REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa, sede Acarigua
Acarigua, ocho (08) de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : PH22-X-2015-000054


En fecha 27 de mayo del 2015 este tribunal decreto medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo Nº 1001-2014 dictado por la inspectoria del trabajo en fecha 28 de diciembre del 2014 solicitada por la parte recurrente, ordenándose la presentación de una fianza a favor del ciudadano HENDRYX JOSE RODRIGUEZ HERRERA, titular de la C.I. Nº 21.394.883 por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUARENTA BOLIVARES (BS.182.040,00) dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha del decreto de la referida medida, so pena de revocatoria por contrario imperio.
Ahora bien, revisadas las actas que conformas el expediente, ha podido evidenciar quien suscribe que transcurrió en su integridad el plazo otorgado a la parte accionante, no costando la consignación de la caución requerida, por lo que en cumplimiento a lo establecido en decisión dictada en fecha 27 de mayo del 2015, se revoca la medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo Nº 1001-2014 dictado por la inspectoria del trabajo en fecha 28 de diciembre del 2014.
Se ordena la notificación de la presente decisión a la Inspectoria del trabajo de la ciudad de Acarigua. LIBRESE EL CORRESPONDIENTE OFICIO.



LA JUEZ LA SECRETARIA
ABG GISELA GRUBER ABG YRBERT ALVARADO