REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 4 de marzo de 2015
Años 204° de la Independencia y 156° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de cumplimiento de contrato, intentada por ROSA MAIGUALIDA IZARRAGA TORREALBA, venezolana mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad V 5.940.897 contra YALEXIS DEL CARMEN CHIRINOS QUIÑONEZ, venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédulas de identidad V 7.818.310, se constata que desde el 10 de junio de 2014 cuando se admitió la demanda, han transcurrido más de treinta días sin que la parte actora haya proporcionado los recursos para las copias que se deben certificar para librar la compulsa, por lo que según el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, forzosamente debe declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de cumplimiento de contrato, intentada por ROSA MAIGUALIDA IZARRAGA TORREALBA contra YALEXIS DEL CARMEN CHIRINOS QUIÑONEZ, ambas identificadas.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González