REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE MUNCIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PAPELÓN DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Papelón, 25 de marzo de 2015
Años 204º y 156º

Visto el acuerdo suscrito por las partes y remitido a este Tribunal mediante oficio Nº Dprot.-1-2015-0014 emanado de la Defensa Pública Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Guanare del estado Portuguesa, mediante el cual suscribieron acta convenio los ciudadanos Fidel Antonio Parra Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.350.175, domiciliado en el Caserío El Nacional, calle principal, casa s/n, del Municipio Papelón estado Portuguesa y, Yoney Coromoto Tovar Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.996.929, de ese mismo domicilio, en representación de sus hijos Fidel Alonso y Feilis Andreina Parra Tovar, el primero titular de la cedula de identidad Nº V-30.219.518, de once (11) y cinco (05) años de edad respectivamente, con motivo de la fijación de la obligación de manutención en beneficio de sus hijos. Por cuanto dicho acuerdo, no es contrario al orden público, ni a las buenas costumbres o disposición legal expresa, ni vulnera los derechos de los niños mencionados. Este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Papelón del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordena la notificación de las partes. Así se decide.
La Juez Provisorio,

Abog. María Clara Toro de Martínez La Secretaria,

Abog. Arle Del Valle Soler E.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se agrego al expediente Nº.. 023- 15-O y se libraron las boletas respectivas. Conste.
La Secretaria,

Abog. Arle Del Valle Soler E.

Exp. Nro.023-15-O.
MCTM/avse.