REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Píritu, Cinco (05) de Diciembre de dos mil Dieciséis (2016).
206º y 157º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: SONIA COROMOTO VIERA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.564.458, domiciliada en la Calle 8, entre carreras 4 y 5, Barrio Los Mamones, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ TORREALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.210; donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de posesión que alega tener sobre las bienhechurías a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por los ciudadanos: JONATHAN ALEXANDER GUTIERREZ LINAREZ, venezolano, de 22 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-24.141.461, de profesión Moto taxi, domiciliado en el Barrio Los Mamones, Calle 08 con carrera 03 y 04, Casa S/N, Municipio Píritu del Estado Portuguesa y JUAN CARLOS ESCORCHE NAVAS, venezolano, de 28 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-24.024.588, de profesión Venta de Comidas, domiciliado en el Barrio Tierra Floja, Calle 03y 04, Casa 53, Municipio Píritu del Estado Portuguesa; consta que el referido ciudadano, sobre un (1) lote pertenecientes a los Ejidos del Municipio Esteller que mide un área total de CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (175,94M2), aproximadamente, ubicado en la: Calle 8, entre carreras 4 y 5, Barrio Los Mamones, Píritu Municipio Esteller del Estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle 08 Los Mamones, en: (10,00 ML); SUR: Solar y Casa de José Viera, en (09,90 ML); ESTE: Solar y Casa de Milagro Viera, en (16,70 ML) y OESTE: Barrio Flor de Mayo, en: (17,70 ML). Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio la cual se encuentra constituida por un Inmueble tipo casa de habitación familiar construido con las siguientes características: Paredes de bloques con friso liso, Techo de platabanda, sin piso, solo estructuras para puertas de hierro y ventanas tipo batiente y ventanal, instalación eléctrica externa; distribuída en los siguientes ambientes: Un (01) porche, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, cuatro (04) habitaciones, tres (03) baños, un (01) área de servicios y un (01) lavadero; con una superficie total de construcción de CIENTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETEMNTA Y CINCO CENTÍMETROS (143,75M2); habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,°°) equivalente a Cinco mil Seiscientas Cuarenta y Nueve punto Setenta y Un Unidades Tributarias (5.649,71 U.T.). Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, EN NOMBRE DE REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA estas diligencias bastantes para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante, ciudadana: SONIA COROMOTO VIERA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.564.458, sobre las bienhechurías determinadas, ubicadas en la: Calle 8, entre carreras 4 y 5, Barrio Los Mamones, Píritu Municipio Esteller del Estado Portuguesa, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.
EL JUEZ,
ABG. MIGUEL RAFAEL QUIÑÓNEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
ABG. LEIDIS LAMEDA
SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO Nº 1.148/2016
yga.-
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