PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 26 de septiembre de 2014
204º y 155º


ASUNTO: PP01-J-2014-001152
SOLICITANTES: LISBETH CAROLINA OLIVAR FERNÁNDEZ y HINDER ANTONIO VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 19.757.035 y 21.168.521, respectivamente.
PROCEDENCIA: FISCALÍA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
MOTIVO: ACUERDO DE CUSTODIA (HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO).

Revisada la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA CONVENIMIENTO DE ACUERDO DE CUSTODIA suscrita por los ciudadanos: LISBETH CAROLINA OLIVAR FERNÁNDEZ y HINDER ANTONIO VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 19.757.035 y 21.168.521, respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Especializada para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito del Estado Portuguesa, sobre la fijación del ACUERDO DE CUSTODIA, en beneficio de su hija que lleva por nombres y apellidos Identidad omitida por Disposición de la Ley de diez (10) meses de nacida.
Vista el acta de convenimiento presentada por las partes mediante el cual establecen el siguiente acuerdo de custodia, el cual consideran que es el más conveniente a su interés superior estableciéndolo de la forma siguiente; ÚNICO: La madre, ciudadana LISBETH CAROLINA OLIVAR FERNÁNDEZ cede la custodia de su hija Identidad omitida por Disposición de la Ley , de diez (10) meses de nacida, al padre ciudadano HINDER ANTONIO VARGAS, hasta dentro de dos (02) meses cuando el padre devolverá a la niña; hasta que los mismos padres o el Tribunal modifiquen lo anterior. En consecuencia, por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de la niña arriba identificada, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Primer Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 518 y 519 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda conservar el original del acuerdo en el Archivo sede de este Circuito Judicial de Protección, extensión Guanare y expedir dos (02) juegos de copias certificadas de la presente homologación a las partes presentantes del acuerdo, una vez conste en autos los emolumentos necesarios para su reproducción.
Juez Temporal del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución

Abg. René Antonio Briceño Barroeta
La Secretaria,

Abg. Elsy Moraima Jurado Verde
RABB/emjv/M. Alej.-