REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

Agua Blanca, 02 de Octubre del Año 2.015
205° y 156°

SOLICITUD Nº S-690-2015

Vista la anterior solicitud, mediante la cual el Ciudadano: JOSSEF ZARIFEH SARIFEH, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.919.672, domiciliado en la Avenida 1, entre calles 3 y 4, casa S/N° Sector Caño Amarillo del Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, solicita que la anterior diligencia sea declaradas bastantes para asegurar el derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurias a que se refieren. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por el ciudadano: RICHARD ALEXANDER LEAL LERMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.965.958, y la ciudadana: MABEL MARÍA LERMA ARDILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-24.246.820, se constata que el ciudadano: JOSSEF ZARIFEH SARIFEH, construyo sobre un lote de terreno municipal que mide (363 Mtrs2), con un código catastral 18-11-01-01-004-006-011, ubicado en la Avenida 1, entre calle 3 y 4, casa S/N°, sector Caño Amarillo de la población y municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa y alinderada de la siguiente manera; NORTE: Casa y solar de Carlos Roques, SUR: Casa y solar de Iraima Castellanos, ESTE: Avenida 1 que es su frente y OESTE: Casa y solar de Gregoria Sevilla, con dinero de su propio peculio y a sus solas expensas unas bienhechurías consistentes en una casa para vivienda familiar, de las siguientes características; paredes de bloque de concreto, piso de cerámica, techo de asbesto con cielo raso y en el área de cocina con techo de zinc, constante de dos habitaciones, con puerta de madera entamborada, un baño con sus respectivas piezas sanitarias, con cerámica en paredes y piso con una puerta de hierro. Una sala-comedor, una cocina con topes de concreto recubiertos en cerámica. Un área de lavadero con 6 ventanas tipo basculante, ubicada en la parte posterior del inmueble, dos puertas de hierro, una en la parte anterior con protector y otra en la parte posterior de la vivienda, al fondo del terreno construyó un anexo constituido por una edificación de Dos habitaciones con un baño, cada una con puertas de metal, piso de cemento pulido, techo de acerolit sostenido por estructura de hierro. El inmueble de dos plantas, se encuentra cercado con paredes de bloques de concreto y columnas de cabilla y concreto por los linderos Oeste, Sur y por el este con paredes, una puerta de hierro y un portón de hierro de 2 hojas. Con servicios de energía eléctrica, aguas blancas y servidas, totalmente empotradas. Invirtió el ciudadano: JOSSEF ZARIFEH SARIFEH, la cantidad de UN MILLON DE BOLÍVARES (1.000.000,00 Bs.) lo que equivale a (6.666,66 UT), en pago de materiales de construcción y pago de mano de obra. En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. Declara estas diligencias bastantes para asegurar el derecho de propiedad que sobre las señaladas bienhechurias alego la solicitante. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCERO, por la Naturaleza Jurídica de esta solicitud, reprodúzcase esta decisión fotostaticamente, y entréguese estas diligencias a el solicitante. En el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, A los Dos (02) día del mes de Octubre del dos mil Quince (2015). 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
El Juez Provisorio.


Abg. Luis Ambrosio La Cruz.
El Secretario Titular,


Abg. Luís Miguel Reyna Noguera

En el mismo día de hoy, siendo las 10.30 AM, se cumplió con lo ordenado. Conste

El Secretario Titular
LALC/sandra