REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 02 de octubre de 2015
205º y 156°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, que por Distribución correspondió a este Tribunal, interpuesta por el ciudadano DANNY RAFAEL PALENCIA LOPEZ, mayor de edad, soltero, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.709.645, asistida por la Abogada en ejercicio MILAGRO VANESSA RIERA ORTIZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 183..133. Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: KARLA ANAIS MONTES GOMEZ y SARA DEL CARMEN GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-19.052.423 y V-11.542.686, respectivamente, civilmente hábiles y de su mismo domicilio.
Consta que el solicitante, ha venido poseyendo un Inmueble tipo Casa familiar, ubicada en la avenida numero 03, Barrio “La Lucha I”, Parroquia Canelones, Municipio Turèn del Estado Portuguesa, fomentada sobre un lote de terreno Municipal, que mide aproximadamente: CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETRO (473,15 Mts2) , con una área de construcción de SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS (67,86 M2), se encuentra alinderado de la siguientes manera: NORTE: Bienhechurias que son o fueron de HONORIO YEPEZ con TREINTA METROS CON TREINTA Y TRES CENTIMETRO (30,33 Mts); SUR: Bienhechurias que son o fueron de MILENTON BALLESTERO, con TREINTA METROS CON TREINTA Y TRES CENTIMETRO (33,30 MTS), ESTE: Avenida numero 03 Barrio “La Lucha I” que es su frente, con QUINCE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (15,60 MTS) y OESTE: Bienhechurias que son o fueron de CASIMIRA LOBATON, con QUINCE METROS CON SESENTA CENTIMETRO (15,60 MTS), consta que dicho in mueble Tipo Casa Familiar esta fabricado con Paredes de Bloques, Piso de Cemento Pulido, con (2) habitaciones, Un (1) baño, Una (1) sala comedor, Una (1) cocina, Cuatro (4) puertas, Ventanas, Techo mitad platabanda y mitad zinc con servicios de Energía eléctrica, instalación de Aguas Blancas y Negras.-
Que en el inmueble tipo casa familiar ha invertido la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), incluyendo materiales y pago de la mano de obra.
En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. En consecuencia, este Tribuna Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano DANNY RAFAEL PALENCIA LOPEZ, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó: Cédula Catastral, Plano de Mesura y emitido por la Oficina de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Certificado de Empadronamiento de Terreno de ejido Municipales, Constancia de Residencia emitida por el Concejo Comunal del Barrio “La Lucha”, Parroquia Canelones del Municipio Turén del Estado Portuguesa, Copia fotostática de las Cédulas de Identidad de la solicitante, testigos, para que el solicitante se provean del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías, dentro del terreno referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
Abg. TAMARI GUTIERREZ O El Secretario Suplente,
Abg. DANIEL A. FUSCO M.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 14.545-2015
TGO/GSBE/oma
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