Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, realizada por la ciudadana: Dulmary del Carmen Chinchilla Sulbaran, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 14.569.974, asistida por la Abogada Marily Bustamante, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 58.860, donde solicita se declare a las ciudadanas: Dulmary del Carmen, Yenny del Carmen, Yan Carlos, José Marcelo y Yonarbi Chinchilla Sulbaran y a su persona en su condición de hijos, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante: Dulce Maria del Carmen Sulbaran González, quien falleció Ab-intestato, el día ocho de marzo de dos mil quince (08-03-2015), a causa de Síndrome de hipertensión Endocraneana, Edema Celebral, Hemorragia Sub Anacnoidea Fisher III, Aneurisma comunicante posterior izquierda, y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplido tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos, Registro de Defunción de la Causante: Dulce Maria del Carmen Sulbaran González, emanada de la Unidad Registro Civil del Hospital Antonio María Pineda Municipio Iribarren Estado Lara, copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de las ciudadanos Dulmary del Carmen, Yonarbi, Yan Carlos, Yenny del Carmen, y José Marcelo Chinchilla Sulbaran, la primera emanada del Registro Civil y Ciudadanía del Municipio Sucre estado Portuguesa, segunda, tercera y quinta, emanada del Registro Civil y ciudadanía de la Parroquia La Concepción del Municipio Sucre estado Portuguesa, la cuarta emanada del Concejo Municipal del Distrito Federal, Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, copias fotostáticas de las cédulas de identidad de las ciudadanas antes mencionados, documentos estos que demuestran que son sus hijos y por lo tanto herederos de la Causante: Dulce María del Carmen Sulbaran González. En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: Elizabeth Briceño Durán y Yeimy Johana riera Cordero, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.338.492 y 15.794.685, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud.