PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa
Guanare, 12 de agosto de 2016
206º y 157º
ASUNTO: PP01-V-2016-000158
DEMANDANTE: GREGORIA CAROLINA MACIAS FERNANDEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-12.648.164.
DEMANDADO: JOSE DEL CARMEN FERNANDEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.894.376.
MOTIVO: DEMANDA DE REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. (HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO EN LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE LA FASE DE MEDIACIÓN).
En el día de hoy, Viernes 12 de agosto de 2016, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para la celebración de la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación de conformidad con lo establecido en el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación a la demanda con motivo de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio del adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de catorce (14) años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-28.200.092, nacido en fecha 22/11/2.001, según se evidencia en el Acta de Nacimiento Nº 2816 y de la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley de once (11) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-30.823.123, nacida en fecha 07/10/2.004, según se evidencia en el Acta de Nacimiento Nº 14. Seguidamente, estando presentes en el acto las partes interesadas: ciudadanos: GREGORIA CAROLINA MACIAS FERNANDEZ y JOSE DEL CARMEN FERNANDEZ TORRES, identificados en autos, y luego de ser entrevistados por la jueza que suscribe, quien procedió a explicar a las partes en qué consiste la mediación, su finalidad y conveniencia, los mismos llegaron a un acuerdo conciliatorio el cual consideran el más conveniente al interés superior de su hijo quedando establecido de la siguiente manera:
PRIMERO: El padre se compromete a cancelar todos los gastos relacionados a: Obligación de Manutención, Consultas medicas, útiles escolares, calzado, vestido, recreación y otros gastos que requiera su hijo el adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley SEGUNDO: La madre se compromete a cancelar todo los gastos relacionados a: Obligación de Manutención, consultas medicas, útiles escolares, calzado, vestido, recreación y otros gastos que requiera su hija la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley Ahora bien, por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de sus hijos Identificación Omitida por Disposición de la Ley , sino que contribuye al cumplimiento del principio del interés superior del niño, niña y adolescente previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA Y DECLARA CONCLUIDA LA FASE DE MEDIACIÓN Y FINALIZADO EL PROCESO, por haber llegado las partes a un ACUERDO TOTAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El atraso injustificado en el pago de la obligación de manutención fijada devengará intereses calculados a la rata del doce por ciento (12%) anual de conformidad con lo establecido en el artículo 374 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas de la presente homologación a partes interesadas una vez conste en autos los emolumentos necesarios para su reproducción.
La Jueza,
Abg. PASTORA PEÑA GARCÍAS
Jueza de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución
El Secretario,
Abg. Alfredo José Oropeza Saavedra.
Jesúsd.
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