Nº 2145-2016

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Acarigua, 08 de Agosto de 2016
Años 206° y 157°.

PARTE ACTORA: CARMEN AIDA GUEDEZ DE BARREAT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.950.238, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio Ana Monagas Carrillo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 25.895.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION
SENTENCIA: DEFINITIVA.
JUEZA: Abg. ARACELIS AGUILLÓN MEZA.

Por demanda admitida por este Tribunal presentada por la ciudadana CARMEN AIDA GUEDEZ DE BARREAT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.950.238, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio Ana Monagas Carrillo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 25.895, mediante el cual solicita la rectificación del acta de defunción de quien en vida fuese su esposo JESUS ANTONIO BARREAT ALVAREZ, quien falleció el día 26 de Agosto de 2001, según consta de acta de defunción Nº 710 de fecha 27 de Agosto de 2001, la cual acompaño en copia certificada marcada con la letra “A”, inserta ante la Prefectura del Municipio Araure, actual Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, el solicitante alega que por error material del funcionario de referida Prefectura, en la oportunidad de extender el acta de defunción se omitió el segundo nombre de la solicitante, el cual es AIDA, así como su numero de cédula de identidad Nº 5.950.238, por lo que debe quedar asentado que su nombre es CARMEN AIDA GUEDEZ DE BARREAT, titular de la cédula de identidad Nº 5.950.238.
Como elemento probatorio para apoyar la pretensión, el demandante, acompañó Fotocopia de su cédula de identidad, así como copia certificada de Acta de Matrimonio de fecha 12 de Diciembre de 1980, debidamente registrada ante el Registro Civil del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa. Con dichas documentales que se aprecia y valora como prueba de su contenido a tenor de lo establecido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo en razón de los principios de ejecutividad y ejecutoriedad, pues es un acto administrativo de efectividad inmediata y por aplicación del Primer Aparte del Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en razón de no haber sido impugnada la copia, por lo que se tiene como fidedigna de los documentales presentados, en consecuencia se determina que ciertamente se insertaron erróneamente los datos señalados por la solicitante.
Siendo ello así, es procedente la Rectificación demandada y, en consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la Rectificación del Acta de Defunción presentada por la ciudadana CARMEN AIDA GUEDEZ DE BARREAT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.950.238, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio Ana Monagas Carrillo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 25.895, mediante el cual solicita la rectificación del acta de defunción de quien en vida fuese su esposo JESUS ANTONIO BARREAT ALVAREZ, quien falleció el día 26 de Agosto de 2001, según consta de acta de defunción Nº 710 de fecha 27 de Agosto de 2001, la cual acompaño en copia certificada marcada con la letra “A”, inserta ante la Prefectura del Municipio Araure, actual Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa. En consecuencia SE ORDENA la Rectificación del acta de Defunción, para que el sucesivo se lea que su nombre es CARMEN AIDA GUEDEZ DE BARREAT, titular de la cédula de identidad Nº 5.950.238.
Dictada, firmada y refrendada en la sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MENDIDAS DE DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en la ciudad de Acarigua, a los 08 días del mes de Agosto de 2016. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZ,

Abg. ARACELIS AGUILLON MEZA
La Secretaria,

Abg. Solger Colmenares

En la misma fecha se cumple con o ordenado se ordena expedir copias certificadas y remitir a los Registros Correspondientes.

Conste/ Colmenares Secretaria
AAM/lc
Causa Nº 2145-2016