PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, veintiocho de enero de dos mil quince
204º y 155º


ASUNTO: PP01-L-2014-000158

PPARTE DEMANDANTE: RODRIGO ANTONIO SIRA SIRA, titular de la cedula de identidad Nro. 13.039.581.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE ACTORA: CARLOS EDUARDO RAMIREZ HURTADO, identificada con matricula de inpreabogado Nº 150.560.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO DEL ESTADO PORTUGUESA, en la persona del Alcalde ciudadano ARMANDO RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº 3.836.217.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Sin Representación Legal.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.



INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR.

En el día de hoy, 28 de enero de 2015, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, el Alguacil de este Circuito anuncio el acto en tres oportunidades y este Juzgado deja expresa Constancia de la incomparecencia de la parte demandante ciudadano RODRIGO ANTONIO SIRA SIRA, quien no se presento, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO DEL ESTADO PORTUGUESA, quien no se presenta, ni por si ni por medio de representante legal o apoderado judicial alguno. Vista la incomparecencia de ambas partes al inicio de la audiencia preliminar y siendo que el actor es el que en principio ejerce la acción, es forzoso para este Juzgado aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara DESISTIDO el presente procedimiento.

Se abre el lapso de cinco (05) días para que el ejercicio de los recursos de Ley respectivos.

La Jueza,


Abg. Delivett Quevedo La Secretaría,


Abg. Cirley Viera