Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, realizada por los ciudadanos: Emilio Jacinto Barbera Valderrama, Lennis Ramón Barbera Valderrama, Deinnys Omar Barbera Valderrama, Dainnyz Gregorio Barbera Valderrama y Annyz Grasmira Barbera Valderrama, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Urbanización Sinecio Castillo, carrera Nº 07, casa Nº 5030, Biscucuy estado Portuguesa, y titulares de las cédulas de identidad Nºs 8.767.962, 8.767.961, 11.404.345, 14.570.256 y 12.894.400, respectivamente, asistidos por el abogado Emilio Jacinto Barbera Valderrama, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 209.292, actuando en su propio nombre, donde solicita se le declare a él y a sus hermanos ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: Jacinto Ramón Barbera Freitez, quien falleció Ab-intestato, el día veintiocho (28) de agosto de 2014 (28-08-2014), en Biscucuy, estado Portuguesa, quien estuvo casado con María Graciela Valderrama de Barbera, fallecida el siete (07) de junio de dos mil once (07-06-2011). Cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplido tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentará la parte interesada.
Consta en autos, Actas de Defunción del Causante: Jacinto Ramón Barbera Freitez, emanada del Registro Civil y Ciudadanía del Municipio Sucre del estado Portuguesa y María Graciela Valderrama de Barbera, emanada del Registro Civil Electoral Municipio Araure del estado Portuguesa, Acta de Matrimonio de los causantes antes mencionados, emanada del Registro Civil del Municipio Alberto Arvelo Torrealba, copias certificadas de la Partidas de Nacimiento de los ciudadanos Emilio Jacinto Barbera Valderrama, Lennis Ramón Barbera Valderrama, Deinnys Omar Barbera Valderrama, Dainnyz Gregorio Barbera Valderrama y Annyz Grasmira Barbera Valderrama, emanadas del Registro Civil y Ciudadanía del Municipio Sucre del estado Portuguesa, documentos estos que demuestran que son hijos y por lo tanto herederos del Causante: Jacinto Ramón Barbera Freitez. En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado las ciudadanas: Aída Josefina Paradas Sánchez y Julia Rosa Artigas Yánez, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2. 537.551 y 8.050.260, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud.