REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 1ero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 9 de Octubre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: PP21-L-2015-000343
PARTE ACTORA: JESUS MARIA RUIZ GOYO titular de la cedula de identidad N° 3.529.434
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARIA CRISTINA JARA ARIAS, titular de la cédula de identidad número 12.265.689, inscrito en el Inpreabogado N°154.820
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA ACARAURE C.A, representada por el ciudadano GRACIANO DORTA FORTES, titular de la cédula de identidad Nº E-81.055.44, la sociedad mercantil TRANSPORTES DE COMBUSTIBLES AL C.A, en la persona de su presentante legal ciudadana YELIRENE DEL CARMEN DORTA GRILLO, titular de la cédula de identidad Nº 17.259.240, y solidariamente a las personas naturales ciudadanos: GRACIANO DORTA FORTES, ANTONIA GRILLO DE DORTA y YELIRENE DEL CARMEN DORTA GRILLO, titulares de la cédula de identidad Nº E-81.055.441, E-81.275.120 y 17.259.240, respectivamente.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: THOMAS DAVID ALZURU ROJAS, NORMA CHARLOT MANTILLA JAUREGUI y ORIANA PASTORA SANCHEZ MANZANO, titulares de la cedula de identidad Nros° 13.226.245, 20.156.314 y 20.812.619, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 78.767, 223.993 y 225.241
MOTIVO: Prestaciones Sociales e indemnización por enfermedad ocupacional.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCESO POR INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE AL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día hábil de hoy, 09 de octubre de 2015, siendo las 09:30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar, el alguacil de este Circuito Judicial JOSE GREGORIO PEREZ CHACON anuncia el acto, y se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano JESUS MARIA RUIZ GOYO ni por sí o por medio de apoderados judiciales alguno, de igual forma se deja constancia de la comparecencia de los codemandados DISTRIBUIDORA ACARAURE C.A, la sociedad mercantil TRANSPORTES DE COMBUSTIBLES AL C.A, y las personas naturales ciudadanos GRACIANO DORTA FORTES, ANTONIA GRILLO DE DORTA y YELIRENE DEL CARMEN DORTA GRILLO, por medio de sus apoderados judiciales abogados THOMAS DAVID ALZURU ROJAS y ORIANA PASTORA SANCHEZ MANZANO, anteriormente identificados y con la cualidad que consta en poderes apud acta otorgados el 23/09/2015 y que cursa en actas procesales.
Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte demandante este Tribunal procede aplicar las consecuencias legales previstas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por tanto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCESO por cobro de prestaciones sociales e indemnización por enfermedad ocupacional intentada por el ciudadano JESUS MARIA RUIZ GOYO contra las sociedades mercantiles DISTRIBUIDORA ACARAURE C.A, TRANSPORTES DE COMBUSTIBLES AL C.A, y contra las personas naturales ciudadanos GRACIANO DORTA FORTES, ANTONIA GRILLO DE DORTA y YELIRENE DEL CARMEN DORTA GRILLO.
Se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez quede firme la presente sentencia.
LA JUEZ, LA SECRETARIA,


ABG. MARIA EUGENIA CORTEZ, ABG. NAYDALI JAIMES QUERO,
LOS PRESENTES
APODERADOS DE LA DEMANDADA EL ALGUACIL