REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Villa Bruzual, 4 de agosto del 2016.
206º y 157°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, que por Distribución correspondió a este Tribunal interpuesta por el ciudadano: PEDRO MIGUEL ROSENDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.395.361, domiciliado en la calle 2, Sector El Chuponal, Parroquia Santa Cruz del Municipio Turén del Estado Portuguesa, asistido por la Abogada en ejercicio IRENE BEATRIZ MANZANO ULACIO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 144.695 Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por las ciudadanos: JOSE DELFIN JIMENEZ PEREZ y ANA YUMARA CHIRINOS PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-12.447.660 y V-12.965.241, respectivamente, civilmente hábiles y de este domicilio.
Consta que el solicitante, ha fomentado unas mejoras y bienhechurías sobre un lote de terreno pertenecientes a los ejidos del Municipio Turén del Estado Portuguesa, con un Área de terreno de Doscientos Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Ochenta y Un Centímetros ( 241,81 m2) y un Área de construcción de Ciento Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Diecisiete Centímetros (194,17 m2) pertenecientes a los ejidos Municipales, según consta en Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal Nro. 18-03-ROO-007, emitida por el Departamento de Catastro, en fecha: 08-03-2016, ubicada la calle La Principal con calle Chuponal, Barrio El Chuponal de la Parroquia Santa Cruz del Municipio Turén del Estado Portuguesa, alinderada de la siguiente manera: NORTE: calle Chuponal, en 23,80 ML; SUR: Bienhechurías que son o fueron de Eduardo Arenas en 23,80 ML. ESTE: calle La Principal, Barrio El Chuponal, que es su frente en 10,16 ML y OESTE: Bienhechurías que son o fueron de Pedro José Rosendo en 10,16 ML. Consta que el solicitante a construido Un Galpón fomentada a sus propias y únicas expensas, integrada de la siguiente manera: Paredes de bloques frisadas, Techo de Acerolit, Una Puerta tipo Santa María elaborada con lamina de metal, Un (1) baño con baldosa en piso y paredes, poceta y lavamanos, Una Cerca con Paredes de Bloques, , donde ha invertido la suma de: CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs5.000. 000,00), equivalentes a 28.248 U.T.
Por cuanto no ha habido oposición, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano: obre las mejoras y bienhechuPEDRO MIGUEL ROSENDO, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión srías, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó, copia fotostática de la Cédula de Identidad del solicitante y de los testigos, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal por la Dirección de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Cédula Catastral, expedida por la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Certificado de Solvencia de Inmuebles Urbanos y Aseo emitido por la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Turén; Constancia de Residencia, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías, dentro del terreno referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas, dejando en su lugar una fotocopia de las mismas para certificar, destinadas para el archivo del Tribunal, para lo cual deberá consignar los emolumentos requeridos a tal efectos.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Tribunal Tercero del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Villa Bruzual, a los cuatro (04) días del mes de agosto del Dos Mil Dieciséis.

LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
EL SECRETARIO
AB. RAUL DELGADO. .

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de veinte ( 20 ) folios útiles.-
Conste
Solicitud Nº 153-16
TGO/RD