PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, veinticinco de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: PP01-L-2014-000041
PARTE DEMANDANTE: ANICETO ANTONIO PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.370.782, de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: EDITH GONZALEZ, RAFAEL CAMEJO Y PAOLA TERESA GÓMEZ ARIAS, inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado con los números 143.183, 143.708 y 165.603, Procuradores Especiales de Trabajadores adscritos al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo.
PARTE DEMANDADA: JOSE GREGORIO TORRES GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.264.054, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Steven de Jesús Baron Mantilla, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado con el Nº 185.579.
MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros conceptos laborales.
Hoy, 25 de noviembre de 2014, siendo las 9:30 a. m., día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Alguacil anunció el acto en la Sala de espera de este Circuito Judicial del Trabajo, constatando la incomparecencia tanto de la parte demandante, ciudadano ANICETO ANTONIO PALMA, como de la parte demandada, ciudadano JOSE GREGORIO TORRES GUZMAN, quienes no se hacen presentes en este acto, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, vista la incomparecencia de las partes al inicio de la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso.
Déjese transcurrir el lapso de ley para el ejercicio de los recursos correspondientes, y vencido el mismo sin que se hayan ejercido, ciérrese y archívese el presente expediente. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La Juez,
Abg. CARMEN LUISA IGLESIAS AGUIAR
La Secretaria,
Abg. MARIA ISABEL HERNANDEZ
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