PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 18 de febrero de 2015
204º y 155º

ASUNTO Nº PP01-V-2014-000346
DEMANDANTE: BRENDA NATHALIE BECERRA PINTO.
DEMANDADO: OSCAR ALI TOVAR MUCHACO.

MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Visto el desistimiento de fecha 12 de Febrero del 2015, efectuado por parte de los ciudadanos OSCAR ALI TOVAR MUCHACHO y BRENDA NATHALIE BECERRA PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 24.017.316 y 21.526.170 respectivamente, en representación de su hijo (Identidad Omitida por Disposición de la Ley), de tres (03) años de edad, en su condición de demandado y demandante, en el presente juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, mediante la cual informan al Tribunal su deseo de desistir en el presente procedimiento, por cuanto se reconciliaron y contrajeron matrimonio; esta juzgadora visto que el desistimiento no vulnera los derechos del niño y en virtud del articulo 8 y el 450 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que regula el Interés Superior y los Medios Alternativos de Conflictos este Tribunal le imparte su Homologación, aplicando supletoriamente los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguida la instancia, de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.

D I S P O S I T I V A

Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL MISMO, de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare.
La Jueza Temporal,


Abg. Florbelia Josefina Urquiola Corona
Jueza Temporal del Tribunal Segundo de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Ejecución


El Secretario Temporal,


Abg. Oswaldo José Hernández Terán.
Liliana B.-