REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de septiembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: KP02-V-2013-000621

Visto la anterior TRANSACCIÓN, presentada por Apoderada Judicial de la parte demandante abogada OH MERY BORROME, y la parte demanda ciudadano JESUS OTERO PEÑA, representado por el abogado VICTOR AMARO PIÑA en su condición de Defensor Ad-Litem, en el presente juicio de PARTICION, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
La Juez,


Abg. Eunice B. Camacho M.
La Secretaria Acc.,


Abg. Jimmar Y. Suarez

EBCM/JYS/Lndem.-