LA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Guanare, 20 de abril de 2016
Años: 206° y 157°

Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, hecha por la ciudadana: AMANDA WBILERMA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.727.444, debidamente asistida por la abogada Ilsys Migdalys Rivero Toledo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.856, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos JOSÉ BLADIMIR LÓPEZ RIVAS, MENDELSSHON ANTONIO LÓPEZ RIVAS, CINCINATO COROMOTO LÓPEZ RIVAS, PETRA AMERICA LÓPEZ DE MAGO y XIOMAR DANIEL LÓPEZ RIVAS (difunto), venezolanos mayores de edad titulares de la cédula de identidad Nros. 2.727.267, 2.723.578, 2.727.269, 8.056.935 y 4.240.377, respectivamente en su condición de hermanos: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ROSULA OMAIRA LÓPEZ RIVAS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.240.363, quien falleció (ab-instestato), el día nueve de enero de dos mil dieciséis, (09-01-2016), en el Hospital Doctor Miguel Oraá de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa.

Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.

Consta en autos, copias de las cédulas de identidad de los ciudadanos Amanda Wbilerma Rivas, José Bladimir López Rivas, Mendelsshon Antonio López Rivas, Cincinato Coromoto López Rivas, Petra América López de Mago y Xiomar Daniel López Rivas (Difunto). Copia certificada del Registro de Defunción de la causante. Copias certificadas de las Actas de Nacimiento correspondientes a los ciudadanos Amanda Wbilerma Rivas, José Bladimir López Rivas, Mendelsshon Antonio López Rivas, Cincinato Coromoto López Rivas, Petra América López de Mago y Xiomar Daniel López Rivas (difunto). Copia certificada del acta de defunción correspondiente a los ciudadanos Xiomar Daniel López Rivas, Cincinato López Benítez y Concepción Rivas de López.

En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: JOSÉ LUÍS FALCON VELASQUEZ y ROSYNES FALCON VELASQUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.041.637 y 14.865.735, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.

Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: AMANDA WBILERMA RIVAS, JOSÉ BLADIMIR LÓPEZ RIVAS, MENDELSSHON ANTONIO LÓPEZ RIVAS, CINCINATO COROMOTO LÓPEZ RIVAS, PETRA AMERICA LÓPEZ DE MAGO y XIOMAR DANIEL LÓPEZ RIVAS (difunto), la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante: ROSULA OMAIRA LÓPEZ RIVAS, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículos 825 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las Copias Certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez,

Abg. Néstor Manuel Peña Ortega
El Secretario Temporal,

Abg. Jorge Eleazar Quintero Valderrama

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.
Srio. Temporal,

Solicitud N° 3573-16