Tramitada como ha sido la presente solicitud de Título Supletorio interpuesta por la ciudadana Aida Soraya Betancourt de Olivar, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 7.468.000, debidamente asistida por el abogado en ejercicio: Yonny Barrios Milla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 185.566, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias a que ellas se contraen, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: Jorge Antonio González Aranguren y Hernán José Isarra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 16.806.808 y 4.415.929, respectivamente, consta que la solicitante desde hace nueve (09) años, ha venido poseyendo un lote de terreno propiedad de la Sucesión Betancourt, ubicado en el caserío Los Palmares del Municipio Sucre del estado Portuguesa, el cual mide veinte metros (20mts) de frente por cien metros (100mts) de fondo para una superficie total de dos mil metros cuadrados (2000mts2 ) y está comprendido dentro de los siguientes Norte: Ocupación de Benjamín Piñero; Sur: Calle Penetración; Este: Ocupación de Tomas Ocanto; Oeste: Ocupación Magdalena Ajaque, donde ha construido unas bienhechurias consistentes en tres (03) cuartos, una (01) cocina, un (01) comedor y sala, un (01) baño, un (01) porche, una (01) batea, techo Machihembrado, piso de cemento, paredes frisadas, puertas y ventanas de hierro, a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio y trabajo personal, invirtiendo en dicha construcción la cantidad de ciento ochenta mil bolívares (Bs.180.000,00).