Tramitada como ha sido la presente solicitud de Título Supletorio interpuesta por la ciudadana Magdalena del Carmen Ajaque González, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 16.328.250, debidamente asistida por el abogado en ejercicio: Yonny Barrios Milla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 185.566, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias a que ellas se contraen, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: Jorge Antonio González Aranguren y Hernán José Isarra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 16.806.808 y 4.415.929, respectivamente, consta que la solicitante desde hace cinco (05) años, ha venido poseyendo un lote de terreno propiedad de la Sucesión Betancourt, ubicado en el caserío Los Palmares del Municipio Sucre del estado Portuguesa, el cual mide veinte metros (20mts) de frente por treinta metros (30mts) de fondo para una superficie total de seiscientos metros cuadrados (600mts2 ) y está comprendido dentro de los siguientes Norte: Ocupación de Benjamín Piñero; Sur: Calle Penetración; Este: Ocupación de Aida Betancourt; Oeste: Ocupación de Ismael Betancourt, donde ha construido unas bienhechurias consistentes en dos (02) cuartos, una (01) cocina, una (01) sala, un (01) baño, un (01) corredor Techado, techo de zinc, piso de cemento, paredes sin frisar, puertas y ventanas de hierro, a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio y trabajo personal, invirtiendo en dicha construcción la cantidad de cien mil bolívares (Bs.100.000,00).
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