LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 02 de diciembre de 2016
Años: 206° y 157°
Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana LIZ AURISTELA SALAS DE GOYO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 9.407.505, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada ELIEZBEL DEL VALLE SUAREZ ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 254.588 de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos ELVIRA JOSEFINA ESCALONA, FRANCA MILDRED ESCALONA, LORAIMA BIANNE ESCALONA DE SUAREZ, EFREN DANIEL ESCALONA Y ALEXIS DELGADO ESCALONA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.395.605, 9.407.508, 12.647.269, 9.256.781, 8.064.137, respectivamente en su condición de hijos ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: JOSEFINA DEL CARMEN ESCALONA, quien era venezolana, soltera, de 74 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.216.212 quien falleció (ab intestato), el día dieciséis de octubre de dos mil dieciséis, en esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa. Y cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplido tal requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos copia certificada del Acta de Defunción de la causante: Josefina del Carmen Escalona. Copias certificadas de las Actas de Nacimientos correspondientes a los ciudadanos Liz Auristela Salas de Goyo, Elvira Josefina Escalona, Franca Mildred Escalona, Loraima Bianne Escalona de Suarez, Efrén Daniel Escalona y Alexis Delgado Escalona. Copias de las cédulas de identidad de los ciudadanos Josefina del Carmen Escalona, Liz Auristela Salas de Goyo, Elvira Josefina Escalona, Franca Mildred Escalona, Loraima Bianne Escalona de Suarez, Efrén Daniel Escalona y Alexis Delgado Escalona.
En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: GLADYS TRINIDAD NADALES DE GARCIA y MARISOL COROMOTO LUQUE DE SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.684.458 y 8.054.007 respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: LIZ AURISTELA SALAS DE GOYO, ELVIRA JOSEFINA ESCALONA, FRANCA MILDRED ESCALONA, LORAIMA BIANNE ESCALONA DE SUAREZ, EFREN DANIEL ESCALONA Y ALEXIS DELGADO ESCALONA, en su condición de hijos, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: JOSEFINA DEL CARMEN ESCALONA, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículos 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Néstor Manuel Peña Ortega
La Secretaria Temporal,
Abg. Carol Sofia Escobar Morales
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.
Sria,
Solicitud N° 3.750-16
Carol.-
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