LA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO

Guanare, 10 de Febrero de 2015 Años: 204° y 155°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por la ciudadana MAYELI JOSEFINA DELFIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.960.051, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio GINA KAROL DELFIN BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.670.326, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 173.109, mediante el cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que a ella se contrae.

Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: BRITZELY YURIMA AZUAJE SAAVEDRA y MARGARITA BETANCOURT ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.724.116 y V-8.050.295, respectivamente, consta que la solicitante ocupa un lote de terreno propio que mide: TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (357,00 MTS2) ubicado en el Barrio Monseñor Unda calle 07, signado con el numero catastral 18-04-01, Sector 46, Manzana 15, Lote 20, de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa y comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Solar y casa de Nain Catire con (23,80 ML); SUR: Solar y casa de Mirella Burgo con (23,80 ML); ESTE: Solar y casa de Eloina Márquez con (15,00 ML); y OESTE: Calle siete (07) con (15,00 ML).

Que las mejoras y bienhechurías consisten en un inmueble distribuido de la siguiente manera: la planta baja de la siguiente forma y mediciones: Un (01) porche con la medición de 9.00 mts2 por 4.00 mts2, que da un total de Treinta y Seis Metros Cuadrados (36.00 mts2), una (01) sala de estar que consta de 5.60 mts2 por 2.50 mts2, que da un total de Catorce Metros Cuadrados (14,00 mts2), tres (03) habitaciones la primera consta de una mediación de 2.50 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Siete Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros (7.50 mts2), la segunda habitación consta de una mediación de 5.10 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Quince Metros con Tres Centímetros (15.03 mts2), y la tercera habitación con una medición de 3.90 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Once Metros Cuadrados con Siete Centímetros (11.07 mts2), una (01) cocina y un (01) comedor de 3.50 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Diez Metros Cuadrados con Cinco Centímetros (10.05 mts2), un (01) baño que mide 1.15 mts2 por 2.10 mts2, que da un total de Dos Metros Cuadrados con Cuatrocientos Quince Centímetros (2.415 mts2), un (01) lavadero de 1.30 mts2 por 2.00 mts2, que da un total de Dos Metros con Sesenta Centímetros (2.60 mts2), un (01) pasillo de 2.40 mts2 por 8.60 mts2, que da un total de Veinte Metros con Sesenta y Cuatro Centímetros (20.64 mts2), un (01) garaje con la medición de 12.00 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Treinta y Seis Metros Cuadrados (36.00 mts2), y un (01) patio; y la primera planta está constituida de la siguiente forma y medidas: Una (01) sala de estar con biblioteca que consta de 5.90 mts2 por 2.50 mts2, que da un total de Catorce Metros Cuadrados con Setenta y Cinco Centímetros (14.75 mts2), Tres (03) habitaciones, la primera consta de una medición de 2.50 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Siete Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros (7.50 mts2), la segunda habitación consta de una medición de 5.10 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Quince Metros Cuadrados con Tres Centímetros (15.03 mts2), y la tercera habitación con una medición de 3.90 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Once Metros Cuadrados con Siete Centímetros (11.07 mts2), una (01) cocina y comedor de 3.50 mts2 por 3.00 mts2, que da un total de Diez Metros con Cinco Centímetros (10.05 mts2), un (01) baño que consta con las medidas de 2.20 mts2 por 2.30 mts2, que da un total de Cinco Metros Cuadrados con Seis Centímetros (5.06 mts2), un (01) pasillo de 2.40 mts2 por 8.50 mts2, que da un total de Veinte Metros Cuadrados con Cuarenta Centímetros (20.40 mts2), construida la planta baja y la primera de la siguiente manera: Paredes de bloques, techo de platabanda y acerolit, piso liso, la planta baja consta de cuatro (04) puertas de madera y dos (02) puertas de hierro, seis (06) ventanas de hierro, y en la primera planta consta de cinco (05) puertas de madera y cinco (05) ventanas de hierro, las bienhechurías se encuentran cercadas el frente con cerca de alfajol y por las demás partes cercadas de pared perimetral del alfajol.

Que invirtió en las mejoras y bienhechurías la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,00).

Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la ciudadana MAYELI JOSEFINA DELFIN, antes identificada, el derecho de propiedad y posesión, sobre las bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentado documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público de los Municipio Guanare, Papelón y San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, quedo registrado en el Protocolo 1º, Tomo 10º, 4to. Trimestre del año 2.008, bajo el Nº 34, folios 137 al 138, de fecha 05 de Octubre del año 2008, para que la solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno.- Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-
La Juez


Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez
La Secretaria,


Abg. Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles.- Conste.-
Sria,

Solicitud Nº 3.223-15