REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 20 de Enero de 2016
205º y 156°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, que por Distribución correspondió a este Tribunal, interpuesta por el ciudadano JOSE LEOMAR FLORES CAMEJO, mayor de edad, soltero, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.966.798, domiciliado en la calle 4 con avenida 01 y 02, casa N° 456, asistido por el Abogado en ejercicio JULIO DE LA CRUZ URE, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 155.499. Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: FRANCISCO JESUS COLMENAREZ YEPEZ Y JOSE RICHARD MORENO RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-3.866.389 y V-11.546.212, respectivamente, civilmente hábiles y de su mismo domicilio.
Consta que la solicitante, ha venido poseyendo sobre una parcela de Terreno, construida por mejoras y bienhechurias, sobre el mencionado lote de terreno, de ejidos municipales, ubicado en la calle cuatro (04), Barrio La Lucha uno (01), Parroquia Canelones, Municipio Turèn del Estado Portuguesa, con los siguientes linderos: NORTE: Con parcela numero 003 en 20,95 Metros Lineales, SUR: Con calle 04 Barrio La Lucha I, que es su frente en 22,40 metros lineales, ESTE: Con parcela Numero 011 en 31,25 Metros lineales, OESTE: Con parcela numero 013 en 31,60 Metros Lineales; por un área total de SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETRO (678,98 M2), según se puede evidenciar en la cedula catastral N° 18-14-02-R00-014-004-012, emitida por la Dirección de catastro Comunal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén del Estado Portuguesa, una casa de habitación familiar fomentada a sus propias y únicas expensas, con área de construcción de CIENTO NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (109,93 m2) , se encuentra construida e integrada con paredes de bloques, Techo de zinc, piso de cemento, cercada totalmente de paredes de bloques por los cuatros (04) costado, puertas y ventanas de hierro, constante de dos (02) habitaciones, sala comedor, baño cocina, lavadero, provista de los servicios de fluido eléctrico, agua potable y servida y demás servicios sanitarios.
Que en el inmueble tipo casa familiar ha invertido con sus propias y únicas expensas y dinero de su propio peculio en dicha construcción la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00), equivalente a dos mil unidades Tributarias (2.000, U.T)
En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo
establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. En consecuencia, este Tribuna Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a el ciudadano JOSE LEOMAR FLORES CAMEJO, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó: Certificado de Solvencia N° 10059, Certificado de Empadronamiento de Terreno de ejido Municipales, Cédula del Catastral, Plano de Mesura y emitido por la Oficina de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa Copia fotostática de las Cédulas de Identidad de la solicitante y testigos, Carta de Ocupación del Consejo Comunal La Lucha I, de la Parroquia Canelones Municipio Turé4n del Estado Portuguesa y constancia de Residencia emitida por el Concejo Comunal La Lucha I, de la Parroquia Canelones, Municipio Turén del Estado Portuguesa, para que el solicitante se provean del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías, dentro del terreno referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,

Abg. LILIA YELITZA VIZCAYA R El Secretario Suplente,

Abg. DANIEL A. FUSCO M.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:

Solicitud Nº 14.573-2015
LYVR/oma