REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 27 de Agosto de 2015
AÑOS: 205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-D-2014-000208
ASUNTO : PP11-D-2014-000208
Vista la solicitud interpuesta por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, Abogada LID LUCENA y el Fiscal Auxiliar Abogado CARLOS COLINA, mediante la cual solicitan de este Tribunal sea decretado el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, de conformidad a lo previsto en el Articulo 561, Literal “D”, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual se le sigue a las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, cometido en perjuicio de las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION
El día 11 de Abril del año 2014, siendo las 8:40 horas de la mañana aproximadamente, las adolescentes víctimas IDENTIDAD OMITIDA, se encontraba en el Colegio “Fermin Toro”, de Araure, estado Portuguesa, cuando se dirigían a su salón de clases, se encuentran en el pasillo con las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, con quienes habían tenido una discusión el día anterior, cuando de manera repentina se abalanzan sobre IDENTIDAD OMITIDA y comienzan a agredirla físicamente y al momento en que la adolescente IDENTIDAD OMITIDA se disponía a defender a su amiga, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la sujeta fuertemente por los brazos impidiendo que continuaran golpeando a IDENTIDAD OMITIDA, para luego ser golpeada por las otras adolescentes.
De las diversas actas que conforman la presente solicitud cabe destacar:
PRIMERO: Con el Acta de Denuncia, de fecha 24 de Abril de 2014, realizada por por ¡a adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien expuso: “Eso fue como a las 8:40 horas de ¡a mañana del día jueves 10 de abril del presente año, había terminado el recreo y nosotros íbamos subiendo para clases y ellas las cuatro muchachas estaban sentada en la escalera y yo les digo permiso y ellas no se quitan, y llegan y una de ellas me pone el pie que se llama IDENTIDAD OMITIDA yo no le puse cuidado, mi amiga IDENTIDAD OMITIDA venía detrás y también le dijo lo mismo y tampoco la dejaron pasar, pero después se la dejaron pasar, después subimos a clases y en la hora de salida, nosotras llegamos estábamos tomando nestea, y llega una amiga de nosotras SOFIA ARUZA y nos esta contando un chiste, a IDENTIDAD OMITIDA se le sale un poquito de nestea y ellas IDENTIDAD OMITIDA, pasaron como a IDENTIDAD OMITIDA se le había caído un poquito en el piso y ellas dijeron que les había caído a ellas, pero no les había caído nada a ellas porque en el piso, entonces como la Coordinadora estaba cerca y de una vez fueron y dijeron a la Coordinadora lo que había pasado, ahí en la Coordinación nos estaban insultando, nos decían putas, que nos muriéramos, la coordinadora les dijo que se calmaran, que nos metiéramos mas con ellas y a nosotras nos dijo que no peleáramos con ellas, al día siguiente viernes 11 de abril, nosotras estábamos desayunando, se termino el recreo, y nos estaban esperando en el pasillo con nestea y jugo y lo mezclaron con saliva, estaban todas ahí con los muchachos y nosotras teníamos que subir para clases, nosotras pasamos y ellas llegaron y nos lanzaron nestea, ahí apagaron la luz y IDENTIDAD OMITIDA me agarró por el cuello y me empezó a golpear, IDENTIDAD OMITIDA se metió para defenderme a mi, pero IDENTIDAD OMITIDA se metió y agarró a IDENTIDAD OMITIDA por los brazos para que no me defendiera a mi, ahí se metió IDENTIDAD OMITIDA por el cabello y IDENTIDAD OMITIDA llegó y cacheteo a IDENTIDAD OMITIDA la soltó ya que IDENTIDAD OMITIDA lo dio con el codo por la barriga para que la pudiera soltar para poder ayudarme a mi, ya que todas estaban contra mi, ahí KATERIN me dio un golpe por la barriga y me rasguñó por detrás de la oreja, por el cuello, por la clavícula derecha, en el mentón izquierdo, yo llegué para que me dejara quieta le di un golpe y luego IDENTIDAD OMITIDA la agarra IDENTIDAD OMITIDA para que me dejara quieta, en lo que IDENTIDAD OMITIDA la agarró, me fui para la Coordinación, pero como la Coordinadora no estaba le conté a la secretaria, luego. llegan los otros profesores de educación física, de castellano, ¡a de guía que es la misma de salud, detrás llegó la Coordinadora, ella llega y se sientan ahí, ¡a Coordinadora llega y me ve a mi toda roja y rasguñada, y les dice a IDENTIDAD OMITIDA, y les dice que me miren como me habían dejado a mi, ahí IDENTIDAD OMITIDA llegó y me miró y me dijo con hipocresía te dolió hay discúlpame, la Coordinadora sigue levantando el acta y dice que va a llamara a los representantes el día lunes 21 de abril, a las 8:00 de la mañana después de semana santa, para que firmen el acta y que iba hacer una reunión con los representantes para hablar sobre lo que había pasado, en eso la Coordinadora las mandó a ellas a su salón, nos dijo que nos cuidáramos de ellas porque se habían metido con unas de tercer A y que les habían hecho lo mismo, el día lunes, martes y el día de hoy, nos dicen cosas, que nos cuidemos, que nos van a volver agarrar a golpes que nos van a esperar debajo de las escaleras, y hoy a mi amiga IDENTIDAD OMITIDA le metió el pie y nos dijeron que nos cuidáramos porque ellas no se van a quedar quietas, que iban a seguir dando coñazos, ahí fuimos a clases, ellas se salieron de clases y mi mamá nos fue a buscar para venir para acá a la Fiscalía
SEGUNDO: Con el Acta de Entrevista, de fecha 24 de Abril de 2014, realizada por por la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien manifestó lo siguiente: “El jueves 10 de abril de este año, a la hora de receso, eran como las 8:30 de la mañana, íbamos subiendo las escaleras para ir a clases, IDENTIDAD OMITIDA. estaban en las escaleras sentadas, y no nos dejaban pasar y nosotras les pedimos permiso y ellas nQse movieron, entonces pasamos entre ellas y IDENTIDAD OMITIDA nos metieron el pie para nos cayéramos, nosotras seguimos subiendo, después a la hora de la salida estamos comprando nestea y llegó mi compañera SOFIA nos confió un chiste y nosotras nos empezamos a reír, y en lo que yo me empecé a reír bote de la boca sin querer y IDENTIDAD OMITIDA estaban ahí y el nestea les cayó cerca, entonces cuando yo les fui a pedir disculpas ellas se voltearon y me comenzaron a gritar puta, perra y otras cosas, ellas dijeron ustedes creen que esto se va a quedar así, ahí nosotras nos fuimos porque nos vinieron a buscar, al día siguiente a la hora de receso, ya eran las 11:00 de la mañana, nosotras estábamos cerca de la cancha sentadas, entonces llegó IDENTIDAD OMITIDA y nos dijo que no pasáramos por el pasillo que estaban IDENTIDAD OMITIDA esperándonos ahí, entonces nosotras esperamos que pasara un rato y cuando sonó el timbre salimos para allá, en el pasillo donde uno tiene que pasar por ahí para subir las escaleras, nos encontramos con IDENTIDAD OMITIDA, nosotras les pasamos por el frente y seguimos caminando y justo en la salida del pasillo nosotras estábamos de espalda y nos echaron jugos, nosotras nos volteamos y como IDENTIDAD OMITIDA iba mas atrás que yo, la agarraron a ella entre IDENTIDAD OMITIDA, había mucha gente porque era la hora de redresar a los salones y habían apagado las luces, cuando yo me voy a meter a defender a IDENTIDAD OMITIDA me agarra y me mantiene contra ¡a pared para qie yo ni me mueva, no me soltara y no me dejaba defender a IDENTIDAD OMITIDA, me tenía agarrada por los brazos, cuando él se distrae yo logro patearlo y zafarme de él, agarro a IDENTIDAD OMITIDA por el cabello para que suelte a IDENTIDAD OMITIDA, entonces IDENTIDAD OMITIDA me vuelve a agarrar y en ese momento viene IDENTIDAD OMITIDA y me cachetea, entonces IDENTIDAD OMITIDA me agarra y me lanza contra la pared, me golpea la espalda, me pego duro contra la pared, ahí fue cuando IDENTIDAD OMITIDA agarran a IDENTIDAD OMITIDA y las separan IDENTIDAD OMITIDA me suelta y IDENTIDAD OMITIDA y yo subimos a Coordinación y le dijimos a ¡a Coordinadora lo que paso, ahí ellas entraron la Coordinadora le pidió su parte de la historia que contaran lo sucedido, firmamos un acta y citaron a los representantes, ayer yo iba caminando con IDENTIDAD OMITIDA venía con IDENTIDAD OMITIDA de frente a nosotras y nos hicieron señas como que nos iba a golpear, bueno nosotras seguimos caminando, el día de hoy yo iba subiendo las escaleras con IDENTIDAD OMITIDA me metió el pie para que me tropezara yo me agarré de la baranda de las escaleras y. seguí subiendo, el martes 22 de abril nosotras íbamos caminando por el pasillo, y IDENTIDAD OMITIDA estaba parada en ¡a puerta de su salón y no dijo mira caminan de feo las perras esas...”.
TERCERO: Con el Examen Médico Forense, N° 9700-161-0891, de fecha 5 de Mayo de 2014, suscrita por el Experto Profesional IV ORLANDO PENALOZA, adscrito al Servicio de Medicina Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Acarigua, realizado a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, dejando constancia de lo siguiente: “... Para el momento delexamen físico, no hay lesiones que describir”.
CUARTO: Con el Oficio Nro. 0132-13, de fecha 31 de Julio de 2015, suscrita por el Experto Profesional IV ORLANDO PENALOZA, adscrito al Servicio de Medicina Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Acarigua, quien informa que la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, No compareció a realizarse el examen médico legal, por ante dicho servicio.
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDAMENTA LA DECISION
Del análisis de las actas de investigación contentivas de la presente causa, ciertamente se infiere que se inicio la investigación por la presunta comisión de un delito Contra las Personas, resultando imputadas las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por los hechos acaecidos el día 11-04-2014, aproximadamente a las 08:40 horas de la tarde, cuando las mencionadas adolescentes de manera repentina se abalanzan sobre la adolescente IDENTIDAD OMITIDA y comienzan a agredirla físicamente y al momento en que la adolescente IDENTIDAD OMITIDA se disponía a defender a su amiga, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la sujeta fuertemente por los brazos impidiendo que continuaran golpeando a IDENTIDAD OMITIDA, para luego ser golpeada por las otras adolescentes, hecho que se suscitó en las instalaciones del Colegio Fermin Toro de Araure, Estado Portuguesa, mas sin embargo de la investigación se desprende que la victima la adolescente IDENTIDAD OMITIDA acudió a la medicatura Forense a realizarse el informe Medico Legal, según lo informado por el Doctor Orlando Peñaloza en oficio N°9700-058-0891 de fecha 05-05-2014, en el cual se deja constancia que ” Para el momento del examen físico, no hay lesiones que describir” , igualmente se encuentra en las actuaciones comunicación N°0132-13 de fecha 31-07-2014 en la cual se informa que la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, no se presentó ante la Medicatura Forense, esto así representa la imposibilidad material de sustentar Jurídicamente la Comisión de un Delito, por cuanto el único elemento demostrativo y probatorio del TIPO DELICTUAL es la valoración medico legal que precise el carácter de las lesiones sufridas que permita la tipificación o adecuación dentro de la norma infringida, materializándose esta imposibilidad, por cuanto una victima no presentaba lesiones fisicas que describir y la otra victima no acudió a la Medicatura Forense, haciéndose de esta manera imposible adecuar calificación jurídica alguna en relación al hecho.
En tal sentido, encontrándose el Ministerio Público ante la imposibilidad Material de ejercer la acción penal Pública, por cuanto como antes se señaló, no surgen elementos de convicción que permitan establecer tanto la ocurrencia del hecho punible investigado, su tipicidad y la participación o autoría de la adolescente imputada en el mismo, por lo que resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer una sanción, cumpliéndose por tanto lo establecido por el Legislador en el Artículo 561 Literal “D” de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, razón por la cual el Ministerio Público solicita ante este Tribunal de Control, en aplicación del principio de la Responsabilidad del adolescente y el principio de la Legalidad y Lesividad, establecidos en los articulo 528 y 529 Ejusdem, sea decretado el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, considerando quien juzga que procede el Sobreseimiento Definitivo de conformidad a lo establecido en las citadas normas legales en concordancia con el artículo 300 Ordinal 1 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, el cual establece cuando el hecho objeto del proceso no se realizo, y en este caso que nos ocupa ello no es demostrable pues falta la determinación del cuerpo de delito que demuestre la ocurrencia del mismo, siendo lo procedente es que se declare el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, y así se decreta de conformidad a lo establecido en el Articulo 561 literal “D” ejusdem, en concordancia con el articulo 318 Ordinal 1° deI CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, aplicable por remisión expresa del único Aparte del articulo 537 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal e Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa que se le sigue a las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 561, Literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Articulo 300, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del Articulo 537 de la citada ley. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Acarigua a los veintisiete (27) días del mes de Agosto del Año Dos Mil Quince.



Abg. CARMEN XIOMARA BELLERA
JUEZ DE CONTROL N° 01





Abg. MAIKE TORREALBA
LA SECRETARIA







Seguidamente se cumplió con lo ordenado en auto. Conste
Scret.