REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de septiembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : KP02-V-2015-002361
Demandante: Olimpia Lourdes Machado Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.064.317
Abogado asistente de la parte actora: Maria Andreina Corro, Inpreabogado Nº 219.593
Motivo: ACCION MERODECLARATIVA
(Sentencia Interlocutoria con Fuerza definitiva)

Visto la solicitud intentada por la ciudadana Olimpia Lourdes Machado Pérez, arriba identificada, debidamente asistida por la Abogada Maria Andreina Corro; con fundamento en el artículo 767, mediante la cual requiere se declare la existencia de unión concubinaria de los ciudadanos Olimpia Lourdes Machado Pérez y el De cujus Hermes Segundo Piña Ojedas; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara declara INADMISIBLE la presente solicitud, toda vez que debe ser intentado por la vía del procedimiento ordinario y corresponde a la parte interesada invocar la misma. Se ordena el archivo del presente expediente y la devolución de los documentos originales.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Antony Gilberto Prieto Ortiz
OERL/vo