación, y estado en que se encuentra, y el valor actual en el mercado;
por lo que su valor Real asciende a la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES Bsf. 2.000,oo.
VIGÉSIMO SÉPTIMO: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15^de diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 02:20 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, previa traslado de comisión el ciudadano: BRICEÑO MANZANILLO WILLIAMS ENRIQUE, de nacionalidad Venezolana, natural de Guanare estado Portuguesa, de 23 años de edad, fecha de nacimiento (05-08-1987), estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en el barrio lindo, entre calle 01 y 02. casa número 19-75, Boconoito municipio San Genaro de Boconoito estado Portuguesa, portadora de la cédula de Identidad número V-18.892.005, a fin de rendir entrevista en relación a la causa 1-687.140, que se instruye por ante este Despacho por uno de los delitos Contra las personas (Homicidio y lesiones), Contra la Propiedad (Robo), por lo que se procedió a escuchar su versión de los hechos y en consecuencia expone: "Resulta ser que el día miércoles 08-12-2010, como a las 03:00 de la Tarde, llegó mi vecino que se llama SANDY, con un teléfono celular Blackberry, de color negro, diciéndome que si teléfono estaba liberado, vengo yo y le digo a Sandy que si estaba liberado el teléfono, entonces viene Sandy me da el teléfono para guarda, vengo yo y lo guardo en mi casa ubicada en la dirección antes mencionada, resulta ser que en el día de hoy Miércoles 15-12-2010, como a las 12:00 del mediodía, llegaron unos funcionarios CÍCPC a mi casa preguntando por mí nombre que es Williams Briceño, vengo yo y le digo a los funcionarios CICPC, que yo era la personas requerida, entonces los funcionarios del CICPC, me preguntaron que si yo tenía un teléfono celular, Blackberry, color negro, que me dio Sandy para guarda, yo le digo que si tenía el teléfono guardado, entonces los funcionarios me dijeron que el teléfono celular fue robo por Sandy y estaba involucrado en un homicidio, entonces yo le hice entrega del teléfono a los funcionarios CICPC. Es todo".
SEGUIDAMENTE EL DECLARANTE ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO 'RECEPTOR DE
LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar, hora y fecha de los hechos
antes narrados?. CONTESTO: "Eso fue en mi residencia ubicada en el barrio Lindo, entre calles 01 y
02, como la 12:00 horas del mediodía del día miércoles 1511212.010". SEGUNDA PREGUNTA:
¿Diga usted, tiene conocimiento a quien pertenecía el teléfono celular que fue robado?. CONTESTO:
"No se, pero me entere por los funcionarios del CICPC, que el teléfono estaba involucrado en un
homicidio y robo". TERCERA PREGUNTA. ¿Diga usted, al momento que Sandy le dio para guarda el
teléfono celular le llego a manifestar algún comentario? CONTESTO: "nada mas que guardara el
teléfono que el después el lo venia a buscar, vine yo y lo guarde". CUARTA PREGUNTA: ¿Diga
usted, las características del teléfono celular que le dio Sandy para guarda en su residencia?.
CONTESTO: "Bueno Sandy me dio un teléfono celular, de color negro, marca Blackberry, modelo
8900" QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue la actitud de los funcionarios del CÍCPC, cuando
llegaron a su residencia?. CONTESTO: "Bueno ellos se identificaron como funcionarios del CICPC,
llegaron de forma adecuada sin agresión física ni verbal". SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las
características fisonómicas de la personas que nombra como Sandy? CONTESTO: "falco, de estatura
1.50 Mts, blanco, pelo negro, nariz perfilada". SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene
conocimiento si el ciudadano que usted menciona como Sandy le llego manifestar de donde
provenía el teléfono celular?. CONTESTO: "No solamente me dijo que lo guarda más nada". OCTAVA
PREGUNTA ¿Diga usted, en alguna otra oportunidad le ha sucedido un hecho similar al antes
narrado?. CONTESTO: "No". NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la
presente entrevista? CONTESTÓ. "No, es todo".
»
VIGÉSIMO OCTAVO: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 15 de diciembre del año 2010, , suscrita por el funcionario DETECTIVE WILLIAMS AZUAJE, adscrito a esta Sub delegación, quien estando debidamente juramentado de conformidad con el artículo 12 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 21 de la Ley del Órgano del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Cnminalísticas, deja constancia de siguientes diligencias policial efectuada en la presente investigación: "Prosiguiendo las investigaciones relacionadas con la causa 1-687.140, instruida por ante este despacho por la comisión de uno de los Delitos Contra las Personas (Homicidio y Lesiones) y Contra la Propiedad (Robo), encontrándome en labores de inteligencia en la de Boconoito Edo Portuguesa, en compañía de los funcionarios Sub Bastidas Manuel, Sub Inspectores: Juan Carlos GIL, Cesar Motilla, Detectives: Mahomet Jeans, Luis Volcanes y Agentes Ledny Rodríguez, sostuve entrevista con dos ciudadanos que fungen como fuentes de información, quien manifestó que en relación al hecho acontecido el día 05-12-10, donde fallece un ciudadano a bordo de una unidad de transporte y que dicho hecho delictivo como lo es robo de transporte público se ha venido suscitando en dicho sector, expresó que la persona autora del hecho es un residente del sector y perteneciente a una banda rrlual llamado "los Buseteros" el mismo se hace dar a conocer como "CAROLO" y hijo de una señora MARÍA MANZANILLA, residenciada en la troncal 05 sector Páez de la población en cuestión; por otra parte la referida fuente de información nos manifestó que el arma utilizada por el ciudadano apodado "CAROLO", se halla en la población de Veguita Estado Barinas, por cuanto el ciudadano apodado "El Pincha", quien es uno de los partícipes del hecho delictivo frecuenta la zona y visita con asiduidad la vivienda de un familiar que se llama "HUGO"; de la misma manera uno de ciudadanos informantes nos hizo saber que el otro vehículo involucrado en el hecho el cual es una moto jaguar roja, es propiedad del ciudadano de nombre Grey, quien reside en el barrio Las Tablitas de dicha población y es pariente (cuñado) del ciudadano Briceño Alvarado César José, conocido como "EL MOÑO", quien es uno de los participes del presente acto delictivo. Acto seguido los ciudadanos informantes nos condujeron hacia la residencia del ulltimo ciudadano mencionado, lugar donde se haya el vehículo tipo moto involucrado en el referido hecho...fuimos atendidos por la ciudadana YESENIA DEL VALLE ALVARADO...nos manifestó ser la concubina del ciudadano requerido y que el mismo al igual que su vehículo (moto) no se encontraban para la presente, desconociendo el lugar donde se pueda encontrar...aporto alguno de sus datos filiatorios, quedando parcialmente identificado como GREY VASQUEZ, de 23 años de edad...Seguidamente nos dirigimos hacia la vivienda del ciudadano conocido bajo el remoquete de "CAROLO", siendo guiado por los ciudadanos informantes...fuimos atendidos por JÚNIOR JAVIER MANZANILLA CASTELLANO, de 20 años de edad...y la ciudadana MANZANILLA CASTELLANO MARÍA JUSTO...nos manifestaron ser hermano y progenitura del ciudadano requerido y que el mismo no se encontraba ya que se había ido de su vivienda hace dias atrás desconociendo el lugar donde se pueda encontrar; sin embargo, nos aportaron algunos de sus datos filiatorios quedando identificado como GIOVANNI ANTONIO MANZANILLA...de 22 años de edad...nos dirigimos hacia la vivienda del ciudadano de nombre HUGO, quien mantiene en su residencia un local de juegos electrónicos, el cual se halla ubicado en la calle negro primero de dicha población...fuimos atendidos por el ciudadano MONTERO PACHECO HUGO RAFAEL...de 18 años de edad...nos manifestó que efectivamente tenia en su poder un arma de fuego el cual era propiedad de su hermano GONZÁLEZ FRANCISCO JAVIER, quien se la había entregado motivado a que se iría de viaje y posteriormente la pasaría buscándola, por lo que hizo entrega de la misma siendo una arma de fuego, tipo pistola sin marca aparente, calibre 45, serial de orden devastados, conentivo en su cacerina de cuatro balas del mismo calibre....

VIGÉSIMO NOVENO: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de diciembre de 2010. En esta misma fecha, siendo las 02:00 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, previo traslado de comisión el ciudadano: MONTERO PACHECO HUGO RAFAEL, Venezolano, natural de Sabaneta Estado Barinas, de 18 de edad, fecha de nacimiento 27-08-92, soltero, estudiante, reside en la calle negro Primero, casa Nro 10-70, Veguita Estado Barinas, teléfono: 0416-3782024, titular de la cédula de identidad V-24.359.493, a fin de rendir declaración en relación a la causa 1-687.140, que se instruye por ante este Despacho, por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio, Lesiones) y contra la Propiedad, no sin antes habérsele impuesto del artículo 49 ordinal quinto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que se procedió a tomar su versión de los hechos y en consecuencia expone: "Bueno resulta ser que el día de ayer a las 07:20 horas de la noche yo me encontraba en la parte de afuera de mi casa, ubicada en la dirección antes descrita como a las 07:30 horas de la noche, llegó mi hermano por parte de padre de nombre FRANCISCO, quien estaba ingiriendo licor y conduciendo una moto, al lugar donde yo me encontraba y me llamó y me pidió el favor de que si le podría guardar un arma de fuego hasta el día de hoy 15-12-2010en horas de la mañana, porque tenía que viajar para Boconoito y no quería que se la quitaran, entonces yo le dije que está bien pero que la pasara buscando temprano en la mañana, porque no quería tener problemas con nadie y mucho menos con el gobierno, luego mi hermano se fue y yo me quedé con el arma y la guardé en un cuarto de mí casa sin hacer más nada con ella, hasta que el día de hoy llegó una comisión del CICPC Guanare, quienes luego de hablar conmigo me dijeron que si yo tenía un arma de fuego de un sujeto de nombre Francisco y yo les dije que Francisco era mi hertziano por parte de papa y que sí tenía el arma de fuego, ya que el día de ayer el me había entregado el arma para guardársela, por lo que de inmediato se la entregue a la Comisión policial que me visitaba en mí casa y ellos luego me trajeron para declara. Es todo. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, hora, lugar y fecha en que su hermao de nombre FRANCISCO le hizo entrega de una arma de fuego?. CONTESTO: "eso fue el día de ayer 14-12-10 en horas de la noche en mi casa, ubicada en la dirección antes descrita". OTRA: Diga usted, si conoce los datos filiatorios de su hermano antes descrito?. CONTESTO: "se llama FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ y el es hijo de mi papa de nombre: BELTRAN ANTONIO MONTERO FRÍA, pero mi papa no lo reconoció". OTRA: Diga usted, las características del arma de fuego que le guardaste a tu hermano antes mencionado? CONTESTO: "un arma de fuego, tipo pistola, calibre .45mm, medio oxidado y tenía un cargador con cuatro proyectiles del mismo calibre". OTRA: Diga usted, su persona tiene conocimiento que el arma de fuego antes descrita se encuentra requerida por nuestro Despacho, por los delitos Contra las Personas (Homicidio, Lesiones) y Contra la Propiedad?. CONTESTO: "No". OTRA: ¿Diga usted, su persona llego a utilizar el arma de fuego antes mencionada?. CONTESTO: "No. OTRA: Diga usted, a que organismo de seguridad fueron los que llegaron a su vivienda solicitando el arma de fuego antes descrita. CONTESTO: Funcionarios del CICPC Sub Delegación Guanare y yo les entregue el arma de fuego porque me dijeron que mi hermano Francisco había cometido un delito con otros sujeto con esa arma. OTRA: Diga usted, quienes se encontraban presentes en su residencia al momento de hacer entrega del arma de fuego antes descrita. CONTESTO: Mi mama de nombre: ZOILA ROSA PACHECO VALADARES. OTRA: Diga usted, su persona tenía conocimiento que su hermano de nombre Francisco estuviera incurso en algún delito. CONTESTO: No. OTRA: desea agregar algo más a la presente entrevista. CONTESTO:. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

TRIGÉSIMO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-521, de fecha 15 de Diciembre del Año 2010, suscrita por el funcionario: AGENTE DE INVESTIGACIÓN II RAHUL SÁNCHEZ, funcionario designado para realizar Experticia a lo solicitado en el memorándum sin número, de fecha 15/12/2010, relacionado con la causa número 1-687.140, instruida por esta Sub. Delegación, por uno de los Delitos Contra las Personas; de conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 26 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, rindo a usted, el presente informe a los fines legales consiguientes. MOTIVO: Realizar Experticia de Reconocimiento Técnico

EXPOSICIÓN, El material suministrado consiste en:
MiNis-remo público
01.-) Dos (02) PROYECTILES metálicos, con blindaje de color amarillo y núcleo de color gris, de forma irregular, en su estado original, formaban parte del cuerpo de balas, para armas de fuego calibre .45, con las siguientes dimensiones: ambos con 21 mm de longitud y 11 mm de ancho en sus partes prominentes, se visualizan en su superficie 6 huellas de campo y 6 huellas de estrías copiadas al pasar por el ánima del cañón del arma de fuego que lo disparó, presentan tenues costras de una sustancia de color pardo rojizo.
02.-) Una (01) Bala para arma de fuego tipo pistola, calibre .45 AUTO, marca "C B C", el cuerpo de las mismas se componen de; Proyectil de horma cilindro ojival raso de plomo, garganta, reborde y culote con cápsula de fulminante de fuego central en su estado original.
03.-) Una (01) CONCHA metálica de color amarillo, que originalmente forma parte del cuerpo de una
bala, con las siguientes dimensiones 21 mm de altura y 11 mm de diámetro en la base, la misma
presenta inscripciones identificativa en bajorrelieve a nivel del culote donde se lee: "C B C .45 AUTO",
al igual que una huella de percusión a nivel del fulminante . -
CONCLUSIONES: Con base a las observaciones y análisis practicados al material suministrado,
puedo establecer lo siguiente:
Las piezas antes descritas, en su estado original son utilizadas para cargar armas de fuego tipo
pistola y que una vez disparados, pueden causar lesiones de mayor o menor gravedad e incluso la
muerte, por efecto de los impactos de sus proyectiles en forma rasante o perforantes.
Las piezas antes descritas, tienen su uso general específico o cualquier otra utilidad que le desee dar.
Las referidas piezas, se encuentran en la Sala de Resguardo y Custodia de Evidencias de esta Sub
Delegación, según planilla signada con el número P-11.699 . — Es todo.

TRIGÉSIMO PRIMERO: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ. En esta misma fecha siendo las 11:00 horas de la mañana, compareció por ante este Despacho, el funcionario DETECTIVE WILLIAMS AZUAJE, adscrito a esta Sub. Delegación, quien estando debidamente juramentado de conformidad con el artículo 112 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 21 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de las siguientes diligencias policial efectuada en la presente investigación: "Vista y analizadas las actas procesales que conforman el expediente 1-687.140, instruida por ante este Despacho por la comisión de uno de los Delitos Contra las Personas (Homicidio y Lesiones) y Contra la Propiedad (Robo), donde se ha logrado establecer a través de investigación de campo que los autores y partícipes del presente ilícito penal son identificados de la manera siguiente: GlOVANNl ANTONIO MANZANILLA, Venezolano, natural de Boconoito Edo Portuguesa, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 08-09-1988, soltero, de profesión indefinida, residenciado en la carretera nacional troncal 05 sector Puente Páez de Boconoito Municipio San Genaro Edo Portuguesa, cédula V-19.191.313, hijo de María Manzanilla y Ancelso Rangel, conocido bajo el seudónimo de "CAROLO", quien es la personas que portaba el arma de fuego para el momento que se suscito el hecho narrado; COLMENARES LOYO SANDY GUILLERMO, de nacionalidad Venezolana, natural de Boconoito Edo Portuguesa, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 25-06-90, soltero, de profesión u oficio obrero, teléfono 0426-8578610 hijo de Guillermo Colmenares y Elba Ramona Loyo, residenciado en el barrió Lindo calle el motor, casa sin número de Boconoito Municipio San Genaro Estado Portuguesa, cédula V-23.578.666, conocido bajo el seudónimo de "SANDE", quien era el acompañante del primer ciudadano mencionado: GONZÁLEZ FRANCISCO JAVIER, Venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 25-03-1990, soltero, obrero, residenciado en el banjo Lindo calle 03, casa s/n de Boconoito Edo Portuguesa, cédula V-21.022049, conocido bajo el seudónimo de "EL PINCHA" y el adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), Venezolano, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 19-05-1994, residenciado en el barrio primero de Mayo, calle principal de Boconoito del Municipio San Genaro de Boconoito Estado Portuguesa, Cl N° V-24.506.815, apodado 'EL MOÑO", estos dos últimos mencionados fueron los conductores de los vehículos moto en el cual fueron transportado los ciudadanos que abordaron la unidad de transporte Público. Por otra parte se logró establecer que los vehículos utilizados en el presente ilícito penal fueron una moto marca Yamaha color negro serial de carrocería 9FK5JV11551327333, serial de motor 3HB-327333, el cual se encuentra SOLICITADA, en nuestro Sistema de Información Policial (SIIPOL), por la Sub. Delegación de Mérida, según Expediente H-534.319, por el delito Hurto y el otro vehículo es una moto de color roja, el cual es propiedad del ciudadano: GREY VÁSQUEZ, quien es cuñado del ciudadano apodado "EL MOÑO" y hasta la presente fecha aún no se ha logrado la recuperación de la misma por cuanto dicho ciudadano no ha regresado a su vivienda y ha hecho caso omiso a las citaciones libradas en su nombre; por lo que dicha narración difiere con la presunción de que el vehículo recuperado en la vivienda del ciudadano: GONZÁLEZ FRANCISCO JAVIER, cédula V-21.022.049, "A" "EL PINCHA", sea el otro vehículo utilizado en la perpetración del presente ilicito penal; se acuerda previo conocimiento de la superioridad excluir de dicha investigación el vehículo tipo moto marca Bera Color negro, modelo New Jaguar, serial de carrocería LDXPCKLO46I2005O4, sin señal de motor. Acto seguido me dirigí hacia el sistema integrado de información Policial SIIPOL, a fin de verificar los posibles registros policiales que pudiesen tener los ciudadanos antes mencionados y el estatus legal del vehículo antes referido, una vez allí luego de introducir los datos al sistema pude constatar que dichos ciudadanos no presentan registros excepto el ciudadano: FRANCISCO JAVIER, cédula V-21.022.049, quien presenta registro según expediente I-093205, de fecha 11-02-09, por el delito de Robo de Vehículo por la Sub Delegación de Sabaneta Estado Barinas, mientras que el vehículo mencionado no registra. Es todo.

TRIGÉSIMO SEGUNDO: AMPLIACIÓN DE ENTREVISTA, de fecha 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ. En esta misma fecha, siendo las 10:30 horas de la Mañana, compareció por ante este Despacho de manera espontánea la ciudadana: ESTRELLA CELESTE DURAN, titular de la cédula de identidad V-22.202.821, a fin de ampliar entrevista en relación a la causa 1-687.140, instruido por uno de los delitos Contra las Personas y Contra la Propiedad y en consecuencia Expone: "Lo que quiero decir es que el día del hecho donde falleció un señor en el autobús donde venía viajando de San Cristóbal a Barquisimeto, es que ese día uno de los sujetos que nos robaba a todos los pasajeros me quitó un teléfono celular, ese día debido a los nervios y que no consideré de importancia en expresarlo hacer referencia del robo del teléfono, no lo dejé plasmado en la entrevista que inicialmente me hicieron, ya que tenía temor a que esos sujetos más adelante tomaran represalia en mi contra y fuera vivir en zozobra, pero el día 15-12-10, recibí una llamada de unos de los funcionarios de PTJ de acá de Guanare, donde me expresaron que si en el robo donde fui víctima había perdido un teléfono, yo le de que si y éste me indicó que me trasladara para esta oficina para ver el teléfono que el CICPC había recuperado, es por esa razón que me encuentro acá. Es todo" SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, características del teléfono celular que le fue robado? 1 CONTESTO: "Es un Blackberry, modelo 8900, color negro serial 35845027728046, número de pm 2122885A?. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, a quien pertenece el teléfono celular antes mencionado? CONTESTO: "Es de mi propiedad pero esta a nombre de mi papá ya que él me lo había regalado, mi papá se llama: ALCIDES ANTONIO DURAN LUCENA, cédula V-435.088". OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, el teléfono celular que se le coloca en vista y manifiesto es reconocido por su persona como el que le fue robado? CONTESTO: "Si, ese teléfono es el mío" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, el teléfono que le fue robado se encuentra amparado bajo alguna póliza de seguro? CONTESTO: "No" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, que sujeto de los autores del hecho le arrebato el teléfono antes mencionado? CONTESTO: "Me lo quitó la persona que acompañaba al sujeto que tenía el arma de fuego" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, de volver a ver a los autores del hecho los reconocería? CONTESTO "Si" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, motivo por el cual no manifestó en su primera declaración el robo de su teléfono? CONTESTO: i'Porque no lo vi necesario además estaba muy nervioso y aparte de eso no quería que hubiera alguna represalia en mi contra" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, que número tiene asignado el teléfono que le fue robado y si posee alguna factura de compra? CONTESTO: "Era el 0414- 5044848, pero ese mismo día lo desactive y lo asigne a otro teléfono; tengo en mi poder copia fotostática de la constancia de la adquisición del teléfono emitida por "TELEFÓNICA MOVISTAR CDS BARQUISIMETO' y quiero consignar la misma (EL DESPACHO DEJA CONSTANCIA HABER RECIBIDO DE MANOS DE LA ENTREVISTADA LO ANTES SEÑALADO). OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, logró observar a las personas que tripulaban los vehículos motos donde se trasladaban los autores del hecho narrado? CONTESTO: "No" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, valor comercial del teléfono que le fue robado? CONTESTO: "2.800 Bfs" OTRA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: "No". Es todo.-

TRIGESIMO TERCERO: FORMULARIO DE REGISTRO DE MUERTE N° 351-2010, de fecha 06-12-2010, suscrito por la Dra. Zuleima Arambule, Anatomopatólogo Forense adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Guanare, quien practicó la necropsia de ley al hoy occiso: CARRERO CARRERO ALI, edad 70 años, sexo Masculino, titular de la cédula de identidad N° V-3.313.167, quien al examen externo observó: "Cadáver masculino de 70 años de edad, cabellos negros canosos, ojos marrón, edentula total prótesis dental superior e inferior. Rigidez en fase de instauración livideces fijas. Data aproximada de muerte 12-18 horas. Excoriaciones en codo derecho y en región supra escapular derecha. Una herida producida por el paso de proyectil único disparado por arma de fuego a tórax anterior izquierdo con orificio de entreda de 1 cms. De diámetro con halo de quemadura y tatuaje. Localizado en región supraclavidular izquierdo y orificio de salida en región escapular derecha. Trayecto adelante atrás. Izquierda - Derecha. Ligeramente arriba abajo. Causa de la muerte: Hemorragia Interna. Herida por arma de fuego a tórax.

TRIGÉSIMO CUARTO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECÁNICA, DISEÑO Y
RESTAURACIÓN DE CARACTERES BORRADOS EN METAL N° 9700-058-BIC-2846, de fecha 21-
12-2010, suscrita por la LICDA. FRANCIS OLIVAREZ, Designada para practicar peritaje según
memorándum N° de fecha: 15-12-2010, relacionada con el expediente: 1-687.140, de conformidad con lo establecido en los artículos 237, 238, 239, del Código Orgánico Procesal Penal vigente, rindo a usted bajo juramento el presente informe pericial.
MOTIVO: Realizar EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECÁNICA, DISEÑO Y RESTAURACIÓN DE CARACTERES BORRADOS EN METAL.
EXPOSICIÓN: El material recibido para realizar la experticia en referencia consiste en: UN (01) ARMA DE FUEGO Y CUATRO (04) BALAS, a fin de realizar: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECÁNICA, DISEÑO Y RESTAURACIÓN DE CARACTERES BORRADOS EN METAL
1.- Las características del arma de fuego suministrada como incriminada son: portátil, corta por su
Manipulación; Tipo Pistola, Calibre 45, Marca Colt., Modelo Comander, Lugar de Fabricación U.S.A,
Acabado Superficial con signos de oxidación, empuñadura con dos tapas de madera y unidas a la
prolongación metálica de la caja de los mecanismos por medio de dos tornillos, sistema de carga un
Cargador para diez (10) balas, serial de orden limado.
CONCLUSIONES:
En base al reconocimiento, análisis y observación que motiva nuestras actuaciones periciales a las
Piezas recibidas se concluye:
01- Con el arma de fuego descrita en el numeral uno (01), (EN BUEN ESTADO DE USO Y
FUNCIONAMIENTO, se pueden ocasionar lesiones de mayor o menor gravedad e incluso la muerte,
debido a los impactos en forma rasante o perforante producidos por los proyectiles disparados con la
misma, dependiendo básicamente de la. región anatómica comprometida.
02.- Las Balas descritas en el numeral dos (02) son utilizadas para aprovisionar las armas de fuego,
tipo pistola, calibre .45 y su proyectil una vez disparado por un arma de fuego puede ocasionar
lesiones -de mayor o menor gravedad e incluso la muerte, dependiendo básicamente de la región
anatómica comprometida.
03.- Se utilizaron dos (02) halas, calibre 45, para efectuar dos disparos de prueba, con el arma de
fuego antes descrita y las piezas obtenidas (conchas y proyectiles) quedan depositadas en este
departamento para futuras comparaciones, mientras que las restantes para futuras prueba de disparo.
04.- Aplicada la restauración de caracteres borrados en metal al arma de fuego descrita
Anteriormente, dio como resultado negativo, es decir, no se lograron avistar dígitos.

TRIGÉSIMO QUINTO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y COMPARACIÓN BALÍSTICAS N° 9700-058-BIC-2847, de fecha 21-12-2010, suscrita por la LICDA. FRANCIS OLIVAREZ, Designada para practicar peritaje según memorándum N° 8319 de fecha: 17-12-2010,
Relacionada con el expediente: 1-687.140, de conformidad con lo establecido, en los artículos 237, 238, 239 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, rindo a usted bajo juramento el presente informe pericial.
MOTIVO:
EXPOSICIÓN: El material recibido para realizar la experticia en referencia consiste en: DOS (02)
PROYECTILES, UNA (01) BALA, UNA (01) CONCHA, a fin de realizar: EXPERTICIA DE
RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y COMPARACIÓN BALÍSTICA, CON DOS (02) PIEZAS (CONCHAS
Y PROYECTILES), DE LAS PRUEBA DE DISPARO, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NÚMERO BIC-
2846 DE ESTA MISMA FECHA.
01.- Un (01) proyectil, de aspecto cobrizo, blindado con núcleo de plomo cilindro ojival, del calibre .45,
Presecando seis (06) campos y seis (06) estrías, con Giro helicoidal Levógiro, con una masa de 14,89 gramos, una longitud de 16,45 milímetro y diámetro de 11,45 milímetro, colectadas mediante acta de inspección número 2080 y 2081, de fecha 05-12-2010 y embalada con la letra "D" (SIM).

02.- Un (01) proyectil, de aspecto cobrizo, blindado con núcleo de plomo cilindro ojival, del calibre 45
presentando seis (06) campos y seis 6) estrías, con Giro helicoidal Levógiro, con una masa de 14,85
gramos, una longtud de 16.36 milímetro y un diámetro de 11.45 milímetro, colectadas mechante acta
de inspección número 2080 y 2081, de fecha 05-12-2010 y embalada con el número "4" (SIM).

03.- Una (01) Bala, para arma de fuego tipo pistola, calibre 45, el cuerpo de ella se compone de:
Proyectil blindado, de la forra cilíndrico ojival, pólvora, manto del cilindro elaborado en metal de
i aspecto cobrizo, garganta y culote con cápsula de fulminante, es de hacer notar que en su culote
presenta inscripción en bajo relieve donde se lee: "45 AUTO C.B.C", colectadas mediante acta de
inspección número 2080, de fecha 05-12-2010 y embalada con la letra "B" (SIM).

04.- Una (01) concha, calibre 45, elaboradas en metal, de aspecto cobrizo, presentando en su culote
huella de impresión directa e inscripciones en bajo relieve donde se lee: AUTO C.B.C", colectadas
mediante acta de inspección número 2080, de fecha 05-12-2010 y embalada con la letra "C" (I).
PERITACIÓN: Fue necesario recabar las piezas (Conchas Proyectiles), obtenidas mediante prueba
de disparo, del arma de fuego tipo pistola, marca Colt, modelo Comander, calibre. 45, seria Limado,
DESCRITA EN LA EXPERTICIA NUMERO BIC-2846 DE ESTA MISMA FECHA, para ser comparados con las piezas (proyectiles, concha y bala) descrita en Los numerales uno (01), dos (02), tres (03) y cuatro (04). Siendo sometidas a un minucioso estudio óptico comparativo entre ellas, empleando para esta labor un microscopio de comparación balística, marca Leica, modelo DMC, indicando el resultado en las conclusiones.
CONCLUSIONES: En base al reconocimiento, análisis y observación que motiva nuestras actuaciones periciales a las piezas recibidas y luego de un minucioso estudio óptico comparativo pude determinar:

01- Al ser comparadas las piezas (proyectiles) descritas en el numeral uno (01) y dos (02), con las
piezas (proyectiles) prueba de disparo del arma de fuego, tipo pistola, marca Colt., modelo Comander, calibre 45, serial Limado, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NUMERO BIC-2846 DE ESTA MISMA FECHA. 02.- Al ser comparada la pieza (concha) descrita en el numeral cuatro (04)7^fiR,fapsJ'Ttfezas (conchas), prueba de disparo, del arma de fuego, tipo pistola, marca Colt, modelo Comander, calibre .45. serial Limado, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NUMERO BIC-2846 DE ESTA MISMA FECHA, dando como resultado, que la concha descrita en el numeral cuatro (04), presentan una misma fuente común de origen, con las piezas (conchas) de las PRUE EA DE DISPARO del arma de fuego, tipo pistola marca Colt modelo Comander, calibre 45 serial Limado, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NÚMERO BIC-2846 DE ESTA MISMA FECHA, es decir la concha descrita en el numeral cuatro (04) fue percutida por el arma de fuego, marca Colt. Modelo comander, calibre 45, serial limado, descrita EN LA EXPERTICIA NUMERO BIC-2846 DE ESTA MISMA FECHA.
03.- Al ser comparada la pieza (bala) descrita en el numeral tres (03), con las piezas (conchas), prueba de disparo, del arma de fuego, tipo pistola, marca Colt, modelo Comander, calibre .45, serial Limado, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NÚMERO BIC-2846 DE ESTA MISMA FECHA, dando como resultado, que la bala descrita en el numeral tres (03), presenta huellas de individualización del mecanismo de extracción y eyección del arma de fuego, tipo pistola, marca Colt, modelo Comander. calibre .45. serial Limado, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NÚMERO BIC-284 DE ESTA MISMA FECHA.
04.- La Bala descritas en el numeral tres (03) es utilizada para aprovisionar las armas de fuego, tipo pistola, calibre 45 y su proyectil una vez disparado por un arma de fuego puede ocasionar lesiones de mayor o menor gravedad e incluso la muerte, dependiendo básicamente de la región anatómica comprometida.
05.- Los proyectiles descritos en el numeral uno (01) y dos (02). en su estado original formaba parte del cuerpo de una bala para arma de fuego, tipo pistola, calibre .45.
06.- La concha, descrita en el numeral cuatro (04), en su estado original, formaba parte del cuerpo de una bala, para arma de fuego del tipo pistola, cal jbre .45.
07.- Los proyectiles, la bala y concha, descritas anteriormente, son devueltas a la sala de resguardo y custodia de evidencias físicas de la Sub-Delegación de Guanare Estado Portuguesa, según planillas N°: P-11695. Es todo, consigno el presente informe constante de tres (03) folios útiles.

TRIGÉSIMO SEXTO: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 07 de diciembre de 2010, rendida por la ciudadana NANCY CAROLINA MORA HERRERA, quien por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, subdelegacion Guanare Estado Portuguesa, quien expuso que ese día Domingo 05-12-2010, a las 04:30 horas de la tarde, ella venía en un expreso Barinas, perteneciente a la Línea San Cristóbal Barquisimeto, entonces en la Alcabala de Boconoíto se montaron dos sujetos y a los pocos metros sacaron a relucir armas de fuegos y luego de someterlos los despojan de sus pertenencias, y uno de los pasajeros se le fue encima a uno de los sujetos y éste le efectúo varios disparos dejándolo muerto en el asiento trasero y una muchacha resultó herida, después se regresaron para la alcabala de Boconoito hasta que levantaron el cuerpo es todo. A pregunta sobre las características fisonómicas de los sujetos autores de los hechos, contesto que ella no pudo ver nada porque ellos dijeron que era un atraco y que bajaran la cabeza, lo que pudo ver fue el arma de fuego a un ode ellos una pistola negra, cuadrada, marca glock, que a ella la despojaron de 100 bolivares fuertes.

TRIGÉSIMO SÉPTIMO: EXPERTICIA HEMATOLOGICA N° 9700-057-LBFQB-005, de fecha 21 de enero de 2011, suscrita por el funcionario LUIS JOSÉ CARRILLO, Experto designado para realizar análisis a lo solicitado en el memorando número 9700-254-S/N, de fecha 16-12-10, relacionado con las actas procesales 1-687.140. De conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Rindo a usted a los fines consiguientes este .informe. MOTIVO: Realizar Experticia Hematológica.
EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: evidencia física relacionada con las actas procesales 1-687.140 que se instruye por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio) y la Propiedad (Robo), relacionada con la inspección técnica N° 2345 de fecha 16-12-10, colectada por el agente II Rahul Sánchez, en el interior de un vehículo tipo buseta, marca Encava, aparcado provisionalmente en el puesto de control vial de la Guardia Nacional Bolivariana, Boconoito, Estado Portuguesa (S.I.M); discriminada para su identificación y estudio de la siguiente manera: - Muestra de sustancia color pardo rojiza, colectada mediante técnica de maceración en el interior de un vehículo tipo buseta, marca Encava, aparcado provisionalmente en el puesto de control vial de la
Guardia Nacional Bolivariana, Boconoito, Estado Portuguesa
(S.I.M)
ANÁLISIS BIOLÓGICO:
REACTIVOS EMPLEADOS: solución salina normal, peróxido de hidrógeno, ácido acético glacial,
ortotolidina, yoduro de potasio, cloruro de potasio, bromuro de potasio, Obti test, sangre humana ARH
yBRH.
MÉTODO DE ORIENTACIÓN Y CERTEZA PARA LA DETERMINACIÓN DE NATURALEZA
HEMÁTICA:
GASA.....................POSITIVO.
INVESTIGACIÓN DE HEMOGLOBINA:
MÉTODO DE TEICHMANN:
GASA.............POSITIVO.
DETERMINACIÓN DE ESPECIE: POSITIVO HUMANO.
INVESTIGACIÓN DE AGLUTINOGENOS:
DETERMINACIÓN DE GRUPO SANGUÍNEO: NEGATIVO.
CONCLUSIÓN: Con base al reconocimiento, observaciones y realizados al material suministrado, que
motivó mi actuación puedo determinar:
Que la sustancia en estudio, es perteneciente a la especie humana, sanguíneo del tipo "O".
Es todo. Consigno el original del presente informe pericial constante de DOS (02) folios útiles. El material consumió en su totalidad en los análisis practicados.

TRIGÉSIMO OCTAVO: EXPERTICIA HEMATOLOGICA N° 9700-057-LBFQB-006, de fecha 21 de enero de 2011, suscrita por el funcionario INSPECTOR JOSÉ ÁNGEL UZCATEGUI, Experto designado para realizar análisis a lo solicitado en el memorando número 9700-254-S/N, de fecha
16-12-10, relacionado con las actas procesales 1-687.140. De conformidad con lo establecido en el Artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Rindo a usted a los fines consiguientes este informe.
MOTIVO: Realizar Experticia Hematológica.
EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en:
1.- Una chemisse, talla "L", confeccionada en fibras naturales y sintéticas de color rojo, con etiqueta identificativa donde se lee: "ELLUS". La pieza se halla en mal estado de USO y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojizo con mecanismo de formación por contacto, impregnación y escurrimiento de afuera hacia adentro, presenta a nivel de la Región infra Clavicular izquierda una solución de continuidad. Colectada del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de CARRERO CARRERO ALI, (S.I.M).
2.- Un Pantalón, tipo jeans, talla "32", confeccionado en fibras naturales de color azul, con etiqueta identificativa donde se lee: "L"EVAR"S", y mecanismo de cierre constituido por una cremallera metálica y un botón con su respectivo ojal. La pieza se halla en Regular estado de uso y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color Pardo rojizo con mecanismo de formación por contacto e impregnación de afuera hacia adentro, colectado del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de CARRERA CARRERO ALI (S.I.M).
3.- Un par de Zapatos tipo casuale, tamaño medianos, confeccionados de cuero de color negro con etiquetas identificativa donde se lee "DANYMER" y mecanismo de ajuste constituido por seis pares ojales y trenzas de color negro, sus suelas elaboradas en material sintético dé colores negro con diseño anti-resbalante. Las piezas se hallan en regular estado de uso y conservación y exhiben en diversas arcas de su superficie signos físicos de suciedad y costras de una sustancia de color pardo rojizo con mecanismo de formación por contacto de afuera hacia adentro colectados del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de CARRERO CARRERO ALI (S I M)

CONCLUSIONES: Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivo mi actuación pericial, puedo determinar:
1. Que las manchas y costras de color pardo rojizas estudiadas, presentes en las piezas signadas con los números 1, 2 y 3 (Chemissei -pantalón), colectadas al cadáver de que en vida respondieran al nombre de: CARRERO CARRERO ALI, son de naturaleza humana y corresponden al grupo sanguíneo "O".
2. Que las soluciones de continuidad (orificios) observadas en la superficie de la prenda de vestir signada con los números 1 (chemise), fue originada por el paso violento de proyectiles disparados con armas de fuego.

TRIGÉSIMO NOVENO: Se deja constancia que la ciudadana NANCY RONDÓN SÁNCHEZ nunca compareció al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub delegación Guanare para declarar en torno a los hechos ocurridos en la presente causa, ni acudió a la Fiscalía del Ministerio Público para rendir la versión de sus hechos, aún cuando fue citada en varias oportunidades.

T E R C E R O

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR


El Fiscal Quinto del Ministerio Público en su escrito de Solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, argumentó textualmente que:

“… una vez efectuado el respectivo análisis de la presente causa, nos encontramos que el resultado de la investigación no establece plenamente la responsabilidad penal del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), de 16 años de edad, en el hecho investigado además de que no hay posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción penal…” OMISSIS... (Resaltado en negritas nuestro).

Igualmente señala el Ministerio Publico en su escrito de solicitud de sobreseimiento Provisional, que las declaraciones de las victimas hacen referencia a dos personas, que huyen en dos motos pero que no pudieron observar a dichas personas por que se encontraban muy lejos; por otra parte los funcionarios actuantes, señalan que por datos aportados por intermedio de los informantes, los autores del hecho huyen en moto, una de las cuales era conducida por (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), pero es el caso que dichos informantes no están incorporados a este proceso en forma legal, no constituyendo un elemento de convicción real que permitan imputar al prenombrado adolescente el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 405 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALI CARRERO CARRERO; y el delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, establecido en el articulo 458 IBIDEM, en perjuicio de la ciudadana NANCY RONDON SANCHEZ ; y ROBO AGRAVADO, establecido en el articulo 415 Ejusdem en perjuicio de los ciudadanos: CHACON GUERRERO REYMI ROLANDO, MORA GONZALEZ ISIDRO ANTONIO, ROJAS WUILLIAN YESID, RUIZ PARRA LUIS FERNANDO, MAYORGA CASTRO MARVEN, ESTRELLA CELESTE DURAN, delitos que están plenamente demostrados en la presente causa, pero que nadie aporta identificación alguna para lograr la individualización y especificar el nombre del autor del mismo, por lo tanto no se logro determinar en el transcurso de la investigación si el adolescente señalado fue el responsable o participe de los delitos perpetrados contra las victimas identificadas, no habiendo otra circunstancia que haga presumir la participación de dicho adolescente en la comisión del hecho investigado, de tal manera, que no son suficientes los elementos de convicción para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del adolescente señalado. En virtud de ello solicita formalmente el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la causa seguida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), de 16 años de edad para el momento de la ocurrencia de los hechos, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS: HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 405 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALI CARRERO CARRERO; y la ciudadana NANCY RONDON SANCHEZ, LESIONES PERSONALES GRAVES, establecido en el articulo 458 del Código Penal; y CONTRA LA PROPIEDAD: y ROBO AGRAVADO, establecido en el articulo 415 Ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos CHACON GUERRERO REYMI ROLANDO, MORA GONZALEZ ISIDRO ANTONIO, ROJAS WUILLIAN YESID, RUIZ PARRA LUIS FERNANDO, MAYORGA CASTRO MARVEN, ESTRELLA CELESTE DURAN.

Ahora bien, ciertamente el literal “e” del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente establece:

Articulo 561. Finalizada la investigación, el o la Fiscal del Ministerio Público deberá:
OMISIS…
e) Solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción.

De la anterior norma se desprende que el sobreseimiento provisional procede cuando se determine que como producto de la investigación no ha sido posible recabar los elementos suficientes que permitan establecer la vinculación del sujeto, con un determinado hecho punible, es decir existen elementos, pero estos no son suficientes como para que se dé por concluida la investigación, mediante el ejercicio de la acción.

De las actas que componen la presente causa se evidencia que realmente resulta insuficiente lo actuado a la fecha, y si bien es cierto, que el Fiscal del Ministerio Público es a quien le corresponde el monopolio de la acción penal tal como lo establece el artículo 648 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, no es menos cierto, es que esa titularidad de la acción no solo esta dirigida a la obtención y alegación de los aspectos que inculpen al adolescente, sino de todos aquellos que puedan liberarlo de la persecución penal y por cuanto, el sistema penal de responsabilidad del adolescente tiene por objeto el establecimiento de los hechos mediante la búsqueda de la verdad, con la finalidad de confirmar o descartar la participación de un adolescente en los hechos objetos de la investigación. Tomando en cuenta que no se puede atribuir al adolescente, en este caso, la autoría del hecho objeto de la investigación, y no existiendo una certeza capaz de destruir el principio establecido en nuestra Constitución, y materializado en el Código Orgánico Procesal Penal, así como también en el artículo 540 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como es la Presunción de Inocencia, conforme a este principio nadie puede ser declarado responsable mientras no se pruebe su culpabilidad, y en consecuencia se debe presumir la inocencia del adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), al no poder atribuirle fehacientemente los hechos delictuales que dieron origen a la presente causa; quien es venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 19-05-1994, soltero, de profesión u oficio estudiante, quien reside en el Barrio Lindo, calle 3, casa s/n, Boconoito Municipio San Genaro Guanare, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad, V-24.506.815; por lo antes expuesto se declara PROCEDENTE EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a los fines de que el Ministerio Público culmine con su investigación, dejando a salvo lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la misma Ley. ASI SE DECIDE.