Tramitada como ha sido la presente solicitud de Título Supletorio interpuesta por la ciudadana: Carmen Cecilia Torres Guzmán, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.064.262, debidamente asistida por el abogado en ejercicio: Alirio Ramón Valladares Briceño, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 36.730, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias a que ellas se contraen, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: Juan Carlos Corredor Durán y Milagros del Carmen Marchan Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 12.851.121 y 17.261.643, respectivamente, consta que la solicitante ha venido poseyendo desde hace cinco (05) años, un lote de terreno propiedad de la señora Ana Montilla, ubicado en el sector Bella Vista, Parroquia Villa Rosa, Municipio Sucre del estado Portuguesa, el cual mide diez metros con setenta centímetros (10,70mts) de frente por dieciséis metros con cuarenta centímetros (16,40mts) de fondo, configurando una superficie de ciento setenta y cinco metros cuadrados con cuarenta y ocho centímetros (175,48mts2 ) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Ocupación de Iver José Torres; Sur: Calle Unión. Este: Ocupación de Javier Antonio Terán y Oeste: Carretera Principal Santo Domingo, donde ha constituido unas bienhechurias consistente en una casa destinada para habitación familiar, construida con paredes de bloques, techo de zinc, pisos de cemento, puertas y ventanas de hierro; conformada por un (01) dormitorio, sala, cocina, baño, área de lavado con sus correspondientes instalaciones eléctricas y sanitarias y cercas perimetrales de alambre de púas, a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio y trabajo personal, invirtiendo aproximadamente la cantidad de ciento cien mil bolívares (Bs.100.000,00).
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