PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 21 de marzo de 2014
203º y 155º
ASUNTO: PP01-V-2013-000367
PARTE DEMANDANTE: FRANCELIS ALCIRA HERNÁNDEZ ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-10.054.079.
DEFENSORA PÚBLICA SEGUNDA: Abogada BELANGEL LECLAIR CAMACHO LUCENA, actuando en defensa e interés superior de la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de once (11) años de edad.
PARTE DEMANDADA: FRANCISCO HERMINIO CARDENAS CARRILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.250.658.
MOTIVO: INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
SENTENCIA: HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO. (AUDIENCIA PRELIMINAR DE LA FASE DE SUSTANCIACIÓN).
Vista el acta que antecede mediante el cual este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación en Funciones de Ejecución del Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, celebró la prolongación de la Audiencia Preliminar de la Fase de Sustanciación, de conformidad con lo establecido en el artículo 476 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación a la demanda con motivo de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de once (11) años de edad. Seguidamente, estando presentes en el acto las partes interesadas: Ciudadanos: FRANCELIS ALCIRA HERNÁNDEZ ACOSTA y FRANCISCO HERMINIO CARDENAS CARRILLO, identificados en autos, procede la ciudadana Jueza a exhortar a las partes a conciliar sus posiciones en relación al presente procedimiento, dejándose constancia de los acuerdos llegados por las partes, previa aplicación de las técnicas propias de la negociación, quedando establecido de la siguiente manera:
“El ciudadano FRANCISCO HERMINIO CÁRDENAS CARRILLO, va cancelar la cantidad de CUATRO QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 4.500,00), mediante depósito en la cuenta de ahorro No. 0105-0059-1300-5942-0952, del Banco Mercantil, así mismo la parte demandante, ciudadana FRANCELIS ALCIRA HERNÁNDEZ ACOSTA, manifestó estar de acuerdo, con lo ofrecido por el referido ciudadano”.
Ahora bien, por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley , sino que contribuye al cumplimiento del principio del interés superior del niño, niña y adolescente previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA Y DECLARA CONCLUIDA LA FASE DE SUSTANCIACIÓN Y FINALIZADO EL PROCESO, por haber llegado las partes a un ACUERDO TOTAL, de conformidad con lo establecido en el literal “e” del artículo 450 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en atención a lo dispuesto en el literal “d”, Parágrafo Primero del artículo 177 de la ley in comento. Se acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas de la presente homologación a partes interesadas una vez conste en autos los emolumentos necesarios para su reproducción. Expídase copia simple del acta de audiencia inserta a los folios del 36 al 38 del expediente.
Jueza del Tribunal Primero de Primera de Mediación, Sustanciación en Funciones de Ejecución
Abg. PASTORA PEÑA GARCÍAS
El Secretario Temporal,
Abg. Oswaldo José Hernández Terán
PPG/ojht/M. Alej.-
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