REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 6 de noviembre de 2014
En la causa iniciada demanda de divorcio, intentada por MIGUEL SEGUNDO YEDRA VÁSQUEZ, venezolano mayor de edad, casado, herrero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad V 9.563.078 contra RAMONA MERCEDES TORREALBA CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Porlamar y titular de la cédula de identidad V 7.541.712, se constata que desde el 24 de septiembre de 2014 cuando se admitió la demanda, han transcurrido más de treinta días sin que la parte actora haya proporcionado los recursos para obtener las copias fotostáticas para librar las compulsas necesarias para la citación de la demandada, por lo que según el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, forzosamente debe declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de divorcio, intentada por MIGUEL SEGUNDO YEDRA VÁSQUEZ ya identificado, contra RAMONA MERCEDES TORREALBA CARVAJAL, también identificada.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González