Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: MAIRELY COROMOTO HEREDIA Y ENRIQUE JOSE BARRIOS HERNANDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.144.699 y 20.130.282, respectivamente, en beneficio de su hija: xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano: Enrique José Barrios Hernández , se comprometió a cancelar la cantidad de mil doscientos bolívares (Bs. 1.200,oo) mensuales, en forma fraccionada, es decir seiscientos bolívares (Bs. 600,oo) quincenalmente, más el 50% de los gastos en el mes de diciembre de cada ańo, igualmente el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad