PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
SEDE GUANARE
Guanare, 23 de Abril de 2015
Años: 203° y 154°
CAUSA Nº: 3J-694-12
JUEZA: Abg. Carmen Zoraida Vargas López.
ACUSADO: Manzano Colmenares Arbanis Ramón
DEFENSORA PRIVADA: Abg. Josefina Morón de Zapata
ACUSADOR: Abg. Etny Canelón, Fiscal Tercero del Ministerio Público
DELITO: Robo de Vehiculo Automotor
VICTIMA: Godoy Yunior Eduardo
SECRETARIO: Abg. Edwin Luna
DESICIÓN : Sentencia Absolutoria

De conformidad con lo establecido en el artículos 347 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N° 3, actuando constituido como Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la Ciudad de Guanare, pronuncia sentencia en el Juicio Oral y Público seguido contra el ciudadano MANZANO COLMENARES ARBENIS RAMÓN, Titular de la cédula de identidad Nº 23.576.852, venezolano, de 19 años de edad, de profesión INDEFINIDA, natural de Chabasquen Edo. Portuguesa, residenciado en el caserío piedra hueca del estado Lara fecha de nacimiento 26-03/93, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de Godoy Yunior Eduardo, este Juzgado a los fines del pronunciamiento observa:

I.- DEL HECHO OBJETO DEL JUICIO Durante el Juicio Oral y Público, el Ministerio Público expresó que el hecho por el que procede ocurrió: “En fecha 03-05-2012, el ciudadano GODOY YUNIOR EDUARD, se trasladaba en su vehículo tipo moto en compañía del ciudadano Carlos Godoy aproximadamente a las 08:30 horas de la noche, por la quebrada de Córdova vía a Palmarito del Municipio Unda cuando de repente le sale un sujeto con un arma de fuego, vestido con camisa de cuadros blancos y morados quien profirió amenazas contra los mismos diciéndole que si no le entregaban la moto le disparaba además que los golpeo con el arma los despojo del vehículo posteriormente siendo las 9:25 de la noche de la misma fecha los funcionarios de la policía Estadal de Portuguesa PEÑA RAFAEL y ZAPATA HÉCTOR reciben llamada telefónica donde les informan del hecho delictivo y realizando el patrullaje de rigor logran obtener información de un comerciante quien no quiso identificarse el cual les dijo que había visto pasar a alta velocidad hacia el sector de cerro mulato una moto color verde y quien la conducía llevaba una camisa como blanca una vez que obtienen esa información siguiendo con el patrullaje avistan a un ciudadano que reunía las características hechas por el informante y le dan la voz de alto consiguiéndole en su poder la moto señalada como robada por su propietario por lo que deciden practicar la captura en flagrancia del ciudadano perpetrador del hecho punible, es todo”.

II.- DE LOS DERECHOS DEL ACUSADO Y DE LOS ALEGATOS DE LA PARTE DEFENSORA Ante tales imputaciones el Defensor Privado del acusado Abg. Manzano Colmenares Arbanis Ramón, se le concede el derecho de palabra y expuso: “Esta defensa rechaza la acusación presentada por el ministerio publico por el delito de Robo de Vehiculo Automotor, circunstancias de modo tiempo y lugar que no se ajustan a la realidad y serán los órganos de prueba que demostraran la inocencia de mi defendido, es todo”.

A continuación el Tribunal explicó al acusado el hecho que se le atribuye, imponiéndole del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la advertencia preliminar prevista en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, interrogándole si estaba dispuesto a declarar e informándole que el debate continuaría aun cuando no declarara y que en caso de hacerlo lo harían sin juramento alguno, pudiendo ser interrogado por el Ministerio Público, la Defensa y el Tribunal y que podría abstenerse de declarar total o parcialmente a las preguntas que le fueren formuladas, manifestando el Acusado “No voy a Declarar”.

III.-DETERMINACION DE LOS HECHOS PROBADOS Y SU CALIFICACION JURIDICA. A criterio de esta Instancia no se demostró durante el desarrollo del debate, que en fecha 03-05-2012, el ciudadano GODOY YUNIOR EDUARD, se trasladaba en su vehículo tipo moto en compañía del ciudadano Carlos Godoy aproximadamente a las 08:30 horas de la noche, por la quebrada de córdoba vía a Palmarito del Municipio Unda cuando de repente le sale un sujeto con un arma de fuego, vestido con camisa de cuadros blancos y morados quien profirió amenazas contra los mismos diciéndole que si no le entregaban la moto le disparaba además que los golpeo con el arma los despojo del vehículo posteriormente siendo las 9:25 de la noche de la misma fecha los funcionarios de la policía Estadal de Portuguesa PEÑA RAFAEL y ZAPATA HÉCTOR reciben llamada telefónica donde les informan del hecho delictivo y realizando el patrullaje de rigor logran obtener información de un comerciante quien no quiso identificarse el cual les dijo que había visto pasar a alta velocidad hacia el sector de cerro mulato una moto color verde y quien la conducía llevaba una camisa como blanca una vez que obtienen esa información siguiendo con el patrullaje avistan a un ciudadano que reunía las características hechas por el informante y le dan la voz de alto consiguiéndole en su poder la moto señalada como robada por su propietario por lo que deciden practicar la captura en flagrancia del ciudadano perpetrador del hecho punible .

En efecto en el debate se recepcionó los siguientes medios de Prueba: I.- Declaraciones de los ciudadanos:

1.- TORREALBA ESCALONA CARLOS JOSÉ: Natural de Guanare, Estado portuguesa, fecha de nacimiento 09-08-1986, casado, de profesión u oficio Funcionario Policial, residenciado en Chabasquen, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.305496, no posee vinculo alguno con ninguna de las partes.
Nosotros fuimos informados, que había ocurrido un hecho en la vía de Córdoba que se la habían despojado de un vehículo moto a un ciudadano, que un ciudadano se había dirigido a la comisaría y había formulado la denuncia que él había sido objeto que lo habían despojado de la moto, nosotros nos dirigimos hacia el sitio, dimos un recorrido, no visualizamos nada allí, seguidamente retrocedimos, escasos metros de allí de donde había ocurrido el hecho encontramos a un señor, el señor nos dijo que había pasado un ciudadano con una moto a alta velocidad y había tomado dirección vía hacia a Cerro Mulato, seguidamente nosotros nos dirigimos, hicimos un recorrido por la misma zona, donde encontramos al ciudadano que había sido señalado que había despojado del vehículo moto a la víctima.

La Fiscalía interroga lo siguiente:
1.- ¿precise la fecha del hecho? RESPONDIÓ: Domingo 03-06-2012. 2.- ¿Dónde fue eso, donde ocurrió eso? RESPONDIÓ: En la quebrada de Córdoba vía a Palmarito. 3.- ¿Ese es el hecho? RESPONDIÓ: Donde informaron que había ocurrido el hecho.- 4.- ¿Cómo recibió usted esa información? RESPONDIÓ: Vía telefónica del Jefe de los Servicios.- 5.- ¿Quién era el Jefe de los Servicios para ese momento? RESPONDIÓ: Yusneidi Silva. 6.-¿Qué fue lo que le informo Yusneidi Silva a ustedes? RESPONDIÓ: Que en dicha quebrada había sido un ciudadano despojado de una moto, de un vehículo moto.-7.- ¿Esa quebrada queda exactamente donde, ubicada geográficamente? RESPONDIÓ: Geográficamente, yo se que queda vía Palmarito- Santa Clara, pero geográficamente no se. 8.- ¿Que Municipio, que Caserío? RESPONDIÓ: Unda, Municipio Unda. 9.- ¿Qué Caserío? RESPONDIÓ: Caserío ese, Palmarito, vía Palmarito, Quebrada de Córdoba.- 10.- Quebrada de Córdoba, RESPONDIÓ: Quebrada de Córdoba, que es donde la Quebrada, vía a Palmarito.- 11.- ¿Qué paso después, que usted recibe esa información? RESPONDIÓ: Después que recibimos la información nos vinimos al sitio, después que nos vinimos al sitio visualizamos en el sitio, no encontramos nada ahí en el sitio, seguidamente nos retrocedimos, escasos metros más adelante visualizamos a un ciudadano, el ciudadano nos dijo que había pasado un ciudadano.- 12.- ¿Disculpe, cuando ustedes llegan al sitio, ¿usted observo si ese sitio está iluminado? RESPONDIÓ: No está desolado, ese es un sitio desolado.13.- ¿Oscuro? RESPONDIÓ: Bien oscuro.- 14.- Aja, ¿Entonces? RESPONDIÓ: Mas adelante, mas adelante a escasos metros de ahí, visualizamos a un señor y nosotros le preguntamos, entonces el ciudadano nos dijo que había pasado, que había pasado vía hacia Cerro el Mulato, entonces como el señor no nos dice el nombre, porque él sabe qué, entonces nosotros nos vinimos y dimos un recorrido por el Cerro el Mulato, en donde capturamos al ciudadano con el vehículo que había sido señalado por el Jefe de los Servicio.- 15.- ¿Quién lo acompaño a usted en ese procedimiento? RESPONDIÓ: El funcionario Héctor Zapata, era el conductor de la unidad y Vega Rafael.- 16.- ¿En qué tipo de unidad se transportaban ustedes? RESPONDIÓ: En la unidad PC-092.- 17.- ¿Qué es eso? RESPONDIÓ: Una unidad policial pues, una patrulla. 18.- ¿El ciudadano acusado es la persona que ustedes aprehendieron? RESPONDIÓ: Si el ciudadano que esta allá.- 19.- ¿Usted recuerda como andaba vestido el ese día? RESPONDIÓ: Portaba una camisa blanca, es lo único que recuerdo.- 20.- ¿Y del sitio, Quebrada Córdoba, al sitio donde ustedes lo aprehendieron a él, que distancia hay? RESPONDIÓ: De verdad no le sé decir, porque por lo menos.- 21.- ¿Usted estuvo en los dos sitios? RESPONDIÓ: Claro.- 22.- ¿Hizo un recorrido? RESPONDIÓ: Claro hicimos un recorrido la distancia.- 23.- ¿Cuanto aproximadamente hay? RESPONDIÓ: Pues del metro de donde fuimos, la quebrada no se.- 24.- Usted dijo a escasos metros, RESPONDIÓ: A escasos metros, por lo menos un ejemplo, 200, 300 metros más abajo ya vía al pueblo, ya estábamos bajando al pueblo.- 25.- ¿Cuando lo capturaron? RESPONDIÓ: No, cuando preguntamos.- 26.- A ok, ¿y cuando lo capturaron?, ¿a qué distancia lo capturaron? ¿Usted dijo Cerro el Mulato? RESPONDIÓ: Cerro mulato es vía cerro el mulato, cerro mulato, cerró mulato no, en la vía.- 27.- Iba en la vía, ok, ¿pero a qué distancia queda eso? RESPONDIÓ: La distancia, no sé, 200, 300, 400 metros, no sé porque de verdad no se de tramos y la distancia que hay de ahí a allá desconozco.- 28.- ¿Usted recuerda las características del vehículo que cargaba el ciudadano aquí acusado, las características, el vehículo moto? RESPONDIÓ: El vehículo moto era un zumo verde.- 29.- La Juez: ¿Un qué? RESPONDIÓ: Un zumo verde, un jaguar.- 30.- El Tribunal aclara: Escuche lo que le está preguntando el fiscal, lo primero que deberíamos saber es, ¿ustedes aprehenden al ciudadano en posesión de algún tipo de vehículo? RESPONDIÓ: El vehículo que había sido señalado por el denunciante.- 31.- ¿Y ese lo cargaba el acusado? RESPONDIÓ: Si.- 32.- ¿Y es un vehículo zumo verde? RESPONDIÓ: Zumo verde, un zumo verde, un jaguar, un jaguar zumo verde.- 33.- ¿Qué hicieron luego? RESPONDIÓ: Le leímos sus derechos, según el artículo 205, le íbamos a hacer una inspección de persona, 207 al vehículo y como no tenía ningún objeto de interés criminalístico nos dirigimos hasta la sede de la Comandancia y seguimos con el procedimiento.- 34.- ¿Cuándo ustedes llegan a la Comandancia, ¿la víctima estaba allí? RESPONDIÓ: La victima.- 35.- Aja, RESPONDIÓ: La víctima estaba formulando la denuncia, había formulado la denuncia y se encontraba ahí.- 36.- ¿Con cuántos vehículos motos llegaron ustedes allá? RESPONDIÓ: Con uno, el que se le retuvo, la moto que era víctima del robo.- 37.- ¿Usted se entero?, pregunto si pudo enterarse si ¿algún otro funcionario llevo una moto blanca, color blanca para allá? RESPONDIÓ: No, no tengo conocimiento, de eso no tengo conocimiento, color blanca, la moto que se le retuvo al ciudadano fue un zumo verde.- 38.- ¿Y ustedes le presentaron el vehículo a la victima?, y le preguntaron RESPONDIÓ: La victima lo declaro, y dijo si esa es la moto mía, esa es la moto que me había sido robada.-


La Defensa interrogó lo siguiente:
1.- Usted señala que recibe una llamada, ¿a qué hora reciben ustedes esa llamada? RESPONDIÓ: La llamada específicamente no la recuerdo la llamada, la cosa es que uno anda en la calle.- 2.- ¿usted no recuerda la hora? RESPONDIÓ: La hora exacta, exacta en estos momentos no la recuerdo, de la llamada.- 3.- ¿Quién recibe la llamada de los funcionarios que estaban en el procedimiento? RESPONDIÓ: El ciudadano Peña Rafael.- 4.- ¿Es verdad, Rafael recibió la llamada y le informo a ustedes? RESPONDIÓ: Si.- 5.- ¿Dónde estaban ustedes cuando recibieron esa llamada? RESPONDIÓ: Patrullando.- 6.- ¿Pero dónde? RESPONDIÓ: En el centro, en un lugar del centro.- 7.- ¿En el centro de? RESPONDIÓ: Chabasquen.- 8.- En el centro de Chabasquen, usted señala también que a escasos metros de donde había ocurrido el hecho donde despojaron a una persona de una moto, se consiguen a un señor, ¿a escasos metros hacia donde? RESPONDIÓ: Específicamente era a donde Pedrito.- 9.- La Juez: ¿Cómo? RESPONDIÓ: Donde Pedrito, en la esquina de donde Pedrito.-10.- La Juez: ¿Específicamente donde Pedrito? RESPONDIÓ: En la esquina, en la esquina, la avenida Sucre, esa se llama la Avenida Sucre, ahí, en toda la esquina.- 11.- ¿Ahí ven ustedes al señor RESPONDIÓ: Si.- 12.- ¿Eso queda cerquita de donde está la quebrada de Córdoba? RESPONDIÓ: Queda, como, no queda cerquita, porque queda un poquito retirado, pero cerca, cerca así, adyacente al lugar no.- 13.- ¿Y la quebrada esa de Córdoba queda por la vía hacia Cerro el Mulato? RESPONDIÓ: No… 14.- ¿No? RESPONDIÓ: La Quebrada de Córdoba es el sitio donde suceden los hechos, ¿me entiende?, Cerro el Mulato fue donde se le hizo la detención al ciudadano.- 15.- ¿Ustedes realizaron la detención en Cerro el Mulato? RESPONDIÓ: En Cerro el Mulato.- 16.- ¿Eso es un Caserío, un pueblo? RESPONDIÓ: Eso no es un pueblo, esa es una vía pero se denomina Cerro el Mulato, eso es una vía.- 17.- ¿Eso estaba solo? RESPONDIÓ: Eso es desolado, esa es una vía sola, esa es una vía como que si usted fuera como un domingo para un campo, esa es una vía desolada.- 18.- ¿Cómo hacen ustedes la detención?, ¿como hace el, oposición o? RESPONDIÓ: No, nosotros lo detenemos, le hacemos la voz de alto y se detuvo.- 19.- ¿El iba en la moto? RESPONDIÓ: En la moto, y se detuvo, nosotros lo revisamos, vimos la moto, y eran las características, y de él, según el artículo 205, 207, 261 si hizo el procedimiento.- 20.- ¿A qué hora fue eso? RESPONDIÓ: A las 09:25.- 21.- ¿No había una casa por ahí cerca de donde usted dice hicieron la detención? RESPONDIÓ: Casas hay pero, eso estaba solo.- 22.- ¿Ha? RESPONDIÓ: Eso estaba solo, casas hay ahí pero, aparentemente dos casas creo, pero, cerca de ahí.- 23.- ¿Y hay alumbrado eléctrico? RESPONDIÓ: No.- 24.- ¿No? RESPONDIÓ: No.- 25.- El acusado andaba solo o andaba acompañado de otra persona RESPONDIÓ: Solo.- 26.- Cuando ustedes llegaron a la Comandancia, a la Comisaría de Chasbasquen ¿Estaba la victima?, ¿el señor estaba acompañado de otra persona? : Estaba, no sé, porque es estaba ahí en el Comando, el formulo la denuncia y le dijeron quédese aquí por si llegan a capturar a esa moto.- 27.- ¿Quién le tomo la declaración al señor? RESPONDIÓ: De verdad yo desconozco, debe ser el que esta horita, Pacheco Luís, oficial Jefe Pacheco Luís.- 28.- ¿Quien manejaba la patrulla? RESPONDIÓ: Héctor Zapata.- 29.- ¿Le mostró usted la moto a la victima? RESPONDIÓ: Claro, y el aseguro que si era, la moto que le había sido despojada.- 30.- ¿Qué otros funcionarios estaban allí cuando usted llego? ¿No había más funcionarios? RESPONDIÓ: No, nosotros los que andábamos en la comisión.- 31.- Ustedes… RESPONDIÓ: Lo que hicimos fue el acta policial.- 32.- ¿Y ahí no habían mas funcionaros de la Comisaría? RESPONDIÓ: En la Comisaría si habían funcionarios claro, todo el grupo que estábamos trabajando, menos los que estaban durmiendo.- 33.- ¿Usted no observo una moto blanca en el estacionamiento de la Comisaría? RESPONDIÓ: No.- 34.- ¿Usted entrevisto a alguno de los testigos del procedimiento ese? ¿Del hecho? RESPONDIÓ: No.- 35.- ¿No entrevisto a nadie? RESPONDIÓ: A nadie

El Tribunal interroga lo siguiente:
1.- ¿Qué actuación practico usted? Es decir, ¿Cuál fue su función en este procedimiento, le explico, normalmente los funcionarios uno conduce la unidad, se queda en la unidad. ¿Qué hizo usted? RESPONDIÓ: Porque el conductor se queda en la unidad.- 2.- ¿Qué hizo usted? RESPONDIÓ: Abajarme y decirle al ciudadano que se detuviera.- 3.- ¿Quién hizo la inspección al acusado? La inspección de persona RESPONDIÓ: Mi persona.- 4.- Usted. Cuando usted le dice al ciudadano que se pare, que se detuviera, ¿el ciudadano iba delante de la unidad? ¿Ustedes a qué distancia visualizan esa moto? RESPONDIÓ: Como una distancia como de 10 metros.- 5.- ¿Distancia? RESPONDIÓ: Como de 10 metros.- 6.- De 10 metros, luego de que ustedes son informados, de la llamada telefónica en la cual reportan el robo de un vehículo tipo moto, ustedes se trasladan al sitio, y luego hacen un recorrido y usted dice que el Cerro el Mulato es donde atraviesa la vía circulante que es ahí donde ustedes realizan la aprehensión ¿Cuánto se tardaron después de que usted recibe la llamada en llegar a ese sitio? RESPONDIÓ: Como 10 minutos.- 7.- ¿10 minutos? RESPONDIÓ: Si.- 8.- O sea, ¿que la aprehensión se produce a los 10 minutos de haber ocurrido el hecho? RESPONDIÓ: No, la aprehensión se ocurre después que fuimos y visualizamos allá donde nos habían dicho que había ocurrido el hecho desde ahí hasta el Cerro el Mulato duramos como 10 minutos, pero desde que nos llamaron como media hora, cuarenta (40).- 9.- ¿Qué hicieron sus otros compañeros? Los otros funcionarios que usted dice que andaban con usted RESPONDIÓ: Los tres, uno se quedo parado así, yo lo revise y el otro a bordo de la unidad.- 10.- ¿Quién se quedo en la unidad? RESPONDIÓ: El conductor Zapata Héctor.- 11.- Y su otro compañero, ¿Cómo es que se llama, el nombre de su compañero? RESPONDIÓ: Peña Rafael.- 12.- Peña solamente vigilo que usted practicaba el procedimiento RESPONDIÓ: Claro.- 13.- ¿usted me puede dar las características de la moto que presuntamente conducía el acusado? RESPONDIÓ: la moto involucrada era el zumo.- 14.- No, la que conducía el acusado RESPONDIÓ: No, que.- 15.- La que usted le incauto a él, RESPONDIÓ: la moto incautada de él era la que la víctima había señalado.- 16.- ¿Cuáles son las características? RESPONDIÓ: Un zumo verde, un zumo jaguar verde.- 17.- ¿Además de esta moto que usted dice que era la que conducía el acusado, le encontró usted alguna otra evidencia de interés criminalístico? RESPONDIÓ: No, nada.- 18.- ¿En que trasladan ustedes la moto? RESPONDIÓ: La lleva un funcionario.- 19.- ¿Y al acusado lo trasladan en la unidad? RESPONDIÓ: Si, en la unidad.- 20.- ¿Quién es el funcionario que lleva la moto? RESPONDIÓ: Peña.- 21.- Cuando ustedes llegaron a la Comandancia General, usted dice que allí estaba presente la víctima, ¿reconoció al acusado como la persona que lo despojo del vehículo tipo moto? RESPONDIÓ: Si.- 22.- ¿Usted estaba presente cuando él dijo, si esa es la moto? ¿Ustedes se la mostraron? RESPONDIÓ: Cuando nosotros llegamos, cuando nosotros nos llegamos el estaba ahí, la víctima estaba ahí, cuando nosotros bajamos al ciudadano eso había una multitud de gente ahí, y entre ellos estaba la victima.- 23.- ¿Y ustedes le dijeron este es el acusado qué? RESPONDIÓ: No, no, nosotros procedimos a hacer el procedimiento, lo pasamos para adentro, le quitamos la correa, los objetos personales.- 24.- O sea ¿Qué la víctima no vio al acusado en el momento en que ustedes llegan con él a la Comandancia? RESPONDIÓ: El lo vio cuando lo bajamos de la patrulla, cuando lo bajamos el dijo, si, ese es el chamo.-25.- ¿Les dijo a ustedes si, ese es? RESPONDIÓ: Si.- 26.- Posterior a que eso ocurre, tanto la defensa, como la fiscalía pregunto, ¿si usted había, si había llegado a la Comandancia General algún otro tipo de vehículo? RESPONDIÓ: No había más vehículo.- 27.- ¿No había más vehículo? RESPONDIÓ: No, solamente el que había sido objeto del robo.- 28.- ¿Ustedes llegaron a enterarse si el acusado actuó solo o acompañado en el momento de despojar del vehículo tipo moto a la victima? RESPONDIÓ: De verdad, cuando nosotros lo capturamos el estaba solo.- 29.- No la pregunta no es esa, la pregunta es, ¿si ustedes al entrevistarse con la victima les llego a decir cuántas personas había cometido el hecho? RESPONDIÓ: No, el no nos dijo cuantas personas habían.- 30.- La captura se realiza, usted dice que ustedes llegaron al sitio cuarenta (40) minutos después de haber recibido la llamada y que se tardaron 10 minutos en llegar, así son 50 minutos. ¿Eso fue en la noche? RESPONDIÓ: A las nueve (09).- 31.- ¿Nueve de la noche? RESPONDIÓ: Nueve y veinticinco (9:25) por ahí.- 32.- Usted llego a enterarse de alguna otra manera, cuando ustedes llegan al Comando General si la víctima estaba sola o acompañada? RESPONDIÓ: No.- 33.- ¿No se entero usted? RESPONDIÓ: No.- 34.- ¿Cuál fue la conducta del hoy acusado, al momento que usted le dice deténgase? ¿Que hizo? RESPONDIÓ: Normal, se paro normal.- 35.-¿No se resistió? RESPONDIÓ: No, no opuso resistencia a la autoridad.- 36.- ¿Y le llego a dar alguna explicación de por qué cargaba esa moto? RESPONDIÓ: No.- 37.- ¿No les explico? RESPONDIÓ: No.- 38.- ¿Llegaron ustedes a tener conocimiento de cómo se había producido el hecho? ¿La victima les explico si había sido amenazada con algún instrumento o algo? RESPONDIÓ: No, a nosotros no nos dijo nada.- 39.- ¿Sabe usted si a consecuencia del hecho resulto alguna persona lesionada? RESPONDIÓ: Cómo.- 40.- ¿Sabe si a consecuencia de ese hecho resulto alguna persona lesionada? RESPONDIÓ: No.

Testimonio que el Tribunal le resta valor probatorio por cuanto se trata de un funcionario público quien señaló de manera vaga e imprecisa al contradecirse en el núcleo de su declaración respecto de las circunstancias de tiempo modo y lugar de la aprehensión, siendo informados de la llamada telefónica en la cual reportan el robo de un vehículo tipo moto, se trasladan al sitio el cu al no existe claridad, y luego hacen un recorrido por el Cerro el Mulato es donde atraviesa la vía circulante , encontrando al ciudadano que había sido señalado sin embargo no relato quien les dijo el señalamiento que se trataba del autor del hecho que había despojado del vehículo moto a la víctima, dicho que expresa circunstancias anteriores y posteriores a la acción delictiva en su núcleo pero que es contrario a las testimoniales de la victima como se precisará de seguida.

2.-ZAPATA TORREALBA HÉCTOR JOSÉ: Natural de Chabasquen, Municipio Unda, fecha de nacimiento 23-06-1983, funcionario policial activo de la (PEP), residenciado en Chabasquen, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.048.110, no posee vínculo alguno con ninguna de las partes.
El día domingo 3 de Junio, aproximadamente a las 09:25 de la noche nosotros nos encontrábamos en la unidad 092 patrullando, cuando la Jefe de las Instalaciones Yusneidi Silva nos hace un llamado telefónico, quien se encontraba de Jefa de las Instalaciones nos hace una llamada telefónica informándonos que a la altura de la quebrada de Córdoba, vía a Palmarito, se habían robado, había sido robada una moto, color verde, marca zumo, nosotros al recibir la llamada nos dirigimos al sitio donde habían sucedido los hechos, al llegar al sitio no se encontraba nadie, retornamos, y cerca del sitio donde sucedieron los hechos nos encontramos con una persona, con un señor, el cual no quiso dar los datos personales por futuras represarías, como era la gente, nos informo que había pasado una moto a alta velocidad con las características que había dado la víctima el denunciante, nos dijo que había pasado vía Cerro el Mulato, nosotros hicimos un patrullaje por ahí, un recorrido, donde nos encontramos al ciudadano con la moto que había sido robada, con las características.-

La Fiscalía interroga lo siguiente:
1.- La fecha precise, la fecha del hecho RESPONDIÓ: ¿Qué había sido? Día Domingo 03.- 2.- ¿03 de qué? RESPUESTA De junio.- 3.- ¿De junio? ¿A qué hora fue eso? RESPONDIÓ: Aproximadamente la verdad es que la llamada telefónica la recibimos nosotros a las 09:25 de la noche.- 4.- La Juez: ¿A qué hora reciben la llamada? RESPONDIÓ: Como a las 09:25 de la noche.- 5.- ¿Cuántos funcionarios andaban en esa patrulla? RESPONDIÓ: Andábamos tres (03).- 6.- ¿Quiénes son? RESPONDIÓ: Torrealba Carlos y Peña Rafael, mi persona que era el conductor Zapata Héctor.- 7.- ¿Quién recibió la llamada? ¿Quién fue que se comunico? RESPONDIÓ: El Jefe de patrulla.- 8.- ¿Quién es el Jefe de patrulla? RESPONDIÓ: Torrealba Carlos.- 9.- Torrealba Carlos. ¿Qué les dijeron en esa llamada? RESPONDIÓ: Que a la altura de la Quebrada de Córdoba, vía a Palmarito había sido robada una moto, nos dieron, bueno, nos dirigimos al sitio cuando llegamos allá, no se encontraba nadie, retornamos y como le dije anteriormente.- 10.- Una cosa, ¿esa zona donde queda esa Quebrada es una zona rural, es una zona rural o es ciudad? RESPONDIÓ: No, desolada, una zona sola, una quebrada, sola, sola, una quebrada, o sea, es campo, pues.- 11.- Es una zona rural. RESPONDIÓ: Es una zona rural.- 12.-¿Y usted llego hasta el sitio? RESPONDIÓ: Llegamos al sitio, a la quebrada.- 13.- ¿Había buena iluminación en ese sitio? RESPONDIÓ: ha.- 14.- ¿Había buena iluminación, había luz? RESPONDIÓ: Bueno la verdad era de noche y como es una zona rural no hay ni luz, ni alumbrado- 15.- ¿Estaban a oscuras entonces? RESPONDIÓ: Si.- 16.- ¿Qué paso después? RESPONDIÓ: Nos retornamos y nos encontramos al señor como le dije anteriormente, y nos informo que una moto había pasado a alta velocidad vía hacia Cerro el Mulato, que fue en el sitio donde fue capturado el acusado. 17.- ¿Quién? RESPONDIÓ: Arbenis Ramón Manzano.- 18.- ¿Qué es la misma persona que se está juzgando aquí? RESPONDIÓ: Si.- 19.- Bueno, ¿Qué papel le toco jugar a usted allí? RESPONDIÓ: Ha. - 20.- ¿Qué papel como funcionario le toco a usted jugar allí? ¿En el momento de la aprehensión? ¿Qué hizo usted? RESPONDIÓ: No yo era el conductor de la patrulla.- 21.- ¿Se bajo de la patrulla o no? RESPONDIÓ: Si me baje, pero estábamos en el mismo sitio.- 22.- ¿Quién le hizo la revisión al imputado? RESPONDIÓ: Mi compañero. 3.- ¿Quién? ¿Cómo se llama? RESPONDIÓ: Torrealba Carlos y Peña Rafael.- 24.- ¿Qué hicieron luego? RESPONDIÓ: Bueno como vimos que la moto era la misma con las características que habían dado, uno de ellos se fue en la moto y el, al que cargaba la moto nos lo llevamos en la patrulla.- 25.- ¿Quién se llevo la moto? RESPONDIÓ: Torrealba Carlos.- 26.- ¿Cuando llegaron a la Comisaría la víctima estaba ahí? RESPONDIÓ: No, no estaba pero llego al rato.- 27.- ¿Llego al rato? RESPONDIÓ: Si, bueno estaría cerca. 28.- ¿Y el pudo reconocer la moto? RESPONDIÓ: Si.- 29.- ¿Y el imputado? RESPONDIÓ: Ha.- 30.- ¿Y al muchacho que ustedes llevaron? RESPONDIÓ: Por las características él dijo que era él, por las características del vestuario que cargaba.- 31.- ¿Dijo que era él? RESPONDIÓ: Si.- 32.- ¿Ese día, ustedes, los otros compañeros de ustedes, no del grupo suyo sino, no habían hecho alguna retención de otra moto? RESPONDIÓ: Ninguna.- 33.- ¿Color Blanco? RESPONDIÓ: Ninguna.-

La Defensa interroga lo siguiente:
1.- Usted señala que recibieron llamada a las 09:25 aproximadamente de la noche, y ¿A qué hora realizan la aprehensión? RESPONDIÓ: Como a las 10:30 de la noche.- 2.- Como a las 10:30 de la noche, RESPONDIÓ: Si.- 3.- También señala usted que fue que a escasos metros o cerca del sitio donde ocurrió el hecho es que ven al señor que les informa que paso la moto, ¿Eso fue donde? ¿Escasos metros hacia donde? RESPONDIÓ: Después de la encrucijada Córdoba.- 4.-¿Después de la encrucijada? RESPONDIÓ: Córdoba – Palmarito. 5.- La Juez: ¿Cómo? RESPONDIÓ: Córdoba – Palmarito.- 6.- Después de la encrucijada Córdoba – Palmarito, consiguen ustedes al señor. RESPONDIÓ: Si.- 7.- ¿Eso queda cerca de donde ocurrió el hecho? RESPONDIÓ: Si.- 8.- O sea, ¿de la quebrada de Córdoba? RESPONDIÓ: Estuvo cerca.- 9.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si.- 10.- ¿Y ahí cerca hay casas? RESPONDIÓ: Si hay, pero no muy cerca, donde el sitio donde ocurrió el hecho es solo, solo.- 11.- ¿Y ustedes realizan la aprehensión en qué lugar? RESPONDIÓ: Vía Cerro el Mulato.- 12.- Vía Cerro el Mulato, ¿esa vía Cerro el Mulato es poblada, despoblada? RESPONDIÓ: Ahi esta es la parte donde sucedieron los hechos.- 13.-¿Pero hay casas? RESPONDIÓ: Hay casas.- 14.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si.- 15.- ¿Dónde ustedes realizan la aprehensión habían casas? RESPONDIÓ: Si.-16.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si.- 17.- ¿Pudo observar usted si habían personas ahí cerca? RESPONDIÓ: Si habían.- 18.- ¿Si habían personas? RESPONDIÓ: Si.- 19.- ¿Presenciaron esas personas la aprehensión que está diciendo? RESPONDIÓ: Estaban allí si. 20.- ¿Si?: RESPONDIÓ: Si.- 21.- ¿Cómo fue la aprehensión?, ¿Cómo avistaron ustedes al muchacho en la moto? ¿Cómo fue eso? RESPONDIÓ: Nosotros lo encontramos en la vía, el iba en la moto, cuando le dimos la voz de alto. - 22.- ¿Pero lo interceptaron ustedes o cómo? ¿Qué hicieron? RESPONDIÓ: Nosotros le hicimos el llamado de alto y él se paro, en la patrulla, cuando vimos que era la moto que, la cual tenía las mismas características que había señalado el muchacho cuando fue a hacer la denuncia .- 23.- ¿El muchacho iba acompañado de otra persona? RESPONDIÓ: No, solo.- 24.- ¿Iba solo? RESPONDIÓ: Si.- 25.- ¿Opuso resistencia? RESPONDIÓ: No, ninguna.- 26.- ¿No? RESPONDIÓ: No.- 27.- ¿Eso queda como cuanto aproximadamente?, o sea, ¿donde fue la aprehensión al lugar donde ocurrió el hecho? RESPONDIÓ: Fue más o menos como 500 metros.- 28.- ¿Cómo a 500 metros? RESPONDIÓ: Como a 500 metros del pueblo, desde el pueblo a donde ocurrió el hecho fue como 500 metros más o menos.- 29.- Es cerca pues, relativamente cerca RESPONDIÓ: Si, es cerca donde ocurrió el hecho y es cerca del Comando también.- 30.- ¿Del Comando? RESPONDIÓ: Cerca del Pueblo.-31.- ¿No había alumbrado eléctrico ahí donde? RESPONDIÓ: Si, si había.- 32.- ¿Había alumbrado eléctrico? RESPONDIÓ: Donde fue la captura si.- 33.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si.- 34.- Cuándo ustedes llegan a la Comisaría, ¿Estaba la victima allí? RESPONDIÓ: No estaba.- 35.- No estaba RESPONDIÓ: Tampoco al momento llego.- 36.- ¿Cómo cuanto tiempo duro para llegar la victima? RESPONDIÓ: Como 5-10 minutos.- 37.- ¿Llego acompañada de alguien la victima? RESPONDIÓ: No, llego solo.- 38.- ¿Solo? RESPONDIÓ: Si.- 39.- ¿Observo usted en el estacionamiento de la Comisaría alguna moto blanca o como adentro de la Comisaría, esa noche? RESPONDIÓ: No.- 40.- ¿Quién reviso al acusado? RESPONDIÓ: Mi compañero Carlos Torrealba y mi compañero Peña Rafael.- 41.- ¿Los dos lo revisaron? RESPONDIÓ: Si.- 42.- ¿Qué hizo usted? RESPONDIÓ: Yo era conductor y solamente le preste el apoyo a ellos para cuando lo fue, al momento de la revisión.- 43.- ¿En el momento en que ustedes llegan y detienen la moto, ustedes se bajan todos de la patrulla? RESPONDIÓ: Si.- 44.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si

El Tribunal interroga lo siguiente:
1.- Usted le acaba de decir a la Defensora que se fueron todos en la patrulla, ¿Quién se llevo la unidad tipo moto? RESPONDIÓ: No nos fuimos, nos bajamos.- 2.- ¿Se bajaron? RESPONDIÓ: Si.- 3.- ¿De la patrulla? RESPONDIÓ: Pero en el sitio donde revisamos la moto.- 4.- Donde hicieron la aprehensión, ¿Quién se llevo la moto? RESPONDIÓ: La moto se la llevo mi compañero Carlos Torrealba.- 5.- Y usted se va junto con Rafael Peña y el acusado. RESPONDIÓ: En la patrulla.- 6.- ¿El acusado iba conduciendo en la moto?, iba, usted dice que le dieron la voz de alto dice usted, ¿el iba desplazándose en la moto? RESPONDIÓ: Si.- 7.- ¿Iba solo o acompañado? RESPONDIÓ: Si.- 8.- El andaba acompañado. RESPONDIÓ: Iba solo.- 9.- Solo, RESPONDIÓ: Si.- 10.- ¿Qué hizo el acusado? al momento en que usted dice que le dan la voz de alto RESPONDIÓ: El se paro y no presento ninguna resistencia.- 11.- ¿Qué ropa vestía el acusado? RESPONDIÓ: Una camisa blanca.- 12.- ¿Pantalón, calzado? RESPONDIÓ: ¿Ha?- 13.- ¿Pantalón, calzado? RESPONDIÓ: Jeans azul y unos zapatos blancos.- 14.- Además de la moto que presuntamente conducía el acusado, ¿Qué otras evidencias de interés criminalístico le fueron incautadas? RESPONDIÓ: No, ninguna.- 15.- ¿Le solicitaron ustedes al acusado algún tipo, o alguno de sus compañeros que fue que realizaron la inspección, algún tipo de documentación respecto de ese vehículo? RESPONDIÓ: ¿Cómo dice?- 16.- Si ustedes, o sus compañeros que fue los que hicieron la inspección, ¿le solicitaron a él algún tipo de documentación sobre el vehículo? RESPONDIÓ: Ellos le pidieron un tipo de documentación pero no cargaba.- 17.- No cargaba documentación RESPONDIÓ: No.- 18.- Cuando ustedes llegan al Comando o la Comisaría usted dice que como a los 10 minutos llego la víctima, ¿ustedes le mostraron a la victima a la persona del acusado? RESPONDIÓ: Si.- 19.- ¿Si se la mostraron? RESPONDIÓ: Si.- 20.- ¿La victima les dijo que esta le había despojado de su vehículo tipo moto? RESPONDIÓ: Si.- 21.- ¿Tiene usted conocimiento si la víctima le hizo saber cómo ocurrió el hecho, a ustedes? RESPONDIÓ: ¿Si nos hizo saber?- 22.- ¿Si la víctima le comento como había sido despojado de la moto? RESPONDIÓ: Bueno, el en el momento que nosotros llegamos al Comando dijo que, era el muchacho que lo había despojado de su moto, dijo que en el momento de haber sido robado, lo había amenazado con un arma de fuego y le había dado por la cabeza.- 23.- ¿Les hizo saber la victima si el andaba solo o acompañado? RESPONDIÓ: El dijo que en el momento andaba acompañado, pero cuando nosotros le hicimos la captura andaba solo. 24.- ¿No, no, no, la victima? RESPONDIÓ: La victima.- 25.- ¿La victima les dijo que andaba acompañada y la captura del ciudadano la hacen solo? RESPONDIÓ: Si.- 26.- ¿Usted me puede describir el sitio exacto de la aprehensión, donde se hace la captura? RESPONDIÓ: Es un caserío.- 27.- Aja, pero un Caserío, ¿Cómo se llama? Si fue en un sitio abierto, cerrado RESPONDIÓ: Un sitio abierto.- 28.- Si fue poblada, despoblada RESPONDIÓ: En una vía pública, una vía pública.- 29.- ¿Cómo se llama el Caserío? RESPONDIÓ: Donde se encuentran pocas casas y el Caserío se llama La Peñita vía, Cerro el Mulato.

Testimonio que el Tribunal no le da valor probatorio por ser vertido de manera imprecisa y poco coherente las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la aprehensión de los acusados, en un procedimiento en el que llegó a prestar apoyo a los funcionarios actuantes del mismo. Los hechos que individualmente el funcionario señalo no concuerda con la declaración del funcionario Torrealba Escalona Carlos José , son los siguientes:
 Que el funcionario el Domingo 03-06-2012, estaba en jornada de patrullaje recibieron una llamada telefónica siendo informados que a la altura de la quebrada de Córdoba, vía a Palmarito, se habían robado, había sido robada una moto, color verde, marca zumo, al recibir la llamada se dirigen al sitio donde habían sucedido los hechos, al llegar al sitio no se encontraba nadie, es decir que difiere en cuanto al lugar especifico de la aprehensión, hora y fecha en la misma se practicó, como también la distancia y direccionalidad del sitio del suceso y el lugar en que se practica la aprehensión. Tampoco revela de modo cierto quien traslada el vehiculo tipo moto presuntamente robado luego de su incautación, ya que se señaló que el funcionario Torrealba Escalona Carlos José como la persona que lo hizo y este último indicó que había sido otro funcionario, es decir no es una prueba convincente respecto de cómo se produjo la aprehensión, ni mantiene la concordancia con la declaración antes analizada. Así se declara.-


3.- PEÑA VARGAS RAFAEL JOSÉ: Fecha de nacimiento 05-09-1989, natural de Biscucuy, Estado Portuguesa, soltero, de profesión u oficio Funcionario Policial, residenciado en el Cerro Saguas, Biscucuy, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.766.882, no posee vinculo alguno con ninguna de las partes.
El 03 de Junio del 2012, cuando estábamos a la hora de patrullaje, en horas de la noche, a las 09:25 recibimos un llamado de la Jefe de las instalaciones Silva Yusneidi, donde nos respondían que se habían robado, que habían robado una moto en la quebrada de Córdoba, vía Palmarito, posteriormente nos dirigimos al sitio y un recorrido por ahí, por el sitio y no se visualizo nada, mas adelante nos encontramos un ciudadano que no quiso dar su nombre, ni nada por el estilo, por miedo a represalias y nos informo que a pocos minutos había pasado una moto a alta velocidad y un ciudadano con camisa blanca y que había agarrado vía Cerro el Mulato, posteriormente nosotros nos dirigimos al sitio, en un patrullaje, estando hacia la vía de Cerro el Mulato, cuando vamos subiendo, nos encontramos, vemos la moto que va y le dimos la voz de alto, y revisamos las características y la cuestión y constataba con las descripciones que nos habían dicho y nos dirigimos hasta el Comando.

Preguntas de la Fiscalía
1.- ¿Diga quien lo acompaño a usted en ese procedimiento? RESPONDIÓ: El oficial Héctor Zapata y el oficial Torrealba Carlos.- 2.- Cuando hizo la aprehensión, la persona que está siendo juzgado en este Tribunal, ¿Quién le hizo la revisión de persona? RESPONDIÓ: La revisión de persona la hizo Torrealba Carlos. 3.- ¿Cuál fue el papel que usted jugo ahí? RESPONDIÓ: Recibí llamada vía telefónica de prevención.- 4.- ¿En el momento de la aprehensión qué hizo usted? RESPONDIÓ: Ha. 5.- ¿Qué hizo usted? RESPONDIÓ: Darle la voz de alto al ciudadano, posteriormente se le hizo una inspección de persona, se le hizo una inspección al vehículo, porque las características concordaban con las antes mencionadas. 6.-¿Y de que características estamos hablando cuáles son esas? RESPONDIÓ: De la moto, de un zumo verde, tipo jaguar. 7.- Ese vehículo, ¿Quién lo traslado a la Comisaría? RESPONDIÓ: El vehículo lo traslado el ciudadano Carlos Torrealba, el oficial. 8.- La Juez: ¿Quién lo traslado? RESPONDIÓ: El oficial Torrealba Carlos. 9.- ¿Quién conducía la patrulla? RESPONDIÓ: El oficial Zapata Héctor.- 10.- ¿Cuál fue el papel que realizo él? RESPONDIÓ: Aja. ¿El oficial Zapata Héctor? 11.- RESPONDIÓ: No, el estaba conduciendo la unidad. 12,- La Juez: ¿Cómo? RESPONDIÓ: El estaba conduciendo la unidad. 13.-¿Y al momento de la aprehensión se bajo de la unidad o no se bajo? RESPONDIÓ: No, no se bajo.- 14.- La Juez: ¿No se bajo de la unidad? RESPONDIÓ: No.15.- Cuando llegaron a la Comisaría la víctima estaba allí? RESPONDIÓ: Si. 16.- ¿Y ustedes le presentaron al aprehendido con la moto y él lo reconoció? RESPONDIÓ: El identifico la moto de una vez, cuando llegamos, por que el estaba ahí. 17.-¿Identifico la moto? RESPONDIÓ: si. 18.- Con respecto al aprehendido ¿Qué dijo? RESPONDIÓ: El no, se quedo como paralizado, se quedo ahí, vio la moto y esa es la moto mía, fue lo primero que vio fue la moto. 19.- La Juez: ¿Y al acusado? RESPONDIÓ: Al acusado, no, el no dijo nada, no dijo. 20.- La Juez: ¿No dijo nada? RESPONDIÓ: Porque era muy oscuro dijo él, no, no lo había visualizado porque era muy oscuro. 21.- ¿Dijo que no lo había identificado porque era?, en el sitio RESPONDIÓ: Cuando, al momento que lo robaron a él, estaba muy oscuro, esa es una zona muy oscura. 22.- Ahora, cuando ustedes van al sitio, a la Quebrada de Córdoba, ¿Ese sitio es oscuro o es iluminado? RESPONDIÓ: No, oscuro. 23.- ¿Oscuro? RESPONDIÓ: Si, sí, es zona montañosa y hay pocas casas. 24.- Dígame una cosa, ¿el ciudadano iba a bordo de la moto o la tenía parada? RESPONDIÓ: Iba a bordo de la moto. 25.- Iba a bordo de la moto RESPONDIÓ: Si. 26.- ¿A alta o poca velocidad? RESPONDIÓ: No, iba, la vía es, la vía es de piedra, pero cuando iba hablando si iba a una velocidad de 40 por la situación. 27.- ¿Como era la vía dice usted? RESPONDIÓ: Ha. 28.- ¿Cómo era la vía? RESPONDIÓ: Tipo de piedra, de granzón. 29.- ¿Esa es una zona rural? RESPONDIÓ: Si, una zona rural.- 30.- OK, ¿El iba solo? RESPONDIÓ: Si. 31. ¿Le consiguieron ustedes algún arma a él? RESPONDIÓ: No, para el momento de la detención no. 32.- ¿Y cómo andaba vestido él? RESPONDIÓ: Con una camisa blanca y dentro de la franela. 33.- ¿Y el pantalón? RESPONDIÓ: Un jeans azul. 34.- ¿Los zapatos? RESPONDIÓ: No, no, logre ver eso.

Preguntas de la Defensa
1.- ¿A qué hora realizaron la aprehensión? RESPONDIÓ: A las 10:50.- 2.- Usted sabía de donde usted dice hubo la aprehensión o el lugar específicamente donde hubo la aprehensión ¿poblada o despoblada? RESPONDIÓ: Disculpe. 3.- Poblada, poblada quiere decir si hay casas RESPONDIÓ: No, no repítame la pregunta que no la escuche bien.- 4.- Si el sitio donde hubo la aprehensión, la aprehensión del ciudadano, era poblada o despoblada? RESPONDIÓ: Una que otra casita, no mucho, como 2 o 3 casitas así, pero no sé, como era un oscurero, es un sitio oscuro. 5.- ¿Alumbrado público ahí? RESPONDIÓ: No. 6.- ¿No hay alumbrado? RESPONDIÓ: Hay luz eléctrica, pero en la carretera no hay alumbrado público, en las orillas no hay luz, las luces de las casitas que se ven así. 7.- Observo usted, si en esas casitas que usted dice ¿habían personas observando? ¿Que estaban observando? RESPONDIÓ: Si, se veían personas. 8.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si. 9.- ¿Usted dice que una persona le informo que paso una moto? RESPONDIÓ: No, la persona que nos informo, nosotros estábamos en la hora de patrullaje, cuando nos llamaron y estábamos preguntando y nos informo la persona y no nos quiso dar identificación por temor a represalias y cuestiones así. 10.- ¿Dónde fue que ustedes localizaron a esa persona que les informo? RESPONDIÓ: En la esquina de Pedrito. 11.- ¿Ha? RESPONDIÓ: En la esquina de Pedrito. 12.- En la esquina de Pedrito RESPONDIÓ: Si.- 13.- ¿Eso es donde? RESPONDIÓ: Eso es por el centro, por la parte del centro ya aquí, por la parte del centro. 14.- ¿En el centro de Chabasquen? RESPONDIÓ: Diagonal al centro, como te explico, este, sabe que del puente de Córdoba, Chabasquen. 15.- ¿Qué distancia hay más o menos, aproximadamente hay de donde ocurrió el hecho a donde ocurrió la aprehensión? RESPONDIÓ: ¿De donde ocurrió el hecho a donde ocurrió la aprehensión?, no, difícil, difícil de calcular. 16.- Pero más o menos, ¿es lejos o es cerca? RESPONDIÓ: Es una ruta como muy, no es lejos, un poco lejos, retirado, pero no tanto. 17.- ¿Es retirado del pueblo de Chabasquen? RESPONDIÓ: Mas o menos, no mucho, porque es una ruta demasiada, es muy fuerte, decir que voy. 18.- ¿Decir que es cerca o es lejos? RESPONDIÓ: No, porque no es ni tan cerca, ni tan lejos. 19.- ¿Son vías distintas? RESPONDIÓ: Si.- 20.- ¿La aprehensión esta, donde ocurre la aprehensión, está cerca del Comando de la Policía? RESPONDIÓ: Queda a una distancia más o menos, desde el Comando a donde hubo la aprehensión del ciudadano hay una distancia más o menos, como 15, 20 minutos más o menos aproximadamente. 21.- ¿Qué hace usted cuando?, ¿dice usted que avistaron la moto?, ¿qué hace usted?, o sea, ¿Quién es el que hace la voz de alto? Quien da la voz de alto, RESPONDIÓ: La voz de alto la da el compañero Torrealba Carlos. 22.- Torrealba Carlos, RESPONDIÓ: Si. 23.- ¿Y usted se baja de la patrulla? RESPONDIÓ: Claro. 24.- ¿Qué hizo usted? RESPONDIÓ: Prevenir, se le dio la voz de alto, porque él hizo la inspección y uno tiene que estar resguardando la seguridad del compañero de uno tanto la persona que se le está haciendo la inspección. 25.- ¿Quién realizo la inspección del vehículo? RESPONDIÓ: La revisión del vehículo la realizo Torrealba Carlos. 26.- ¿Cuando ustedes detienen a la persona, iba solo o acompañado? RESPONDIÓ: Solo. 27.- ¿Cuándo ustedes llegan a la comisaría se encontraba la victima allí? RESPONDIÓ: Si. 28.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si. 29.- ¿Dónde estaba la victima ubicada? RESPONDIÓ: ahí en prevención. 30.- ¿Habían otros funcionarios de la Policía allí? RESPONDIÓ: La oficial, la Jefa de los Servicios. 31.- ¿Se entrevisto usted con la victima? RESPONDIÓ: Si. 32.- ¿Si? RESPONDIÓ: Si, yo hable con él, y la cuestión y le dije que él iba a ir a identificar la moto, esa es mi moto.33.- ¿Observo usted una moto blanca esa noche ahí en la Comisaría? RESPONDIÓ: No, en ningún momento, en ningún momento. 34.- ¿No? RESPONDIÓ: No la moto verde, la del ciudadano que le había robado. 35.- ¿Estaba otra persona acompañando a la victima ahí? RESPONDIÓ: No, se vio fue a la victima. 36.- ¿Usted no se entrevisto con otra persona de ese testigo? RESPONDIÓ: No.

Preguntas de la Juez
1.- Usted ha dicho que fue Torrealba quien traslado la moto presuntamente robada, que conducía el hoy acusado al momento de la detención, según usted mismo, ¿usted en ningún momento se fue en esa moto a la Comisaría? RESPONDIÓ: No. 2.- Usted dice que en el comando no había ninguna otra moto, solo esa, la que ustedes habían trasladado y usted dice que fue Torrealba quien la traslado. RESPONDIÓ: Si. 3.- ¿Tiene usted conocimiento si en esa oportunidad algún otro funcionario llego a trasladar una moto blanca a la Comisaría? RESPONDIÓ: No. 4.- ¿No tiene conocimiento? RESPONDIÓ: No. 5.- ¿Usted me puede decir o dar las características específicas del lugar de aprehensión? RESPONDIÓ: Del para el lugar de la aprehensión, como ha 15, 20 minutos de la Comisaría, vía hacia los Mulatos, al frente, eso es zona boscosa, zona boscosa, la vía es pendiente, carretera de piedra, unas casitas, pocas casitas alrededor pero poquitas, como 2 o 3 más o menos el sitio de la aprehensión. 6.- ¿Cuánto tiempo más se tardan ustedes en llegar, del sitio donde ocurre el hecho al sitio donde, a hacer la aprehensión del acusado? RESPONDIÓ: Como 45 minutos porque hicimos una labor de patrullaje, una labor de patrullaje de investigación de averiguación.7.- ¿Ustedes llegaron a solicitar al acusado algún tipo de documentación sobre la moto? RESPONDIÓ: Si.- 8.- ¿Qué les dijo el acusado? RESPONDIÓ: Que no tenía. 9.- ¿No tenia documentación? RESPONDIÓ: Documentación del vehículo. 10.- Usted ha señalado que al momento de llegar a la Comisaría, conjuntamente con el acusado y con el vehículo tipo moto, la víctima estaba allí RESPONDIÓ: Si. 11.- Y que inmediatamente identifico su vehículo. RESPONDIÓ: Si.- 12.- ¿La victima les indico si el acusado había sido el autor del robo?. RESPONDIÓ: No, sino al contrario les hizo saber que estaba muy oscuro. 13.- ¿Alguna vez les llego a decir a ustedes cuantas personas le atracaron? RESPONDIÓ: No. 14.- ¿La victima les llego a informar a ustedes si para el momento en que se produce el hecho ella estaba sola o acompañada? RESPONDIÓ: Nos dijo que no, no nos dijo, porque nosotros recibimos vía telefónica la llamada.- 15.- No pero la víctima, cuando ustedes llegan a la Comisaría RESPONDIÓ: No, el dijo que estaba solo.- 16.- ¿Dijo que estaba solo? RESPONDIÓ: Si, el estaba solo en su moto.- 17.- ¿Y había, usted sabe si entrevistaron a alguna persona de testigo en este procedimiento? ¿No sabe? RESPONDIÓ: No se.- 18.- La persona que les informo y que no les quiso dar su identidad por temor, que les dijo que había visto a una persona pasar a alta velocidad, en la zona donde ustedes entrevistaron a esa persona, ¿Se puede desarrollar una alta velocidad? RESPONDIÓ: Si.- 19.- ¿Esa es carretera asfaltado? RESPONDIÓ: Si, si.- 20.- Sin embargo le pregunto, usted ha indicado que el lugar de la aprehensión se trata de una pendiente, zona boscosa, carretera de piedra RESPONDIÓ: Si.- 21.- ¿Ese lugar se comunica con el sitio donde estaba el informante? RESPONDIÓ: No.- 22.- ¿No? RESPONDIÓ: Bueno, es diagonal, porque eso es pendiente.- 23.- Aja, RESPONDIÓ: Esta la pendiente, llega al pueblo, el sitio donde estaba el informante, es en el pueblo abajo.- 24.- Es en el pueblo RESPONDIÓ: Abajo, cerca del puente de Córdoba.- 25.- ¿Dónde estaba el informante? RESPONDIÓ: Aja.- 26.-Es decir, ¿que presuntamente son, totalmente opuestas el sitio del hecho a donde está el informante y el sitio donde aprehendieron? ¿En extremos? RESPONDIÓ: Tiene concordancia por la cuestión de la vía, era la vía más alterna.- 27.- ¿Es una vía alterna? RESPONDIÓ: Más factible pues, más factible, de escape.-

Declaración esta a la cual este testigo por ser vertido por un funcionario público, le confiere valor probatorio por ser rendida durante el desarrollo del debate con todas las formalidades de ley resultando a criterio de este Tribunal las afirmaciones hechas verosímiles ya que este testigo no incurrió en contradicciones, ni titubeos a la hora de señalar, que la victima les indico que el acusado no había sido el autor del robo, sino al contrario les hizo saber que estaba muy oscuro.

4.- VICTIMA: GODOY YUNIOR, Fecha de nacimiento 26-.3-1993, de 19 años de edad, natural de Chabasquen, Estado Portuguesa, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en el Caserío Piedra Hueca del estado Lara, titular de la cédula de identidad Nº V-23.576.852, no posee vinculo alguno con ninguna de las partes.
"El caso es que el día de hoy domingo 03/06/2012, aproximadamente a las 08:30 de la noche venia en mi moto personal en compañía del ciudadano CARLOS GODOY en la quebrada de córdoba vía a Palmarito de este Municipio Unda cuando de repente me sale un chamo armado y vestía una camisa de cuadros blanco y morado en ese momento nos asustamos y nos caímos de la moto y comenzó amenazarnos con el arma que traía, al rato sentí un golpe por la cabeza y luego le dio a mi compañero y nos apuntaba y nos decía que si nos levantábamos nos disparaba levanto la moto del piso la prendió y se fue, nos levantamos y cuando veníamos para la policía nos dieron la cola hasta llegar aquí a poner la denuncia. Es todo en cuanto tengo que decir al respecto. Es todo".

Preguntas de la Fiscalía
1.- Ciudadano ¿en qué fecha sucedió eso? RESPONDIÓ: 03 de Julio.- 2.- ¿De Julio de qué? RESPONDIÓ: De este año.- 3.- ¿A qué hora fue eso? RESPONDIÓ: A las 08:30, 09:00 de la noche.- 4.- ¿Dónde fue eso? RESPONDIÓ: Quebrada de Córdoba, en la vía a Palmarito.- 5.- La Juez: ¿Cómo Quebrada de Córdoba? RESPONDIÓ: Córdoba, Caserío Palmarito.- 6.- ¿Eso queda donde? ¿Qué Municipio? RESPONDIÓ: Unda, Chabasquen.- 7.- ¿Usted dice que andaba acompañado de su tío? RESPONDIÓ: Si.- 8.- ¿Cuántas personas lo interceptaron a usted? RESPONDIÓ: Dos.- 9.- ¿Dos personas? RESPONDIÓ: Si.- 10.- ¿Esas personas tenían armas? RESPONDIÓ: Si.- 11.- ¿Qué tipo eran? RESPONDIÓ: Como un revolver.- 12.- ¿Las dos estaban armadas o uno solo? RESPONDIÓ: Uno solo, bueno a ese fue que yo vi, que lo tenía en frente.- 13.- ¿Esa persona que usted tenía en frente es la misma persona que tenemos aquí, al acusado? RESPONDIÓ: Así la verdad no estoy seguro porque era de noche, eran las 08:30, 09:00 de la noche y ahí no hay poste nada.- 14.- ¿No había alumbrado? RESPONDIÓ: No.- 15.- ¿Pero recuerda si el andaba con una capucha? RESPONDIÓ: No.- 16.- O andaba. RESPONDIÓ: No.- 17.- ¿Recuerda como andaba vestido? RESPONDIÓ: La verdad no se veía creo que una camisa como blanca, no se.- 18.- ¿En el momento usted estaba asustado? RESPONDIÓ: Si.- 19.- ¿Nervioso? RESPONDIÓ: Si.- 20.- ¿Por qué? RESPONDIÓ: Porque me estaban apuntando con un arma.- 21.- ¿Qué fue lo que no le permitió observar, detalladamente a la persona que lo estaba, además de la oscuridad? ¿Qué otra cosa? RESPONDIÓ: No se, sería el susto, los nervios que me fueran a matar ahí.- 22.-Usted dice que había otra persona que estaba haciendo? RESPONDIÓ: El tío dice que lo tenían pisado en el pecho no lo dejaban, pero yo no, a la otra persona no lo vi.- 23.- ¿Dígame las características de su moto? RESPONDIÓ: Una jaguar, zumo 2007, color verde.- 24.- ¿Qué color? RESPONDIÓ: Verde.- 25.- La Juez: Ya va que no entendí una jaguar? RESPONDIÓ: Zumo, color verde, año 2007.- 26.- ¿Una vez que lo despojan a usted de ese vehículo, las personas que lo despojaron de él se fueron en el, los dos o uno solo? RESPONDIÓ: Uno solo.- 27.- La Juez: ¿Cómo? RESPONDIÓ: Uno solo se fue en la moto.- 28.- La Juez: ¿En la moto de ustedes? RESPONDIÓ: Si.- 29.- ¿Y ahí, en ese momento no pudo usted observar como andaba vestido? RESPONDIÓ: No, yo me tire al piso, no ve que me golpearon con la cacha.- 30.- Ha, si es verdad, RESPONDIÓ: Yo me hice el desmayado pues.- 31.- ¿Y la otra moto que características tenía, la que cargaban los sujetos? RESPONDIÓ: No me fije.- 32.- Las Juez: Ya va doctor, que no escuche, RESPONDIÓ: No me di cuenta que color era la otra moto.- 33.- La Juez: ¿Los sujetos andaban en otra moto? RESPONDIÓ: Si, pero no me fije, era de noche y estaban escondidos pues, de repente fue que.- 34.- ¿Cuánto tiempo transcurrió desde que ellos terminaron de cometer el delito a que usted fuera a la comisaría más cercana? RESPONDIÓ: Como 15 minutos, 20 minutos.- 35.- ¿Y a qué hora le presentaron a usted al acusado? RESPONDIÓ: Como a una hora, una hora y media.- 36.- ¿Una hora después de que usted interpuso la denuncia? RESPONDIÓ: Una hora, una hora y pico por ahí.- 37.- ¿Qué planteo usted en ese momento, cuando los policías le presentaron al ciudadano que estamos mirando aquí? RESPONDIÓ: ¿De qué?.- 38.- ¿La denuncia que usted planteo?, ¿Qué le dijeron los policías? RESPONDIÓ: No, me preguntaron si él era el que me había robado la moto.- 39.- ¿Qué dijo usted? RESPONDIÓ: No pues, no sé, no sé, porque no vi la moto, no había visto la moto.- 40.- ¿Qué tipo de vehículo le presentaron a usted con el ciudadano? RESPONDIÓ: Una moto blanca.- 41.- ¿Esa era la moto suya? RESPONDIÓ: No, la trajeron después.- 42.- ¿Pero usted dijo que le trajeron la moto suya después RESPONDIÓ: Después.- 43.- ¿Cuánto tiempo transcurrió? RESPONDIÓ: Como 20 minutos, 15 minutos, por ahí.- 44.- 15 minutos, ¿Quién se la trajo? RESPONDIÓ: Otro policía.- 45.- Aja, ¿Qué le dijo ese policía? RESPONDIÓ: No, que la había agarrado en el lugar, cerca de ahí.- 46.- ¿Cerca de? RESPONDIÓ: Cerca de donde estaba el, una cuneta.- 47.- la Juez: ¿Una qué? RESPONDIÓ: Una cuneta.- 48.- ¿La consiguieron abandonada?.- 49.- La Juez: ya va doctor que no escuche, RESPONDIÓ: Una cuneta así tirada.- 50.- Bien, entonces, esa moto no la trajeron con nadie, sino que la policía, solo el policía, y dijo que la consiguió en una cuneta. RESPONDIÓ: Si.- 51.- ¿Cuándo usted dice, cerca de donde estaba el?, ¿quien le manifestó eso? RESPONDIÓ: Los policías andaban diciendo.- 52.- Aja, ¿pero qué sitio era ese? RESPONDIÓ: Cerró el Mulato, Caserío Cerro el Mulato.- 53.- ¿Pero es un sitio abierto, una casa? RESPONDIÓ: Es otro campo.- 54.- Una licorería, una cancha de bolas criollas RESPONDIÓ: Un campo así, siembre de lado y lado, siembra de café, así.- 55.- ¿Monte de lado u lado? RESPONDIÓ: Si.-

Preguntas de la Defensa
1.- ¿Usted señala que andaba acompañado de su tío? RESPONDIÓ: Si.- 2.- ¿Cómo se llama su tío? RESPONDIÓ: Carlos Godoy.- 3.- La Juez: ¿Como se llama? RESPONDIÓ: Carlos Godoy.- 4.- Cuando usted dice que sintió, que se movió, que le pegaron a su tío, ¿ustedes venia en la moto montados o venían? RESPONDIÓ: Montados.- 5.- ¿Venían montados en la moto montados? RESPONDIÓ: Si.- 6.-¿Cómo a qué hora llega usted a la Comisaría? RESPONDIÓ: Como a las 09:00 por ahí.- 7.- ¿Cómo a las nueve? RESPONDIÓ: Si, 09:00, nueve y pico.- 8.- ¿Cómo a qué hora llegan los funcionarios, con la persona detenida que usted dice que, con una moto que no era la suya? RESPONDIÓ: Como a una hora.- 9.- ¿Como a una hora después? RESPONDIÓ: Si.- 10.- Esa moto que usted dice que era de color blanco, ¿donde quedo esa moto? ¿Usted se informo de eso o tuvo conocimiento? RESPONDIÓ: No yo la vi ahí fuera de la Comandancia.- 11.- ¿Cuantos funcionarios llegaron con el detenido y con la moto blanca? RESPONDIÓ: Estaban como seis (06).- 12.- ¿Seis funcionarios? RESPONDIÓ: más o menos por ahí.-

Preguntas de la Juez
1.- Ciudadano, ¿qué fecha le indico usted al Fiscal que había ocurrido eso Junio o Julio? RESPONDIÓ: De Julio.- 2.- ¿03 de Julio? RESPONDIÓ: Si.- 3.- ¿Usted presento una declaración a los funcionarios, declaro ante los funcionarios policiales? RESPONDIÓ: ¿Cómo?.- 4.- Usted, declaro en la policía, en la Comisaría donde levantaron el procedimiento, usted puso la denuncia allí, presento una declaración me imagino ¿verdad? RESPONDIÓ: Si.- 5.- ¿Usted hizo eso? RESPONDIÓ: Si.- 6.- ¿Usted llego a mencionarle a los funcionarios que solamente fue atacado por un solo sujeto o dos? RESPONDIÓ: Por 2.- 7.- ¿Por dos? RESPONDIÓ: Si.- 8.- ¿Usted leyó lo que ellos le pusieron a suscribir? RESPONDIÓ: ¿Cómo?.-9.- ¿Usted leyó el acta, la leyó, el acta que usted suscribió cuando presento la denuncia? RESPONDIÓ: No.- 10.- Cuando usted informa al Tribunal que los funcionarios llegaron con una moto blanca, que no era su moto y que luego a la hora más tarde llegan con este ciudadano y que la moto según usted la traía otros funcionarios dice usted, porque la encontraron en una cuneta, ¿usted hizo saber a los funcionarios que este fue el acusado que los ataco?, ¿la persona que los ataco? RESPONDIÓ: No, que andaba con una camisa blanca, pero él no sé, el cargaba otra camisa ahí de cuadros blanco con morado, como que era, negro, que cargaba él, el día ese que lo llevaron para allá.- 11.- ¿Cuándo usted dice que fueron despojados del vehículo, usted dice que usted sintió que a su tío lo agraden por la parte de atrás ¿ustedes iban con el vehículo en marcha? RESPONDIÓ: Si.- 12.- ¿Y usted observo si esos sujetos o esas personas iban con algún otro tipo de vehículo detrás de ustedes o como fue eso? Explíqueme, explíquenos en detalle el momento. RESPONDIÓ: No, nos estaban esperando.- 13.- ¿Los estaban esperando ahí a pie? ¿Usted los vio? RESPONDIÓ: No, pero yo sentí una, yo escuche la moto que llegaron por detrás, la moto la cargaban ahí, la tenían escondida ahí, pero de repente fue que lo golpearon a él, ahí siempre han robado personas así, motos también han intentado robar.- 14.- Ciudadano, necesito que explíquele al Tribunal ¿Cómo es que si yo voy en una moto en marcha verdad, alguien me da atrás otra persona, cómo la alcanzan, cómo tienen alcance, con que le dieron a su tío? RESPONDIÓ: Sabe que la pasarela si yo voy con una moto andando, verdad, usted siente que impactan con la persona que va atrás, se supone que va circulando la moto. 15.- ¿Cómo es que le dan alcance? Al menos que le hayan lanzado algún objeto no sé, por eso es que quiero que usted explique al Tribunal como es o ¿Cómo lesionaron a su tío? ¿Qué es lo que usted escucho atrás? RESPONDIÓ: La pasarela queda así en alto así, es un muro aquí y un muro aquí, así, ahí uno tiene que pasar poco a poco pues, con cuidaito, de repente yo siento que le dan el golpe a él porque él me golpea a mí, con el cuerpo de él, me golpea a mí y me hace perder el equilibrio, cuando yo volteo lo jalan así hacia atrás, lo tumban de la moto, después yo volteo otra vez para adelante y me están apuntando con un arma.- 16.- ¿Sabe usted si la otra persona que agredió a su tío, usted dice que no lo vio, su tío llego a manifestarle si esta otra persona también andaba armada? RESPONDIÓ: No.- 17.- ¿No sabe usted nada de eso? RESPONDIÓ: No.- 18.- ¿Usted es del sector, verdad? ¿Conoce el área por donde usted andaba? RESPONDIÓ: Si.- 19.- El lugar donde le dijeron los funcionarios que habían encontrado abandonada la moto y el lugar donde ustedes fueron atracados ¿A qué distancia estaban? RESPONDIÓ: Estaban como a, como a dos kilómetros, dos kilómetros y medio.- 20.- ¿Kilómetro y medio? RESPONDIÓ: Dos kilómetros, dos kilómetro y medio por ahí.- 21.- Cuando usted informo a los funcionarios policiales que había sido despojado de tu vehículo tipo moto, ¿usted le indico las características de su moto? RESPONDIÓ: Si.- 22.- ¿Por qué ellos le presentan entonces una moto blanca a usted? RESPONDIÓ: No se.- 23.- Usted dice que el sector es despoblado y es oscuro que no hay vivienda cerca, pero sin embargo usted dice que fue auxiliado por una casa vecina RESPONDIÓ: Si pero yo salí corriendo así a pie, desde ahí desde el lugar ese yo me fui corriendo, como en dirección pal pueblo pues.- 24.- ¿Y a qué distancia más o menos queda eso? RESPONDIÓ: Como a 200 metros.- 25.- Su tío, ¿Qué paso con su tío? Después que usted sale corriendo RESPONDIÓ: Yo le dije vámonos que nos robaron, salí corriendo, no sé si se quedo o se vino atrás mío, yo me vine corriendo yo estaba muy asustado.- 26.- ¿Usted lo dejo ahí? RESPONDIÓ: Si

La anterior declaración la valora este tribunal por haber sido rendida en el debate bajo las formalidades de ley por el testigo víctima, quien a pregunta realizada por el Ministerio Publico manifestó que los funcionarios no le habían preguntado si el acusado era el que había robado la moto ya que el no lo reconoció porque estaba muy oscuro el lugar y posteriormente al llegar a la Comisaría no había visto la moto y la que le mostraron fue una moto blanca y posteriormente trajeron la moto de el luego de transcurrido 20 minutos, siendo trasladada hasta la comisaría por otro funcionario policial que señalo que la había agarrado en el lugar, cerca de donde estaba el, una cuneta la consiguieron abandonada, es decir esa moto no la trajeron con nadie.

5.- GODOY MORILLO CARLOS ENRIQUE: venezolano, mayor de edad, natural de Chabasquen, fecha de nacimiento 08-09-1980, soltero, de profesión u oficio Obrero-albañil, residenciado en Chabasquen, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.536.064, no posee vinculo alguno con ninguna de las partes quien en consecuencia expone lo siguiente:

“Nosotros veníamos de una piscina, el domingo 03 de Julio de este año, y en la pasarela de la Quebrada de Córdoba, dos personas nos atracaron, nos robaron y hasta ahí, estaba oscuro y no vimos quien era, no vi quien era, eso fue todo”.

El Ministerio Público y la defensa no realizaron preguntas.

Preguntas de la Juez
1.- ¿Con quien se encontraba usted para el momento de los hechos? RESPONDIÓ: Con mi sobrino.- 2.- ¿Cómo se llama su sobrino? RESPONDIÓ: Junior Eduardo Godoy.- 3.- ¿Cómo? RESPONDIÓ: Junior Eduardo Godoy.- 4.- ¿En que se desplazaban ustedes? RESPONDIÓ: En una moto.- 5.- Características de la moto RESPONDIÓ: Zumo, verde.- 6.- ¿Quién conducía la moto? RESPONDIÓ: Júnior.- 7.- ¿Usted fue sujeto de algún tipo de lesión al momento en que lo despojaron del vehículo tipo moto RESPONDIÓ: Si. 8.-¿Dónde fue lesionado? RESPONDIÓ: No me pusieron el pie aquí (señala el pecho). 9.-¿Le pusieron el pie en el pecho? RESPONDIÓ: Si. 10.- ¿Eso ocurrió mientras ustedes iban en marcha? RESPONDIÓ: Si. 11.- ¿Se utilizo algún tipo de armamento o instrumento para despojarles del vehículo tipo moto? RESPONDIÓ: No sé porque me tiraron en la pasarela y no me di cuenta. 12.- ¿Cuántos sujetos eran? RESPONDIÓ: Dos. 13.- ¿Usted observo si la persona que está en sala fue una de las personas que participaron en ese robo? RESPONDIÓ: No, estaba muy oscuro, no, no vi.- 14.- Luego de que los despojan del vehículo tipo moto ¿Qué hace usted? RESPONDIÓ: Me quede en la pasarela tirado y mi sobrino se vino para Chabasquen.- 15.- ¿Se quedo en la pasarela tirado y? RESPONDIÓ: Mi sobrino se vino para Chabasquen.-16.- ¿Lo dejo solo su sobrino ahí tirado? RESPONDIÓ: No él siguió adelante ahí, mientras que yo estaba ahí tirado en el suelo.- 17.- ¿Se fue hacia donde usted? RESPONDIÓ: ¿Ha?.- 18.- ¿Hacia dónde se fue usted? RESPONDIÓ: Para Chabasquen.- 19.- ¿Sabe usted si esa moto fue recuperada, la moto que ustedes conducían? RESPONDIÓ: En la noche si.- 20.- ¿Si fue recuperada? RESPONDIÓ: Si.- 21.- ¿Al cuanto tiempo después fue recuperada la moto? RESPONDIÓ: Como una hora después.- 22.- ¿Sabe usted en donde fue recuperada y a quien? RESPONDIÓ: No.- 23.- ¿Hay alguna vivienda cercana al lugar donde ustedes fueron despojados del bien? RESPONDIÓ: Si, hay un caserío se llama Palmarito.- 24.- ¿A qué distancia del sitio donde fueron despojados? RESPONDIÓ: Como a 200metros.- 25.- ¿A 200 metros? RESPONDIÓ: Si.- 26.- ¿A 200 metros es de aquí hasta la Plaza Bolívar allá, al Palacio Episcopal RESPONDIÓ: Yo sé.- 27.- ¿Su sobrino fue amenazado con algún tipo de instrumento, se percato usted? RESPUESTAR: No, no.- 28.- ¿No se percato? RESPONDIÓ: No supe.- 29.- Usted dice que estaba muy oscuro RESPONDIÓ: Si.- 30.- Pero escúcheme, si a uno le ponen el pie aquí, uno mira quien se lo está poniendo, ¿No logro usted ver quien era la persona que, las características fisonómicas de la persona que le puso el pie aquí? RESPONDIÓ: No, me jalaron de la parrilla y me tiraron ahí, no.-

Declaración esta a la cual el Tribunal le confiere valor probatorio por cuanto fue rendida durante el desarrollo del debate con todas las formalidades de ley y los dichos de este testigo resultaron creíbles para el Tribunal por cuanto el testigo fue enfático y denoto seguridad en su declaración sin divagaciones ni dudas, resultando además sus dichos coincidentes con otras pruebas desarrolladas en el debate, y así se tiene que este testigo en forma grandilocuente y sentenciosa señala que fueron dos personas los atracaron, los robaron y hasta ahí, estaba oscuro y no vieron quienes eran.

6.- Yovanny Enrique Olivar, previo juramento manifestó ser venezolano, de 31 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.646.942, de profesión Técnico Superior en Ciencias Policiales, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub – Delegación Guanare y no poseer vínculo con las partes, quien en su condición de experto ofrecido por el Fiscal del Ministerio Público, reconoció haber practicado experticia de reconocimiento de seriales Nº9700-0254-EV-250, de fecha de fecha 04-06-2.012,y expuso:
“La unidad objeto del presente peritaje, presentó sus seriales de identificación en todas sus ubicaciones ORIGINAL, presentadas las características paseo, color verde, placas no porta, año 2007. uso particular. La unidad se encuentra en regular estado de uso y conservación, con un valor comercial aproximado a los Seis Mil Bolívares. Dicha unidad fue verificada por nuestro sistema Siipol y no presenta SOLICITUD alguna no estando registrado ante el INTT”.

El Ministerio Público, la defensa y Tribunal no realizaron preguntas.

Testimonio que se estima como cierto por emanar de funcionario hábil y capaz quien depuso en el debate de manera directa y clara, llevando la convicción única y exclusivamente en lo referente a la existencia del vehiculo moto con sus respectivas características.

7.- JEFERSON JOSÉ BARRIOS BRICEÑO, a quien no se juramento por no ser mayor de edad, nacido en Guanare, menor de edad, 17 años, soltero, estudiante, residenciado en el Municipio Guanare, titular de la cedula de identidad Nº V-25.9 12,175, el testigo dijo tener relación de amistad con el acusado, quien en consecuencia expone lo siguiente:
"El día domingo 03 de junio de 2012, en horas de la noche, yo venía en una moto de parhilera, con mi amigo Arbenis Manzano, veníamos de una fiesta que había en Cerro Mulato, Chabasquen Estado Portuguesa, íbamos a comprar licor para luego regresar a la fiesta, cuando estábamos llegando al pueblo de Chabasquen, venía una comisión policial en una patrulla, y dos dieron por el caucho trasero de la moto y nos tumbaron, luego empezaron a golpearnos y a decirnos que buscáramos la moto que supuestamente se habían robado, y se llevaron a mi amigo en la patrulla y dos policías se llevaron la moto de él, a mi me dejaron porque era menor de edad, todo golpeado en el sitio donde nos tumbaron de la moto y se fueron, Es todo".

El Ministerio Público, la defensa y Tribunal no realizaron preguntas.
Se le cedió el derecho de palabra al Ministerio Publico para que exponga sus conclusiones, haciendo uso del mismo expuso: "Una vez culminada la recepción de órganos de pruebas, voy a narrar los hechos, en fecha 03-06-2012, (narrando los hechos) y que en esa misma fecha reciben llamada telefónica, y de una persona no se identifico, y que vio pasar una moto color verde vía Cerro Mulato, y que los funcionarios procedieron respectivamente logrando aprehender al hoy acusado, de la declaración se desprende que respectivamente existió un hecho, y también es cierto que el ciudadano Godoy Eduardo, no pudo determinar al ciudadano Manzano, en sala porque dijo era de noche, pero en las declaraciones de los funcionarios Torrealba, reconoció al ciudadano Manzano como la persona que en ese momento hacen la aprehensión con la moto en su poder, la declaración de otro funcionario y dijo que efectivamente el era la persona que cargaba una moto verde, y hace la descripción, y el otro funcionario también lo reconoce como la persona que cargaba el vehículo, y por supuesto que quedo acreditada la existencia del vehículo, con la declaración del experto Olivar, y las condiciones en que se encontraba la moto, ahora bien, la declaración del señor Yeferson, dijo que era su amigo, y dijo a preguntas de esta fiscalía que no le gustaría que su amigo este preso, considera esta representación fiscal, que no es valida, y si bien es cierto que no se pudo demostrar la responsabilidad del ciudadano Manzano, en el delito de Robo Agravado de Vehiculo Automotor, en primer lugar lo que narran los funcionarios es una persecución, por no tener el arma, y no es menos cierto que como hubo una aprehensión a pocos momentos de haberse ejecutado el robo y que consiguieron en su poder al ciudadano Manzano, la moto de color verde, clase Zumo, color verde, clase particular, que fue el vehiculo considera esta representación fiscal que el delito por el que debe responsabilizarse es el delito de Aprovechamiento de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el articulo 09 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo y por tal motivo solicito condene por este delito, es todo."

Seguidamente se le cedió la palabra a la Defensa, haciendo uso del mismo expuso: Esta defensa una vez analizados esos órganos de pruebas, considera que ciertamente se demostró con la declaración del experto Olivar la existencia de una moto, pero no se demostró la culpabilidad de mi defendido en el delito de robo, ni en el delito de aprovechamiento, existiendo claras dudas de cómo ocurrieron los hechos, cuando se recepcionó a los funcionarios fueron contradictorios entre si, y se contradicen con lo declaro el ciudadano Júnior Godoy, quien es la victima, y señalaron entre otras cosas que había realizado la aprehensión del ciudadano Manzano, y que iba en una moto Zumo, verde, mas sin embargo el ciudadano Júnior Godoy, señalo que cuando los funcionarios llegaron fue con una moto blanca y luego fue que llegaron con la moto color verde, y asimismo señalo el ciudadano Júnior Godoy, que el les había manifestado a los funcionarios que era dos personas, y los funcionarios señalan que la victima no estaba y resulta que el si estaba allí, y que llegaron con la moto blanca y que esa moto era blanca perteneciente a mi defendido, y se solicito una inspección a fin de que se verificara la existencia de la moto, también existe contradicción en cuanto a quien se llevo la moto, porque Peña Rafael dice que fue Torrealba Carlos, y Torrealba Carlos, dice que fue Peña Rafael, se contradicen en el lugar que dicen aprehenden al ciudadano Manzano, refiriendo casa, y que había alumbrado eléctrico, y el otro funcionario señalo que no había alumbrado eléctrico, se contradicen también de las personas que les informo, y dos señalaron que eren en la esquina de Pedrito en el centro de Chabasquen, señalo Héctor Zapata, y los otros señalaron que era la encrucijada vía Palmarito, en cuanto a la hora también se contradicen en las horas unos refieren a las 10:00 de la noche y otros a las 8:45 de la noche, la declaración de Yeferson, si bien es cierto lo dijo que es amigo de mi defendido, pero considera esta defensa que si debe darle; credibilidad, en virtud de que iba con el, es testigo presencial, y debe declarar porque presencio y fue victima de estos funcionarios, de hecho este niño fue a declarar ante la. Fiscalía del Ministerio Publico, y el sabe que mi defendido andaba en su moto y queda claro lo dicho de la victima que vio la moto color blanca de mi defendido, y por todas estas contradicciones, y el señor Carlos Godoy, quien también fue testigo, y señalo que eran dos ciudadanos y que no reconocían a ninguna de las personas que lo habían atacado, y mi defendido no portaba ningún arma, y en virtud de esto que el modo, tiempo y lugar de los hechos no quedaron demostradas, y siendo que no existen elementos de convicción y ante la preeminencia de los principios de presunción de inocencia y el in dubio pro reo y que opere el beneficio de la duda solicitando la libertad plena con sentencia absolutoria".

No hubo replica ni contra contrarréplica por parte del ministerio publico y de la defensa.

Por último se le cede el derecho de palabra al acusado:
"señora Juez yo soy inocente en esa noche en que me agarran los funcionarios era en mi moto Bera Blanca, y el problema fue que el ciudadano Héctor Zapata, teníamos pique porque yo le tumbe una novia a el, y el siempre me decía que donde me viera, me la tenia jurada, nosotros veníamos de Cerro Mulato, y nosotros íbamos a la licorería y ahí lo que hay es puro cerro, y luego del asfalto es una carretera de piedra, y vimos fue un carro me hizo cambio de luz, y el carro me dio en el caucho delantero y nos tumbaron y nos apuntaron y dijeron que nosotros teníamos la moto, y Héctor Zapata dijo te agarre pajarito, y ahí a mi me esposaron y a Yeferson lo tenia por ahí, y a mi me llevaron al comando a Yeferson lo dejaron ahí, yo soy estudiante v tengo dos hijos, es todo"

IV.- DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL ACUSADO Tratándose la imputación fiscal del tipo penales a saber, Robo de Vehiculo Automotor del la Fiscal del Ministerio Público solicitó en sus conclusiones una sentencia condenatoria, se observa con absoluta certeza, que no quedó probada la comisión del delito dado que vista la contradictoria e incoherente, observándose que la victima no reconoce en sala de juicio al acusado y que el objeto recuperado se encontró posterior a la detención del acusado de manera que surge la duda de quién poseía tal vehiculo tipo moto para individualizar responsabilidad, aunado a que los funcionarios fueron contradictorios entre si, y se contradicen con lo declaro el ciudadano Júnior Godoy, en su condición de victima, y señalaron entre otras cosas que había realizado la aprehensión del acusado, y que iba en una moto Zumo, verde, ahora bien el ciudadano Júnior Godoy, señalo que cuando los funcionarios llegaron fue con una moto blanca y posterior a ello llego otro funcionario policial con la moto color verde la cual encontró tirada en una cuneta, y asimismo señalo el ciudadano Júnior Godoy, que el les había manifestado a los funcionarios que eran dos personas, y los funcionarios llegaron con la moto blanca y que esa moto era blanca perteneciente al acusado, de igual manera los funcionarios indican que la aprehensión se ejecutó hacia la vía de Cerro el Mulato, cuando iban subiendo, se encontraron, avistaron la moto que va dándole la voz de alto, y verifican las características la cual constataba con las descripciones que habían dicho y se dirigieron hasta el Comando, por lo que del contenido de las declaraciones de los órganos de pruebas con meridiana claridad evidenciamos que no sucedió el hecho según lo expuesto en la acusación fiscal.

Planteado así el debate judicial se observa una insuficiencia total de medios de pruebas contundentes y fehacientes para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado Manzano Colmenares Arbanis Ramón, así, podemos señalar que tal y como lo refiere la doctrina el principio que entonces rige ante la insuficiencia probatoria contra el imputado o acusado es el principio in dubio pro reo; de acuerdo a dicho principio todo juzgador está obligado a decidir a favor del imputado o acusado cuando no exista certeza suficiente de su culpabilidad.

El Principio in dubio pro reo, si bien no tiene en nuestra legislación regulación específica, sólo indirecta, a través de diversas disposiciones legales como los artículos 13 y 468, entre otros, del Código Orgánico Procesal Penal, sin embargo, es considerado como un principio general del Derecho Procesal Penal, y por ende, como es todo principio general del Derecho, cumple con la función de ser fuente indirecta de esta rama del Derecho, bien como vía acogida por el legislador cuando se consagra expresamente en la ley, o través de la jurisprudencia cuando el juzgador lo acoge en su sentencia para resolver lagunas y carencias de las leyes procesales, en la solución de conflictos que acarrea el proceso penal; lo cual lo ha dejado sentado sentencia de Sala de Casación Penal; No. 397 de 21-06-05, Ponencia de la Dra. Deyanira Nieves Bastidas, el in dubio pro reo presupone la existencia de una actividad probatoria que no llegan a disipar totalmente en el juzgador las dudas razonables acerca de la culpabilidad del acusado, como lo señala Roxin de la siguiente manera:

“….el principio in dubio pro reo no es una regla para la apreciación de las pruebas, sino que aplica solo después de la finalización de la valoración de la prueba, pues si de acuerdo con él una condena exige que el tribunal esté convencido de la culpabilidad del acusado, toda duda en ese presupuesto debe impedir la declaración de culpabilidad.” (Claus Roxin. Derecho Procesal Penal, pág. 111)

Por ello a criterio de esta Instancia quedó plasmado que la representación fiscal no logró llevar al convencimiento del Tribunal los hechos atribuidos en su acusación, ya que la sola declaración de los funcionarios policiales y de la victima ( el cual no reconoció en sala al acusado) por demás contradictoria no desvirtua la presunción de inocencia que asiste al acusado, así las cosas y según lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal “Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”, según ello esa verdad interina puede ser destruida por una sentencia condenatoria, pero para ello, es necesario que quede acreditada la culpabilidad del acusado, es decir, que el juzgador obtenga la convicción acerca de esta culpabilidad sin ningún tipo de duda racional, en el presente delito no se trajo al debate ninguna prueba convincente y fehaciente que acreditase la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, por ello la Sentencia que se dicte con relación a el debe ser ABSOLUTORIA. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Juicio Nº 3, constituido como Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en decisión tomada por consenso, Absuelve al ciudadano MANZANO COLMENARES ARBENIS RAMÓN, Titular de la cédula de identidad Nº 23.576.852, venezolano, de 19 años de edad, de profesión INDEFINIDA, natural de Chabasquen Estado Portuguesa, residenciado en el caserío piedra hueca del estado Lara fecha de nacimiento 26-03/93, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de Godoy Yunior Eduardo. Se acuerda la libertad del ciudadano. Se exime del pago de costas. El dispositivo de la presente sentencia que hoy se publica ha sido leído en audiencia oral y pública celebrada en este Circuito Judicial Penal el trece (13) de Febrero del año dos mil doce. Publíquese el texto íntegro de la sentencia y entréguese copia a las partes que lo requieran. Archívese el original de esta decisión. Certifíquese copias por Secretaría a los fines de agregar a las actuaciones.

Por cuanto que la publicación se hace fuera del lapso previsto en el artículo 347 del Código Adjetivo, motivado a la celebración de juicios para la presente fecha de la culminación del Juicio oral y publico, cumplimiento del Decreto de Rotación Anual de Jueces y reposo médico de la juez por intervención quirúrgica lo que ha lugar a la notificación a las partes. Dada, firmada, refrendada y sellada en la Sala de audiencias de este Juzgado en Función de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando como Tribunal Unipersonal, con sede en Guanare a los veintitrés (23) días del mes de Abril del año dos mil quince. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

La Juez de Juicio N° 3

Abg. Carmen Zoraida Vargas López

El Secretario,

Abg. Edwin Luna

Seguidamente se cumplió. Conste.
El Secretario
Abg. Edwin Luna