REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Píritu, nueve (09) de Agosto del dos mil Dieciséis.
206º y 157º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: ADELIS MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.143.726, domiciliado en el Barrio Bolivar, Sector 12, Manzana 22, Píritu del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio SONIA BABBO ALIBARDI, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.868.249, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 109.625; donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de posesión que alega tener sobre las bienhechurías a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por los ciudadanos: MENDOZA TORRES FRANKLIN ANTONIO, venezolano, de 35 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.690.193, de profesión u oficios Comerciante, domiciliado en el Barrio la Mendera, carrera 14 entre calles 1 y 2, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa y DAIBELYS CAROLINA DOMINGUEZ MORENO, venezolana, de 27 años de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.643.105, de profesión u oficios Secretaria, domiciliada en la Urbanizacion Lucia Barrios, Calle 3, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa; consta que el referido ciudadano, sobre un (1) lote de terreno, que mide un área total de MIL CIEN METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTIMETROS (1100,04 M2), aproximadamente, ubicado en la: BARRIO BOLIVAR, CALLE 1, PÍRITU MUNICIPIO ESTELLER, ESTADO PORTUGUESA, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Solar y casa de Frenmi Rivero, solar y casa de Mario Morillo, en: (54,40 ML); SUR: Solar y casa de Astromelia Medina, en (54,38 ML); ESTE: Solar y Casa de bSally Espitia, en: (28,70 ML); y OESTE: Calle 01, terreno ocupado por Wilmer Silva y solar y casa de Eudis Serrada, en: (28,30 ML). Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio la cual se encuentra constituida por unas mejoras y bienhechurías, consistentes en una casa familiar construida con las siguientes características: Estructura de madera, paredes de bahareque frisadas, techo de zinc, piso de cemento pulido; distribuída en los siguientes ambientes: Dos (2) habitaciones, una (1) sala, un (1) comedor, una (1) cocina, un (1) baño con todos sus accesorios, un (1) lavadero, un (1) corredor con techo de zinc y piso de cementos, un (1) porche con techo de zinc, piso de cemento y cercado con estructura de hierro, una (1) piscina que mide dieciocho metros (18 MTS) en circuferencia po un metro con setenta centímetros (1,70 MTS) de fond, cerca perimetral la cual consta de dos (2) paredes de bloques (una de fondo y una lateral), una (1) pared frontal de bloque con una (1) puerta de hierro, servicio electrico interno, servicio de aguas blancas y aguas negras; con una superficie aproximada de construcción de CIENTO SESENTA Y CUATRO CON QUINCE METROS CUADRADOS (164,15 M2); habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES. (Bs. 1.500.000,00) equivalente a Ocho Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro con Cincuenta y Ocho Unidades Tributarias (8.474,58 U.T.). Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA estas diligencias bastantes para asegurar la posesión o algún derecho de la solicitante, ciudadano: ADELIS MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.143.726, domiciliado en el Barrio Bolívar, Sector 12, Manzana 22, Píritu del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.
EL JUEZ,
ABG. MIGUEL RAFAEL QUIÑÓNEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
ABG. LEIDIS LAMEDA
SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO Nº 1.120/2016
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