REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 4 de Junio de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : PP21-L-2015-000143
PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO ESCALONA MARRERO, titular de la cedula de identidad N° 12.965.428.
APODERADA JUDICIAL PARTE ACTORA: RAMONA MARGARITA VELAZQUEZ GARCES, Inpreabogado bajo el No. 111.353.
PARTE DEMANDADA: CARBÓN VEGETAL COJEDES, C.A, inscrita su última actualización por ante el Registro Mercantil de san Carlos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en fecha: 24-05-2013, bajo el número 20, tomo 14-A; DESARROLLOS DONATELLO, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha: 22-10-1999, bajo el número 39, tomo 82-A; FREDDY ANTONIO MARTÍNEZ, y LEONARDO GUILLERMO ZUÑIGA MORENO, titulares de la cédula de identidad números V-9.531.751 y V-19.564.807, en su orden.
APODERADAS JUDICIALES DE LAS DEMANDADAS: CARMEN HAIDEE ARCILA DE DELGADO, ADRIANA DEL CARMEN MELO RODRIGUEZ, CAROLINA ALEJANDRA RIVERO CORTEZ y JESUS ALFREDO LOPEZ POLANCO, titulares de la cédula de identidad Nros. 3.691.021, 10.636.932, 13.906.214 y 4.170.657, en su orden e inscritos en el Inpreabogado Nros. 136.280, 94.978, 130.293 y 16.270, respectivamente.
MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros Conceptos
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.


ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCESO POR INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE AL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día hábil de hoy, 4 de junio de 2015, siendo las 10:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar, el alguacil de este Circuito Judicial FELIX QUINTANA anuncia el acto, y se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano LUIS ALBERTO ESCALONA MARRERO, ni por sí o por medio de apoderados judiciales alguno, de igual forma se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada DESARROLLOS DONATELLO, C.A., CARBÓN VEGETAL COJEDES, C.A., FREDDY ANTONIO MARTÍNEZ, y LEONARDO GUILLERMO ZUÑIGA MORENO, a través de sus apoderados judiciales abogados CAROLINA ALEJANDRA RIVERO CORTEZ, inpreabogado N° 130.293, CARMEN HAIDEE ARCILA DE DELGADO, inpreabogado N° 136.280, y ADRIANA DEL CARMEN MELO RODRIGUEZ, inpreabogado N°. 94.978, en su orden. Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte demandante este Tribunal procede aplicar las consecuencias legales previstas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por tanto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:

PRIMERO: DESISTIDO EL PROCESO por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, intentada por el ciudadano LUIS ALBERTO ESCALONA MARRERO contra DESARROLLOS DONATELLO, C.A., CARBÓN VEGETAL COJEDES, C.A., FREDDY ANTONIO MARTÍNEZ, y LEONARDO GUILLERMO ZUÑIGA MORENO.

Se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez quede firme la presente sentencia.
LA JUEZ, LA SECRETARIA,


ABG. MARIA EUGENIA CORTEZ, ABG. MARLENE RODRIGUEZ,
LOS PRESENTES
POR LAS DEMANDADAS.
EL ALGUACIL