REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN

Guanare, 30 de Mayo de 2014
202° y 154°

Causa No- 2E-226-07
N° .

Vista la solicitud realizada por el Ciudadano JUAN OMAR VALERA RODRIGUEZ, titular de la cédula de Identidad nº 5.436.236, en su carácter de penado, en el que peticiona al tribunal le sea autorizado el cambio de presentaciones ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Guanare, para la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del estado Lara; toda vez que labora y reside en el Caserío Palmario, finca palmarito, la raya de Guarico estado Lara, y este Juzgado para proveer sobre dicha solicitud considera necesario una revisión de su situación frente al proceso y así procede a hacerlo en los términos que siguientes.

Que este Juzgado de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en fecha 19 de Mayo de 2014, otorgó el beneficio de Libertad Condicional por reunir los requisitos establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiendo como una de las conclusiones; la presentación periódica ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Guanare hasta el día 2-09-2017, fecha en la que cumple la pena impuesta.

Riela en la presente causa constancia de residencia emanada del Consejo Comunal Vigia Nueva, en la que se hace constar que el referido penado JUAN OMAR VALERA RODRIGUEZ, reside en la mencionada comunidad.

Ahora bien, de acuerdo a lo solicitado, se observa que dicho penado ha se le ha observado una conducta favorable, demostrando disposición de someterse a las obligaciones que le fueron impuestas en su oportunidad por este despacho, de manera satisfactoria, y que dicha solicitud coadyuva con la progresividad conductual del penado; en consecuencia este Tribunal en atención a los fundamentos señalados, este Juzgado en función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: El cambio de lugar para cumplir la presentaciones al penado JUAN OMAR VALERA RODRIGUEZ, titular de la cédula de Identidad nº 5.436.236, en el cumplimiento del beneficio de Libertad condicional para la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Barquisimeto estado Lara, y seguir las orientaciones que fije el organismo supervisor hasta el día 02-09-2017 fecha del cumplimiento de la pena. Ofíciese lo conducente. Notifíquese.

Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente.

La Juez de Ejecución N° 2,

Abg. Argelia GuèdezRomero


El secretario,

Abg.Ibis Rene Badillo